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Asamblea Nacional Constituyente De Venezuela

khaterin9 de Abril de 2013

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CONSTITUCIÓN DE 1811

Sancionada en Caracas el 21 de Diciembre de 1811. El Congreso

Constituyente, que había iniciado sus sesiones en Caracas el 2 de Marzo de

1811 y proclamado la Independencia el 5 de Julio, aprobó el 21 de Diciembre del mismo año la Constitución Federal para los Estados de Venezuela.

Aunque su vigencia fue muy breve, pues no excedió de los 6 meses, su proyección jurídica, ideológica y espiritual es considerable, ya que además de haber sido la primera Constitución de Venezuela, lo fue también de toda

Hispanoamérica. Sólo 2 la precedieron en el continente, la de Estados Unidos y la de Haití. Por esto decía la Gaceta de Caracas del 27 de Diciembre que los representantes del pueblo venezolano se habían reunido en la mañana del día

21 “...para fijar una de las más grandiosas y memorables épocas de la regeneración del Nuevo Mundo firmando la primera Constitución libre y representativa que ha visto el Continente Colombiano...”, nombre éste con que designaba a la América Hispana. El proyecto de Constitución había sido encomendado meses antes a una comisión del Congreso formada por

Francisco Javier de Ustáriz, Gabriel de Ponte y Juan Germán Roscio. Fue el primero de ellos quien llevó el peso principal en la elaboración del proyecto, en el cual trabajaba inclusive antes de que se proclamase la Independencia. La discusión del texto presentado por Ustáriz se inició el 3 de septiembre, y después de 3 meses de debates en los cuales intervinieron prácticamente todos los diputados, con las naturales modificaciones, supresiones y ampliaciones, quedó por fin sancionada la Constitución, que firmaron 37 diputados y el secretario del Congreso, Francisco Isnardi. Entre ellos se hallaba Francisco de Miranda, quien la firmó dejando constancia de sus reparos porque consideraba que los poderes no guardaban “un justo equilibrio”, que la estructura no era suficientemente sencilla y clara y que la Constitución no estaba acorde “con la población, usos y costumbres de estos países”.

La Carta Constitucional, cuyo preámbulo se iniciaba así: “En el nombre de Dios Todopoderoso, Nosotros el pueblo de los Estados de Venezuela, usando de nuestra soberanía...”, constaba de un “Preliminar” con las bases del pacto federativo, y 9 capítulos. Tanto Ustáriz como los demás diputados que intervinieron en la redacción del proyecto o en el debate parlamentario tuvieron presente los antecedentes de la Constitución de Estados Unidos y de las constituciones de la Francia revolucionaria, pero se inspiraron también, al adoptar la forma federal de gobierno, en la realidad de las provincias venezolanas. Tampoco olvidaron la posibilidad de establecer lazos de Confederación con otras regiones de Hispanoamérica si un día se reunían todas en “un Congreso de la Colombia”, tal como lo hicieron constar en un extenso y emocionado párrafo final que precedía a la fecha y a las firmas, donde hacían un llamamiento “a la vigilancia y virtudes de los padres de familia, madres, esposas y ciudadanos del Estado”. Según la Gaceta de Caracas la aprobación definitiva de la Constitución fue celebrada en la capital con un repique general de campanas, salvas de artillería, música, canciones patrióticas, abrazos, brindis y enhorabuenas recíprocas. Pero ya el 23 de Abril de 1812, ante la difícil situación creada por las consecuencias del terremoto del 26 de Marzo y por el avance de las fuerzas realistas desde Coro, el Poder Ejecutivo puso en suspenso provisionalmente a la Constitución, pues al Conferirle el mando militar a Miranda con el título de Generalísimo le dio Facultades extraordinarias, sin sujetarlo a otra ley que no fuese “la Ley suprema de salvar la Patria”, tal como se lo escribía en aquella fecha el secretario de la Guerra, José de Sata y Bussy. En todo caso, la vigencia de la Constitución Federal de 1811 cesó totalmente a partir del 25 de julio de 1812, cuando Miranda capituló ante el jefe español Domingo de Monteverde.

