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Conceptos Juridicos

cesarcortez14 de Agosto de 2011

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Capitulo I

“Elementos: Conceptos y Categorías Jurídicas”

El Derecho y la expresión orgánica del fenómeno jurídico constan de una vital amalgama conceptual. Esta les define objetivamente partiendo de las distintas dimensiones dentro de las cuales se concibe el fenómeno en si. Vemos, así, que en el seno de la teoría jurídica y el estudio mismo del Derecho se resguarda la incuestionable presencia de conceptos jurídicos, tanto de carácter fundamental, como aquellos no fundamentales. Así mismo, vemos una gama de compuestos o categorías jurídicas de similar composición, que surgen de forma sistemáticamente paralela a los conceptos ya mencionados. Tanto los conceptos como las categorías jurídicas representan el sostén primordial dentro del proceso de teorización y la practica jurídica en plena diversidad.

Ahora bien, los conceptos jurídicos fundamentales, y sus correspondientes categorías, son las partículas de pleno entendimiento y universalidad, puesto que estas constituyen la base ideológico-intelectual del Derecho, sin importar, claro esta, el estadio de manifestación del fenómeno jurídico o la multidimensionalidad del mismo. Pero, ¿Qué se quiere dar a entender con esto? Los conceptos jurídicos fundamentales son en si la estructura irreductible y constante que, de forma permanente, están en toda norma jurídica; que de faltar uno de ellos dicha norma, materialmente, dejaría de ser una norma jurídica, aun cuando desde el punto de vista formal se le de calidad semejante¹.

1) ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. Programa del curso de introducción al estudio del Derecho I. El Salvador, Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Jurídicas, 2011. Pág. 70.

El problema a tratar, sin embargo, no es, en si, el de la extensión respectiva de los conceptos jurídicos fundamentales, sino mas bien, la transición al nivel ontológico de su concepción y las relativas diferencias intelectuales propuestas por diversos juristas, que viene siendo parte de los problemas de la filosofía del Derecho. Así, vemos como unos tratadistas frente a otros, muchas veces difieren o coinciden en sus determinaciones conceptuales y demás proposiciones (aspecto que será detallado a profundidad en el capitulo V). Dicho problema ontológico surge, solamente, como consecuencia del carácter evolutivo e histórico del Derecho, y que se justifica en el entorno social, económico, político-intelectual y doctrinario² en el que cada exponente o teórico se sitúa, en una época relativamente determinada.

En conclusión, los conceptos jurídicos fundamentales son aquellos elementos irreductibles que de manera constante y permanente se hallan en toda norma jurídica. El carácter fundamental de dichos conceptos parte de las consideraciones y apartados filosóficos adoptados dentro de la ciencia del Derecho. En problema a que se atienen dichos conceptos es el estimado ontológico que incide dentro del pensamiento de diversos autores en distintas épocas y condiciones históricas concretas.

2) ESCUELA DE CIENCIAS JURIDICAS DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR, op. cit., pág. 70

Capítulo II

“Origen histórico de los conceptos jurídicos fundamentales”

En este capítulo se tratara de forma lógica en un primer término los orígenes históricos de los conceptos jurídicos fundamentales. Es aquí en donde se expondrá las intervenciones socio-políticas e histórico contemporáneas que dieron paso a concepciones concretas de las características fundamentales de dichos conceptos como lo son la irreductibilidad e inmutabilidad así como también se expondrá la determinación relativa de los mismos en el contexto normativo jurídico y el carácter de aplicabilidad multiforme de los mismos.

En un segundo plano se dará análisis al desarrollo y a las acepciones generales de los conceptos jurídicos fundamentales. El desarrollo teórico se plantea como la adaptación y el manejo de dichos conceptos en el plano teórico, discurriendo intelectualmente en las dimensiones jurídico-normativas presentes tanto en el derecho internacional, como en el derecho local. Las acepciones generales por su parte darán por detallado las definiciones o el contenido entendible de las razones más genéricas posibles que son usualmente aceptadas por escuelas de pensamiento, diversos tratadistas y pensadores que coinciden en formar estructuras universales para cada concepto puesto en estudio.

A) Los conceptos jurídicos fundamentales, antecedentes históricos.

