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Características de la convención sobre el patrimonio mundial y otros convenios importantes, instalados en el medio ambiente mundial

elipastorpecheTrabajo26 de Septiembre de 2012

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DEDICATORIA:

Este trabajo va dedicado

para todos los estudiantes

de Derecho quienes buscan

salir adelante cada día y

ser grandes profesionales.

INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo habla sobre las características más significativas de la Convención del Patrimonio Mundial y de otras convenciones muy importantes establecidas en el entorno mundial. Es la de asociar en un solo documento el concepto de conservación de la naturaleza y el de preservación de sitios culturales. La naturaleza y la cultura se complementan y la identidad cultural tiene estrecha relación con el medio natural en que se desarrolla.

La Convención define las clases de sitios naturales o culturales que pueden ser considerados para inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial y fija el deber que compete a los Estados Partes respecto a la identificación de posibles sitios y define el papel que les corresponde en la protección y la preservación de dichos sitios. Al firmar la Convención, cada país se compromete a conservar no sólo los bienes del Patrimonio Mundial localizados en su territorio sino también a proteger el propio patrimonio nacional.

La Convención describe la función del Comité del Patrimonio Mundial, la forma de elección de los miembros y los términos de su mandato, y especifica los órganos profesionales asesores a los que puede dirigirse el Comité para obtener opinión experta en la selección de los sitios que incluir en la Lista.

La Convención explica cómo se ha de utilizar el Fondo del Patrimonio Mundial, cómo se debe administrar y en qué condiciones se puede proveer asistencia financiera internacional.

La solicitud de inscripción de un sitio en la Lista del Patrimonio Mundial debe provenir de los Estados mismos. La UNESCO no hace ninguna recomendación para inclusión en la Lista. La solicitud tiene que incluir un plan que detalle cómo se administra y se protege el sitio.

El Comité del Patrimonio Mundial se reúne una vez al año y examina las candidaturas con base en evaluaciones técnicas. Estas evaluaciones independientes de sitios culturales y naturales propuestos son suministradas por dos órganos asesores: el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) y la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y sus Recursos (UICN), respectivamente.

CAPITULO I

ANTECEDENTES

TRATADOS, CONVENIOS Y/O ACUERDOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL SUSCRITOS POR PERÚ

El Perú ha suscrito y ratificado números convenios y tratados internacionales en materia ambiental y sobre el aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales, los que tienen fuerza vinculante para nuestro país, es decir son obligatorios y que ha dado origen al llamado Derecho Ambiental Internacional.

El Perú no ha sido ajena a esta demanda y en este marco ha suscrito y ratificado varios Convenios Internacionales en materia ambiental con la finalidad de sumar a este esfuerzo colectivo para resolver los problemas comunes globales desde un nivel de compromiso local, regional y nacional. Dichos tratados pueden clasificarse por sus contenidos o áreas temáticas de la siguiente forma:

-Contaminación del aire y calidad del aire

-Biodiversidad

-Sustancias químicas y Residuos sólidos

-Cambio climático

-Energía

-Gobernanza Ambiental

-Bosques

-Agua dulce

-Océanos y mares

-Suelo, ordenamiento territorial y desertificación.

CONVENIOS INTERNACIONALES DEL MEDIO AMBIENTE

a) DESCRIPCIÓN

Los tratados con incidencia ambiental constituyen una fuente importante del derecho ambiental Internacional y contribuyen a la generación de las políticas de cada nación en este tema. Cada país ha suscrito gran parte de los tratados internacionales sobre el medio ambiente, los que han sido ratificados por cada país, promulgados y publicados.

Estos convenios constituyen una fuente importante de Derecho Ambiental Internacional y contribuyen a la generación de las políticas de cada nación sobre este tema. Uno de los más importantes es el Convenio de Estocolmo, ratificado en 2005. Este acuerdo internacional, suscrito junto a otras 112 naciones a comienzos de la década, faculta a las partes firmantes para adoptar las medidas jurídicas y administrativas que es conveniente para reducir o eliminar las emisiones derivadas de la producción intencional de los denominados Contaminantes Orgánicos Persistentes(COPs).Se trata de sustancias químicas que se utilizan en la industria, que se producen de manera no intencional a partir de ciertas actividades económicas, como los procesos de combustión o incineración, entre otros.

b) ACUERDOS MULTILATERALES

Con mucha regularidad los funcionarios de nuestra Cancillería suscriben o renuevan en nombre del Estado una serie de tratados y convenios, dentro de los cuales es frecuente incluir algunos acuerdos de orden cultural: intercambio de muestras cinematográficas, becas para especialistas, etc. Estos textos son remitidos para conocimiento de las entidades especializadas del país, pero frecuentemente su participación en la materia se reduce luego a sólo a esta intervención formal y toma de conocimiento.

• Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América (Washington, 1940). Ratificada por el Perú en 1946. Es un compromiso para proteger áreas naturales y especies de flora y fauna.

• Convención para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Extinción (CITES). Firmada en 1973 y ratificada por el Perú en 1974. Compromete a establecer controles de comercio de productos y especies de flora y fauna amenazadas de extinción.

• Acuerdo entre Perú y Brasil para la conservación de la flora y de la fauna de la Amazonía. Firmado en 1975 y que compromete a los dos países a cooperar en la conservación de la flora y fauna amazónicas.

• Tratado de Cooperación Amazónica. Firmado en 1978 entre 8 países (Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Perú, Surinam y Venezuela) para cooperar en un desarrollo armónico de la Amazonía.

• Acuerdo entre Perú y Colombia para la conservación de la flora y de la fauna de la Amazonía. Firmado en 1979. Establece un compromiso entre ambos países para cooperar en la conservación de la flora y fauna silvestres.

• Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña. Firmado entre Perú, Bolivia, Chile y Ecuador en 1979, y adherido por Argentina. Establece las normas y la cooperación entre los cinco países para la conservación y el aprovechamiento de la vicuña y el comercio de sus productos.

• Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural. Establecida por la UNESCO en 1972 y ratificada por el Perú en 1981. Establece un compromiso mundial para proteger el patrimonio cultural y natural del mundo y de los países.

• Convenio sobre Diversidad Biológica. Firmado en Río de Janeiro en 1992 y ratificado en 1993, establece los compromisos mundiales y nacionales referentes a la identificación y monitoreo de la biodiversidad; la conservación in situ (áreas protegidas, introducción de especies foráneas, mantención y protección los conocimientos de las poblaciones locales) y ex situ (colecciones biológicas y bancos genéticos); el uso sostenible de los componentes de la biodiversidad; la investigación, capacitación, educación y conciencia públicas; el control y minimización de impactos negativos; el acceso a los recursos genéticos y a la tecnología; el intercambio de información y cooperación entre los países desarrollados y en desarrollo para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad.

• Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono. Adoptada el 22 de marzo de 1985. Está orientada a proteger la capa de ozono.

• Protocolo de Montreal sobre Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. Adoptada el 16 de setiembre de 1987. Establece normas para prohibir o limitar el uso de sustancias que afectan la estabilidad de la capa de ozono.

• Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Adoptada el 22 de marzo de 1989. Establece normas para el transporte y la disposición internacional de desechos peligrosos (radiactivos y tóxicos).

• Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Adoptada el 4 de junio de

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