Origen Y Comienzo De La Filosofia
luischg951 de Octubre de 2014
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EXPERIENCIA CURRICULAR: FILOSOFÍA
SEMANA N° 1
TÍTULO DE LA SESIÓN
PERSONA HUMANA, DERECHOS HUMANOS Y SUS FUNDAMENTOS
1. MOTIVACIÓN
1. En qué condiciones se encuentra la gran mayoría de la población peruana (casi 30´000,000 de habitantes) con respecto las siguientes áreas de los Derechos Humanos: Salud (___), Educación: (___), Vivienda: (___) Abrigo: (___) Recreación: (___).Utiliza los calificativos: Excelente, Bueno, más o menos, malo, pésimo.
2. A) ¿Qué importancia podría tener el curso “constitución y derechos humanos” para su carrera profesional (Ingeniería, Derecho y Administración)?
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3. B) El respeto, la protección y la voluntad de hacer realidad los Derechos Humanos, ¿corresponde sólo a algunas profesiones, o algún tipo de funcionarios públicos, y solo a los políticos?
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2. INFORMACIÓN TEÓRICA
Las primeras definiciones sobre lo que se entiende por persona filosóficamente hablando, datan del Medioevo, especialmente de los filósofos de tendencia cristiana. Uno de los conceptos más difundidos es el de Boecio, quién señala que la persona humana es substancia indivisa de naturaleza racional. Las dos notas clave de la noción de persona en esta línea de pensamiento, al que se adscribieron Santo Tomás y Occam, son: individuación (unidad del yo personal) y relacionalidad.
En la época moderna se comenzaron a introducir en la noción de persona elementos psicológicos y éticos. Así, Kant señala la libertad e independencia de la persona frente al mecanicismo natural como uno de los rasgos de la personalidad. La persona es capaz de darse leyes prácticas propias a través de su razón. Se da las leyes a sí mismo, pero no de forma arbitraria, sino de manera que los hombres sean siempre "fin en sí mismos"; es un rasgo esencial de la persona: no puede ser sustituida por otra. El hombre es lo único que en el mundo es fin en sí mismo y puede ser fundamento de leyes. Su dignidad merece respeto. Su racionalidad y su voluntad autónoma lo fundamentan. El hombre tiende hacia lo "sensible", pero la razón es capaz de elevarlo.
En la modernidad, el término persona indica al sujeto moral puesto en el mundo, inquietándose por él en las experiencias cotidianas o "en la existencia que se ha encontrado en sí misma, por la libertad". Hegel es quién sintetiza la concepción de persona humana dentro de la filosofía contemporánea al señalar "sed persona y respeta a los otros como personas", y plantea a la vez la idea de igualdad de todos los seres humanos, fundamento primero de los derechos humanos, puesto que estos parten de la necesidad de considerar a todos como seres iguales. Esta afirmación Hegeliana establece lo que jurídicamente es casi ignorado, puesto que pone en sentido iusfilosófico (filosofía del derecho), los fundamentos de los derechos humanos, no en la positividad legal, sino en las necesidades personales de cada sujeto como un ser moral, racional, valorativo y creador
Para fines de la formulación de la persona cono sujeto de derechos en la sociedad actual, y asumiendo los aportes de la filosofía, podemos definir a la persona humana como un ente racional, dotado de razón, lenguaje, arraigado en la moral y en las relaciones sociopolíticas.
En los derechos humanos, el concepto filosófico de la persona tiene un papel definitivo, porque ellos son los derechos morales y políticos con gran vocación de positividad jurídica. No otra cosa cabe deducir cuando los contenidos esenciales de los derechos humanos han sido erigidos en normas legales: la libertad, la igualdad, la dignidad, la seguridad, la justicia o la paz. Así, pues, la acepción de persona que nos ofrece la filosofía, nos permite iluminar el concepto jurídico que de ella se tiene (no puede ser al contrario), el cual no abarca completamente a toda la persona, sino que, a partir de lo que quiere defender, la define, estando así sujeta a fluctuaciones que no corresponden con el ser y la dignidad misma de ser humano.