Este capítulo tiene como propósito principal identificar diferentes antecedentes históricos, desde su origen hasta su evolución, con respecto al proceso de existencia de los conceptos jurídicos fundamentales, como ha sido su evolución, como se ha transformado de manera histórica, que juristas intelectuales retomaron este estudio para la modificación y transformación de su existencia dentro del formativo jurídica. Ya que los procesos anteriores han ido dando lugar al sistema jurídico actual, se ve como los diferentes autores han dado lugar a un ordenamiento claro.

Uno del gran des juristas de alto grado de estudio. Como John Austin de Inglaterra en los siglos XIX, que con la providencia jurídica, cada segmento, compara cada orden jurídico cada estructura de manera sistemática y propia, detalla una forma básica y determinada como estudios de estos conceptos básicos de relevancia meramente del sistema normativo jurídico, esto es lo que conllevaron en el siglo XX al mejoramiento de este. Por medio de estos autores como Rodolfo Stamler, Hans Kelsen, de las nuevas tesis de interpretación por medio de Eduardo García Máynez y nuevas formas de denominación de los conceptos jurídicos fundamentales.3

3) Peniche Bolio, francisco. “introducción al estudio del derecho” ,13ª edición. México DF, editorial Porrúa, 1997

En 1943, comenzó a formular sistemas del sujeto y hecho jurídico, estas ideas García Máynez llevaron en 1957 a Carlos Cossío a formular planteamientos de los conceptos jurídicos fundamentales. Como elemento que debía aparecer en toda norma de integración de estructura lógica de la norma jurídica como un juicio disyuntivo que une los juicios hipotéticos en onda-norma del sujeto, y peri-norma entre sujeto y hecho jurídico.

Carlos Cossío llega a la innovación de los conceptos jurídicos fundamentales a partir de las ingles John W. Austin. En 1832 se ha ido evolucionando la misma, es decir signo de enlace e intervalo de tiempo en el siglo XIX-XX, hasta la fecha un tercer intervalo del siglo XXI actual, estos intervalos se aparecían de no tener alguna importancia.

En este estudio pero tiene un gran significado para el sistema normativo jurídico actual ya que es por medio de este por el cual un juez, un fiscal, un defensor jurídico domina a la (interpretación) perfección de estos conceptos jurídicos de gran fundamento jurídico; gracias a los diversos estudios de los autores jurídicos antes mencionados.

Se dice que uno de los primeros autores de los cuales dieron a conocer lo que son los conceptos jurídicos fundamentales fue el autor Inglés John W. Austin siglo XlX en el y como este han surgido muchos más los cuales han hecho grandes aportes a lo que llamamos conceptos jurídicos fundamentales.

Estos diversos autores han distinguido los conceptos jurídicos fundaménteles y enumerado ya que para algunos autores son muchos los conceptos jurídicos fundamentales, para otros pocos los que son necesarios, en fin cada uno haces referencia a estos las cuales son diferentes pero importantes para la evolución de los mismos.

Pero a pesar que se les ha dado seguimiento a estos conceptos jurídicos fundaménteles no se sabe cuál es su verdadero origen, quien los creo, cual fue la primer persona en hablar de ellos, así nos lo dijo nuestro profesor de introducción al estudio del derecho, a pasar que estos conceptos jurídicos fundamentales son meramente necesarios para formular una norma, la cual dejaría de ser norma con solo la falta de uno de estos conceptos jurídicos fundamentales, a pesar de esto es muy poca la información que se encuentra de estos.

De la historia de los conceptos jurídicos fundamentales lo más antiguo que se cono se son los aportes de John W. Austin dados en el siglo XlX que gracias a estos aportes han venido surgiendo grandes mejoramientos por parte de autores como Carlos Cossío. Eduardo García Máynez, Hars Kelsen, Rodolfo Stammler, entre otros.

Todos estos autores le han hecho grandes aportes de mucha importancia a los conceptos jurídicos fundamentales, aportes que han jugado un papel importante para la evolución de estos, aportes que hasta la fecha son y seguirán siendo la base de toda norma u orden jurídico.

B) Los conceptos jurídicos fundamentales. Origen y evolución.

A lo largo de la historia, se ha dado factores negativos de convivencia humana de la manera específica, no obstante, es un papel de universidad estudiar, analizar y comprender los comportamientos humanos, la existencia de estudios de manera amplia , la vida positiva, el mundo de una persona natural que debe ser regulada en espacio y tiempo determinado.4

Toda la interpretación interacción humana y convivencia en determinada coexistencia, es parte del nacimiento (jurídico) histórico

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