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Antecedentes De Seguridad Social


Enviado por   •  15 de Febrero de 2015  •  2.271 Palabras (10 Páginas)  •  498 Visitas

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ANTECEDENTES HISTORICOS

El conocer el origen de las leyes, como en el caso que nos ocupa, es de suma importancia, para una mejor comprensión de los temas que estudiaremos, máxime si, que la materia sujeta a estudio, no existe mucho material doctrinal en cual apoyarnos, es por ello, que iniciaremos por aplicar la terminología aplicable al respecto, dando comienzo primeramente, con la definición de Seguridad Social, así como al termino Previsión Social, a los que se les ha considerado en una misma connotación, lo cual desde luego no significa lo mismo, tal y como se dejara debidamente establecido más adelante.

Por lo que, como ya se dijo anteriormente, iniciaremos con esta definición (Previsión Social), que nos da el reconocido maestro MARIO DE LA CUEVA, -autor entre otras obras, del “Nuevo derecho Mexicano del Trabajo”-, quien nos dice, que en América Latina, la Previsión Social se ha desarrollado como en otras Naciones y comprende, la prevención y la reparación de los infortunios del trabajo, las leyes del seguro social y otras medidas necesarias.

La Previsión Social, ha tomado dos caminos principales que se originan en los modelos Alemán y Francés;

 El primero, establecía un sistema único para asegurar a los trabajadores por la pérdida de su salario, ya se trate de Riesgos Profesionales u otra causa, que integran la Institución del Seguro Social.

 El segundo, el método Francés, el cual distinguió los Riesgos Profesionales de las otras causas de posible pérdida de salario, y únicamente, en los últimos años, ha procurado la unidad de los Seguros Sociales, en las Leyes de Seguridad Social.

La razón de esas diferencias, es histórica, pero además, radica en la circunstancia, de que la teoría Francesa, respecto del Riesgo Profesional, puso a cargo del patrón, la responsabilidad por enfermedades profesionales. Siendo que la América Latina, siguió el modelo Francés, por lo que se concluye que su legislación dio inicio con el siglo pasado.

Independientemente de otras coincidencias o diferencias que vamos a encontrar, el Derecho Individual del Trabajo y la Previsión Social, forman una unidad, el Seguro Social, es la parte de la Previsión Social obligatoria, que bajo la administración o vigilancia del Estado, tienden a prevenir o compensar a los trabajadores por la pérdida o disminución de sus capacidades y por ende de la posibilidad de una buena remuneración, como resultado de la realización de los riesgos naturales o sociales a que están expuestos.

En Alemania, en el año de 1783, el General Bismark (conocido como el mariscal de hierro), implanta unos modelos primarios de seguros, particularmente, el del Accidente Profesional, la enfermedad, la invalidez y la vejez. Este celebre estadista, entendía que era necesario contar con organizaciones sociales eficaces y reconocía además, que la disminución de la capacidad activa de la población, repercute desfavorablemente sobre la economía general del País.

Otro aspecto que es importante citar, es lo que se acerca mucho a lo que actualmente conocemos como Seguridad Social, y que localizamos en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, y que, a nuestro criterio establece principios directrices de lo que ahora tenemos, no solo como Seguridad Social, sino como una base de los derechos en general. Esta Declaración elaborada por la UNESCO, aprobada el 1º de diciembre de 1848, en Palais Chaillot, Paris, dentro de la cual, en la parte que nos interesa a nuestro estudio, encontramos los artículos 22 y 25, de dicho ordenamiento, mismos que establecen:

“Articulo 22. Toda persona como miembro de la sociedad, tiene derecho a la Seguridad Social, a tener mediante el esfuerzo Nacional y la cooperación Internacional, habida cuenta, entre la organización de cada Estado. La satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables en el desarrollo de su personalidad”.

Esta declaración, se ve reforzada y se complementa con el artículo 25, del mismo ordenamiento, mismo que a la letra señala:

“Articulo 25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, que le asegure, así como a su familia, la salud y bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. Tiene derecho así mismo, a los seguros en el caso del desempleo, enfermedad, invalidez, viudez y otros casos de pérdida de medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. La maternidad y la infancia, tienen derecho a los cuidados y asistencia especial. Todos los niños nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho igual, a protección social. ”.

En nuestro país, la historia de la Seguridad Social, se dio de diferente modo, principalmente por la opresión sufrida por la clase trabajadora, y la explotación de los trabajadores del campo, situaciones que dieron origen, diversas manifestaciones cuyo propósito principal, era precisamente, que se incluyeran en el texto legal de mayor jerarquía de nuestro país, situación que aconteció hasta la constitución de 1917, texto que permitió se incluyera en el artículo 123 de la citada Ley fundamental, el cual prevé precisamente la regulación de esos derechos, y la Previsión Social. Dándose ello, cuado en 1917, se aprobó el revolucionario artículo 123, mismo en el que, tras larga discusión, se estableció un régimen del derecho del trabajo y la Previsión Social, el que constituye dos aspectos distintos de una realidad, que integran no solo normas tendientes a regular las relaciones obrero patronal, sino normas que pretendieron resolver desde entonces, el problema de lo que hoy conocemos como seguridad social, al abordar el tema de la vivienda, el de la educación de los obreros, el de un régimen de Seguro social, el de la Prevención de los Riesgos, protección de los menores y de las mujeres, y tantas otras disposiciones que han derivado del fecundo contenido de este artículo.

Prevenir que pudiéramos decir desde un punto de vista nominal, significa simplemente evitar un riesgo. La idea original fue evitar el riesgo a que estaba expuesto el trabajador. Sin embargo, el sentido moderno de la Prevención Social, se acerca al de la Seguridad Social; y de ahí deben tomarse los postulados, para una Política Social de nuestro País.

Finalmente, esta consideración, nos lleva a que una Nación, para que pueda considerarse adelantada, deberá disponer de un sistema de Prevención y Seguridad Social, que responda a las exigencias de la vida y de la economía moderna.

Es

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