Procedimiento De Reforma Constitucional En Los Estados Unidos De América
Vanessa210112 de Mayo de 2013
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Procedimiento de reforma constitucional en los
Estados Unidos de América.
Introducción
La Constitución de los Estados Unidos es la ley suprema de los Estados Unidos de América. Fue adoptada en su forma original el 17 de septiembre de 1787 por la Convención Constitucional de Filadelfia, Pensilvania y luego ratificada por el pueblo.
La Constitución de los Estados Unidos es la constitución federal más antigua que se encuentra en vigor actualmente en el mundo.
Artículo V
La Constitución de los Estados Unidos de América es rígida, pues es posible reformarla siempre que se cumpla el procedimiento especial distinto del ordinario. Dicho procedimiento lo norma el artículo 5 de la propias Constitución en el cual se establece:
“Siempre que las dos terceras partes de ambas Cámaras lo juzguen necesario. El Congreso propondrá enmiendas a esta Constitución, o bien, a solicitud de las Legislaturas de los dos tercios de los tercios de los diversos Estados, convocará una Convención con el objeto de que proponga enmiendas, las cuales, en uno y otro caso, poseerán la misma validez que si fueran parte de esta Constitución, desde todos los puntos de vista y para cualesquiera fines, una vez que hayan sido ratificadas por las Legislaturas de las tres cuartas partes de los Estados separadamente o por medio de convenciones reunidas en tres cuartos de los mismos, según que el Congreso haya propuesto uno u otro modo de hacer la ratificación y a condición de que antes del año de mil ochocientos ocho no podrá hacerse ninguna enmienda que modifique en cualquier forma las cláusulas primera y cuarta de la sección novena del artículo primero y de que a ningún Estado se le privará, sin su consentimiento, de la igualdad del voto en el Senado.”
Cabe aclarar que esta Constitución, se refiere a enmiendas y no propiamente a reformas.
En Europa, enmienda significa modificación de un proyecto de ley, que luego será admitida o rechazada por la mayoría de la cámara legisladora. Lo que los norteamericanos entienden por amendment es lo que en España se denomina "disposición adicional", que posteriormente puede ser integrada en el articulado de la ley, si se llega a aprobar un texto refundido.
Cuando en Estados Unidos alguien dice que se acoge a una determinada enmienda constitucional, no se refiere a una propuesta alternativa, propia de un proyecto en discusión, sino a un texto adicional a la Constitución.
Los propios articles de la Constitución no equivalen a los artículos de las constituciones de países como Francia, Italia, Alemania o España, sino que son enunciados normativos mucho más extensos, equivalentes en algunos casos a títulos enteros de la Constitución Española.
Pedro Planas en su libro “Regímenes políticos contemporáneos” explica que la diferencia consiste en que la enmienda (amendment) no altera ni modifica la redacción del texto original, sino únicamente el agregado es incorporado al texto original y se agrupa en un apéndice, con lo cual no modifica ni altera la redacción del texto original, ni mucho menos la frase o párrafo que se reforma. De acuerdo con esta idea, es posible reinterpretar y definir el significado de los preceptos normativos establecidos. Por su parte, la reforma modifica el texto original, toda vez que éste es sustituido por un nuevo texto se puede reinterpretar o definir el significado de algún precepto, lo cual sería, en su caso, parte del nuevo texto.
Aclarado lo anterior, al iniciar el estudio del artículo transcrito, afirmamos que dicho precepto establece dos mecanismos para iniciar la reforma de la Constitución: por una parte, la enmienda puede originarse en el Congreso siempre que sea aprobada por las dos terceras partes de cada Cámara.
El otro mecanismo como
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