CONSTITUCIÓN DE 1819

Sancionada por el Congreso de Angostura el 11 de agosto de 1819, en

Angostura (hoy Ciudad Bolívar). La Constitución de 1819 es la Segunda Carta

Fundamental de la República de Venezuela, aprobada el 15 de agosto de

1819 por el Congreso de Angostura, que había iniciado sus sesiones el 15 de febrero de ese año en dicha ciudad, capital de la provincia de Guayana y capital provisional de la República. El proyecto que sirvió de base para la elaboración de esta Constitución fue redactado por el Libertador Simón Bolívar, quien el 15 de febrero de 1819 hizo entrega del mismo al Congreso en la sesión inaugural, explicitando algunos de sus conceptos fundamentales en la pieza oratoria que pronunció en aquella ocasión, el Discurso de Angostura. La Constitución de 1811 tuvo corta vigencia, pues desapareció con la caída de la Primera República en 1812. De ahí hasta el Congreso de Angostura en 1819 las necesidades y vicisitudes de la guerra hicieron imposible la vida constitucional, como no fueran los poderes militares, transitorios y de hecho que aquella imponía. Lograda el año 1817 una nueva base territorial para el Estado venezolano se pensó de nuevo en la organización de éste y por ello la reunión del Congreso de Angostura y la Constitución que lleva su nombre. La Constitución de Angostura apenas si rige 2 años y ello precariamente pues la guerra continuará y sólo una parte del territorio se encuentra liberado. Presenta como rasgo fundamental trascendente para el futuro constitucional de Venezuela la idea del Estado centralista y la repulsa al Estado federal y su organización, reflejando en esto el pensamiento del Libertador, expresado en el Manifiesto de Cartagena (1812) y en la Carta de Jamaica (1815), y en su discurso inaugural ante el Congreso de Angostura. Se inicia así una tensión constitucional permanente y recurrente en nuestra historia entre federalismo y centralismo, tensión tanto teórica como práctica y a veces tristemente trágica y violenta, con una victoria guerrera a mediados del siglo XIX para el federalismo, pero más aparente que real, y una victoria práctica para el centralismo en el ultimo cuarto del siglo pasado y en lo que va de este. Sin que se pueda decir que tal tensión haya desaparecido, ya que se revela en los propios textos constitucionales, que rinden cierta pleitesía a la idea federal, aunque lo nieguen en la organización misma del Estado. La Constitución fue suscrita el 15 de agosto de 1819, por 26 diputados, pertenecientes a las provincias venezolanas de Caracas, Cumaná, Barcelona, Barinas, Guayana, y la neogranadina (Colombiana) de Casanare, que era la única entonces libre de esa nación, cuyos diputados fueron recibidos como hermanos en el Congreso de Angostura.

La Constitución de 1819 consta de 12 títulos divididos en secciones y éstas, a su vez, en artículos. En algunos casos los últimos están formados por uno o varios párrafos. Lleva anexo un apéndice sobre el Poder Moral. El Código se basa en 4 principios fundamentales acogidos con anterioridad en las constituciones de Francia y Estados Unidos de Norteamérica. Son ellos los de libertad, seguridad, propiedad e igualdad. Con respecto al territorio de la República de Venezuela lo divide en 10 provincias, a saber: Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida y Trujillo. Estas se subdividen en departamentos y a su vez en parroquias. Dispone que el Poder Ejecutivo esté representado por la persona del presidente, quien debe ser venezolano por nacimiento, con 10 años de residencia en el país inmediatamente precedentes a su elección, salvo en aquellos casos que su ausencia haya sido en servicio de la República. La vigencia de esta Constitución fue efímera, pues ni siquiera se llegaron a cumplir plenamente los pasos previstos para su sanción. Los propios diputados que la firmaron tenían conciencia de que correspondía a un período de transición política, pues en el artículo 15 del título XII se declaraba: “Verificada la unión que se espera de Venezuela y la Nueva Granada (Colombia) conforme al voto y al interés de ambos pueblos, esta Constitución será de nuevo examinada y discutida en el Congreso General que ha de formarse”. En efecto, pocos meses después, en diciembre de ese año, y por iniciativa de Bolívar, tal unión fue aprobada por el Congreso de Angostura al ser fundada la Gran República de Colombia.

Constitución de 1821

Sancionada por el Congreso General de Colombia, en Cúcuta el 30 de agosto de 1821 y promulgada por Simón Bolívar el 6 de octubre de 1821 como presidente de la República de Colombia La tercera Carta Fundamental que rigió para el territorio venezolano fue la Constitución de Cúcuta. Fue sancionada por el Primer Congreso General de Colombia, el cual se reunió en la Villa del Rosario de Cúcuta el 6 de mayo de 1821, con la asistencia de representantes de las provincias de Venezuela y de Nueva Granada (actual Colombia). Estas 2 naciones se habían unido jurídicamente mediante la Ley Fundamental de Colombia, que se promulgó en Santo Tomás de Angostura el 17 de diciembre de 1819. Ecuador se incorporó en 1822. Durante la discusión de la Constitución de 1821, se presentaron divergencias en cuanto al sistema de gobierno por escogerse. Varios diputados neogranadinos defendieron la forma federativa, en donde ambas secciones mantuvieran su autonomía. Prevaleció la opinión de Bolívar y Antonio Nariño, quienes se pronunciaron por el centralismo. La Constitución se caracteriza porque legisla para los colombianos, entendiéndose por ello, a todos los hombres libres y sus hijos, nacidos dentro de las jurisdicciones

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