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CONCEPTO DE BELIGENRANCIA


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  371 Palabras (2 Páginas)  •  311 Visitas

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CONCEPTUALIZACION DE BELIGERANCIA

Se denomina beligerancia a la participación contendora dentro de un conflicto determinado, o a dar la suficiente importancia a alguien como para acceder o reconocer contender con él. Generalmente es un concepto usado en el Derecho internacional público para designar a la nación o sujeto político que está en guerra, o en política a los participantes más visibles en algún conflicto social.

Más específicamente, la beligerancia designa la situación jurídica internacional en que un grupo (potencia, nación, grupo armado, etc.) se encuentra autorizado por el Derecho de los conflictos armados o Derecho de guerra para realizar acciones bélicas contra el grupo enemigo, dándoles iguales garantías internacionales a ambos (o más). Para ser beligerante es necesario:

• Ser sujeto de Derecho internacional.

• Someterse al Derecho de guerra.

Esta calidad de sujetos de Derecho internacional tiene como condición imprescindible para su existencia el haber recibido el reconocimiento jurídico internacional por parte de Estados o de organismos internacionales gubernamentales.

Las Comunidades Beligerantes o Insurrectos Beligerantes son grupos Insurrectos Sujeto de Derecho Internacional, a los que se ha reconocido el estatuto jurídico de beligerantes; ello implica la existencia de una Guerra Civil en la cual dichos Insurrectos acceden al poder, desconociendo a la Autoridad Gobernante, y controlando, además, una porción del territorio determinado, poseen un gobierno propio, una fuerza militar y holi torero.

Cabe señalar que es el Poder Central quién les otorga el Estatuto Jurídico de Beligerantes, con el cual adquieren cierto grado de Subjetividad Internacional al constituirse en alguna medida como Sujetos de Derecho Internacional, liberándose así el Estado de “Responsabilidad Internacional” por los actos cometidos por ellos (mientras el Estado no los declare beligerantes, tiene la obligación de controlar a sus súbditos). Este reconocimiento tiene el efecto de dar a los terceros Estados la posibilidad de acusar a dicha comunidad por los daños sufridos ante las organizaciones internacionales pertinentes. Antes del reconocimiento, los terceros Estados deben observar prescindencia, o sea la posibilidad de ayudar abierta o encubiertamente al Estado o a la comunidad beligerante. Luego del reconocimiento los terceros Estados deben observar neutralidad. El levantamiento en armas de parte de la población contra el gobierno establecido es un asunto de jurisdicción interna si dicho gobierno controla la situación y responde por los daños causados a otros estados.

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