PERSONA HUMANA Y NECESIDAD DE LOS DERECHOS HUIMANOS
A lo largo de la historia de la humanidad se puede identificar épocas sin reconocimiento formal y real de los derechos humanos. En las épocas antiguas como modernas se encuentran paradojas, sin reconocimiento formal de los derechos humanos pero con gestos de solidaridad, y con reconocimiento formal de ellos, pero en la práctica con flagrantes violaciones. Hasta ahora se aprecia que las personas en la práctica de la vida diaria no valen lo mismo: clases o colectivos sociales, zonas geográficas para unos y para otros, y hasta obligaciones económicas iguales pero con ingresos económicos muy distintos. Este mundo así existe en nuestro tiempo.
Algunas razas predominaban sobre otras, el hombre tenías y mejores derechos que las mujeres, los adultos estaban en privilegio respecto de los niños a quien no se le reconocía derechos.
Estas son y muchas otras las circunstancias en que los seres humanos carecieron de derechos humanos, porque así lo “mandaban las leyes” y un status quo que permitía privilegios para unos en contra de otros. Y es que todos los seres humanos son distintos en muchos aspectos pero iguales en lo esencial: el reconocimiento de derechos recíprocos e inter subjetivos por el hecho de ser persona. Muchas de las personas que se nos cruzan por la calle, o que viven con nosotros dentro de casa, fueron tratadas por las leyes como desiguales en algún momento de sus vidas.
Hemos insistido en las diferencias en el tratamiento de las personas por la ley, porque los derechos humanos son establecidos a partir del Derecho para ser aplicados en todas y cada una de las circunstancias de la vida. Como humanos, vivimos en una constante tensión entre lo que nos hace iguales y lo que nos hace distintos. En realidad, cada uno de nosotros debe ser él mismo y distinto de los otros si quiere realizarse plenamente como persona. Pero, todos tenemos en común nuestra constitución humana: el cuerpo que nos pertenece, las emociones, la inteligencia, valores, creatividad y creencias religiosas y formación humana y científica. En todo esto los seres humanos somos iguales.
Poco a poco, el ser humano fue dándose cuenta que para alcanzar una vida mejor en sociedad y una mayor realización personal, era indispensable reconocer (y reconocerse de unos a otros) ciertos derechos subjetivos y objetivos aplicables a todos por igual que permiten ejercitar nuestras potencialidades para mejor realizarnos como seres humanos.
LA DIGNIDAD HUMANA COMO FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS
Deriva del latín dignitas, del adjetivo dignus, cuya forma arcaica nos revela su origen del verbo decet: decente. Según el diccionario enciclopédico El Ateneo (t. II), el significado de la palabra dignidad es: "calidad de digno; que merece algo, en sentido favorable o adverso; correspondiente, proporcionado al mérito y condición de una persona o cosa".
La dignidad humana es la actitud de respeto a sí mismo y a los otros, por el reconocimiento que toda criatura humana posee características que la elevan por encima de los otros seres. El respeto a esa dignidad es la garantía suprema del orden social.
En pocas palabras es el respeto que se tiene en sí mismo y en los demás. Es una estima que se tiene la persona por tener inteligencia y voluntad y que además tiene esa misma estima o respeto para con los demás seres de su misma especie.
La naturaleza de la dignidad humana consiste en conseguir el fin último del hombre; en buscar los medios más eficaces y adecuados para lograr el bien de la persona misma y el bien de las demás personas. Esto implica que quienes violentan los derechos de las demás personas, no solamente atentan contra la dignidad de estas personas, sino contra su propia dignidad.
“La dignidad humana del hombre, o sea su grandeza esencial, deriva de que existe para sí, así como de su aptitud para realizar los valores. El derecho es la condición para que pueda realizarlos libremente.”
La dignidad humana está relacionada con la calidad y condición de ser humano de toda persona, la misma que le otorga ciertas características diferentes de todos los demás seres existente sobre la Tierra, y merecedor por lo tanto de un respeto, trato y del reconocimiento de un conjunto de derechos que no nacen de las leyes, sino que son inherentes a su condición misma de ser humano, a su naturaleza. Veamos lo que nos dice el filósofo I. Kant al respecto: "...Los seres cuya existencia no descansa en nuestra voluntad, sino en la naturaleza, tienen, cuando se trata de seres irracionales, un valor puramente relativo, como medios, y por eso se llaman cosas; en cambio, los seres racionales se llaman personas porque su naturaleza los distingue ya como fines en sí mismos, esto es, como algo que no puede ser usado como medio y, por tanto, limita, en este sentido, todo capricho (y es objeto de respeto). Estos no son pues, meros fines subjetivos, cuya existencia,
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