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ANÁLISIS FORMAL DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.486 Palabras (6 Páginas)  •  197 Visitas

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ANÁLISIS FORMAL DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES

Un pueblo tiene siempre el derecho de revisar, reformar y cambiar su Constitución.

Aquí nos habla de la cantidad de veces que ha sido modificada nuestra constitución de que México destaca por la cantidad de modificaciones formales a su Constitución vigente desde 1917. Hasta el 31 de diciembre de 2014 que existen 218 decretos de reforma constitucional y obviamente hasta el año actual han aumentado.

No solo habla de las modificaciones que se han hecho a la Constitución, sino también los decretos, de la distorsión de las reformas, etc.

II. El texto constitucional tras las reformas

1. Lo que queda de la Constitución original

A decir verdad leyendo a lo que esto se refiere, y a mi punto de opinión, sería mejor hacer una constitución propia de México, con sus necesidades actuales, con las reformas que se consideren apropiadas para mejorar, sin tantos privilegios para los que se suponen ven por el pueblo, con reformas que los beneficiarios sea el pueblo mismo, en lugar de modificarla tanto una constitución que de los 136 artículos que la conforman, sólo 27 han permanecido intocados a la voluntad reformadora.

Con esto no quiero decir que este mal modificarla tanto porque los argumentos serian que es para mejoras, solo que si ahí tantas mejoras pues a este paso sería mejor hacer una nueva.

2. El régimen transitorio

El régimen transitorio de la carta magna es tan constitución

como sus 136 artículos.

Los artículos transitorios no se han salvado de ser reformados.

El régimen transitorio original de la Constitución ha sufrido unas reformas.

Tenemos un régimen muy amplio, y también cambiante, que debe ser conocido para poder determinar el ámbito de validez temporal de la Constitución, que no siempre es claro. Al respecto, vale la pena anotar que actualmente existen 89 párrafos constitucionales pendientes de entrar en vigor en toda la República.

La reforma a los transitorios nos lleva a pensar en la clasificación

de las Constituciones en rígidas y flexibles. Se dice que las rígidas son las que tienen un procedimiento más difícil de aprobación en comparación con las leyes. En este sentido, se considera que la Constitución mexicana es rígida porque requiere una votación calificada para que el Congreso de la Unión acuerde las reformas, además de la necesidad de que la mayoría de los congresos locales las apruebe.

III. Tiempo y reformas constitucionales

Aquí se habla de la relación del tiempo con las reformas constitucionales. Esto se hace desde una doble perspectiva.

Por una parte, se analiza la frecuencia con que se modifica la Constitución. Por otra, se estudiara los periodos en que el texto fundamental ha permanecido sin cambios.

1. Frecuencia de las reformas constitucionales

El ánimo reformador de la Constitución se ha incrementado

en los últimos años.

Este incremento puede advertirse claramente en el hecho de que en los últimos mas de treinta años se han realizado la mitad de las reformas constitucionales.

Hasta 1977 se habían realizado 178 cambios a artículos en concreto, considerando que cada vez que un precepto tiene una nueva redacción, por mínima que sea, es un cambio.

México es un país presidencialista, en el que el presidente de

la Republica es el encargado del indirizzo político; esto es, es la pieza clave del sistema político. Por tanto, es lógico que la mayoría de las reformas hayan sido producto de iniciativas del titular del Ejecutivo.

Esto quiere decir que el gran peso de nuestra estabilidad como pueblo está en el presidente de la Republica.

Y analizando los decretos que han tenido nuestros presidentes, según este análisis tenemos que el presidente que menos decretos de reforma expidió fue Adolfo Ruiz Cortines, con solo uno. Con esa misma cantidad se encuentra Emilio Portes Gil, pero su periodo fue de solo dos años. Por contrapartida, el presidente Felipe Calderón es el que más decretos promulgó, con treinta y ocho, seguido por Miguel de la Madrid, con diecinueve.

2. Periodos de estabilidad constitucional

El periodo de firmeza más grande que ha tenido el texto es de siete años, que lo compone el lapso de 1953 a 1960, casi identificado con el sexenio de Adolfo Ruiz Cortines.

En cuanto a los periodos de estabilidad cortos, tenemos el ejemplo de dos párrafos que sólo estuvieron en vigor un fin de semana. El viernes 7 de febrero de 2014 se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional en materia de transparencia.

IV. Procedimiento de reformas

En este apartado se analiza el procedimiento seguido para reformar la Constitución, distinguiendo las iniciativas, la duración de éstas, así como la participación de los distintos sujetos que deben intervenir en ellas: las dos cámaras del Congreso de la Unión y las legislaturas locales.

1. Las iniciativas de reforma constitucional

Las reformas han aumentado en los últimos años porque,

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