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COLEGIACIÓN VENEZUELA


Enviado por   •  16 de Julio de 2013  •  343 Palabras (2 Páginas)  •  560 Visitas

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La colegiación profesional, bajo distintas denominaciones, es la creación por ley de una persona jurídica pública no estatal, que tiene por objeto regular la matrícula de la profesión de que se trate, supervisar el cumplimiento de las normas éticas de la misma, efectuar el desarrollo de la calidad profesional a través de diversas medidas entre ellas la educación y desarrollo continuos, aprobar y aplicar el Código de Ética, determinando las sanciones en los casos de faltas y promoviendo normas que mejoren la condición de profesionalidad de los colegiados. Por su condición de institución creada por ley, tiene carácter obligatorio para la totalidad de los miembros, sean estos egresados de universidades nacionales o hayan revalidado sus títulos en ellas.

Estas organizaciones tienen funciones claramente diferenciadas de las potestades de rectoría del Ministerio de Salud, así como también de las de defensa de los intereses morales o materiales de los profesionales, que llevan adelante sus respectivas entidades gremiales profesionales. También son independientes de las estructuras académicas o educativas (Facultades y Escuelas Profesionales), tanto universitarias como de otros estamentos creados en la órbita del Poder Ejecutivo. No se contraponen con las funciones y objetivos de las organizaciones ya existentes, sino que le da fuerza legal a un instituto dotado por ley de potestades para adoptar procedimientos y medios de contralor idóneos para la regulación del ejercicio profesional, como garantía para la sociedad, que necesita tener debidamente resguardada de los intereses políticos o económicos, sectoriales o corporativos.

¿Qué es ejercicio ilegal de la Profesión?

Un ejercicio ilegal de la profesión es el ejercicio de una profesión sin cumplir con los requisitos profesional y legal para desempeñarla.

Asimismo, cuando se presenta un caso por ejercicio ilegal de la profesión le antecede un nombramiento ilegal de la profesión, este hecho se hace en profesionales incorporados a nuestros Colegios que tiene bajo su responsabilidad como jerarcas institucionales de realizar nombramientos ignorando la Ley Orgánica del Colegio, afectando con ello a otros colegiados de nuestro gremio al verse eventualmente desplazados por otras personas que no tienen los requisitos profesionales y legales de incorporación.

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