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Constituciones Políticas Del Peru


Enviado por   •  15 de Julio de 2013  •  3.200 Palabras (13 Páginas)  •  312 Visitas

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Constitución Política de 1823:

Fue aprobada por el primer congreso constituyente, la promulgo el presidente de la republica José Bernardo Torre Tagle el 12 de noviembre de 1823. No llego a regir ya que días antes se había acordado que quedarían en suspenso los artículos constitucionales incompatibles con el ejercicio de las amplias facultades otorgadas al libertador Simón Bolívar, y hasta que los hechos de emancipación varían.

Con un total de 193 artículos fue una constitución de marcada tendencia liberal entre los aportes básicos figuraban: el reconocimiento del Sistema Republicano, la designación de la religión Católica como Oficial, el establecimiento del sistema de Poderes Tripartito (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Además se proclamó la libertad de los nacidos en el Perú después de 1821 (favoreciendo de esta manera a los esclavos), se consideró como electores a los hombres mayores de edad, analfabetos y poseedores de alguna renta. El presidente lo elegía el congreso. La debilidad en esta constitución fue el papel secundario dado al Poder Ejecutivo, en un momento de creciente anarquía política.

Constitución Política de 1826 (Vitalicia)

Fue jurada el 9 de diciembre de 1826 por el Consejo de Gobierno presidido por Santa Cruz en ausencia de Bolívar. Esta constitución solo rigió siete semanas desde su promulgación. Con un total de 150 artículos la constitución vitalicia reconocía cuatro poderes: el electoral, el legislativo, el ejecutivo y el judicial. El poder electoral lo ejercían los ciudadanos. Para ser ciudadano se requería tener la nacionalidad peruana, saber leer y escribir, tener un empleo o industria o profesar alguna ciencia o arte. El poder legislativo correspondía directamente a los Colegios Electorales, residía en tres cámaras: Tribunos, que debían durar cuatro años; Senadores que duran ocho y Censores que eran vitalicios. El poder Ejecutivo estaba representado por un Presidente Vitalicio, un Vicepresidente y cuatro Ministros de Estado. El poder Judicial estaba conformado por los Colegios Electorales.

Constitución Política de 1828

La constitución de 1828 fue promulgada por el Presidente General La Mar el 20 de abril. En Julio de 1833 fue derogada para reformarla, dejando de regir el 10 de junio de 1834.

Constaba de 182 artículos y fue de tendencia liberal. Concedía el sufragio a todos los hombres libres nacidos en el territorio del Perú sin excepción, mayores de 21 años o casados que no hubiesen sido condenados a pena ni aceptado empleo de otra nación, ni hecho tráfico de esclavos o pronunciado voto religioso. También se concedía este derecho a los extranjeros que hubiesen servido en el ejército o en la armada o estuviesen avecinados desde el año 1820 o que después de un año hubiesen obtenido la carta de ciudadanía (de naturalización), no exigiéndosele para lograr ésta ningún requisito. El ejercicio de la soberanía residía en tres poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El Poder Legislativo estaba formado por dos cámaras, la de senadores y diputados. El Poder Ejecutivo se encontraba limitado por las funciones que correspondían a las Juntas Departamentales. El Poder Judicial en que los jueces eran inamovibles, salvo destitución por sentencia legal.

Constitución Política de 1834

Esta constitución fue promulgado por el Presidente Provisional el General Luis José Orbegoso el 10 de Junio de 1834. Estuvo vigente hasta el 22 de agosto de 1839 fecha en que fue declarada mediante ley insubsistente. La constitución de 1834 reproduce casi literalmente la constitución de 1828. Las diferencias que hay son muy pocas y los artículos modificados no llegaron a veinte.

Con un total de 187 artículos, su más importante modificación fue la supresión de la prohibición que contenía la constitución anterior de federarse a otro estado. De haberse mantenido no se habría podido realizar la Confederación Peruano – Boliviana. El derecho a voto fue negado a los soldados, cabos y sargentos, excluyo a los sirvientes, domésticos y mendigos, pero si a los analfabetos. Sólo se le concedió al Presidente de la República la facultad para nombrar fiscales. Sólo se le podía acusar al presidente de la república del delito de traición a la patria y a los demás cuando cesaran en el gobierno. Prohibía la reelección inmediata. Suprimió el cargo de vicepresidente.

Constitución Política de 1839

Conocida también como la “Constitución de Huancayo” por ser esta la ciudad donde se redactó. Fue aprobada por el Congreso Constituyente y promulgada por el Mariscal Agustín Gamarra el 10 de noviembre de 1839. La constitución de Huancayo rigió doce años de 1839 a 1842 y de 1845 a 1854. La convención nacional reunida inmediatamente después del triunfo liberal del Mariscal Ramón Castilla en La Palma, declaró el 22 de octubre de 1855, que estaba derogada por voluntad nacional.

Distingue por primera vez, nacionalidad de ciudadanía. Había según ella dos clases de peruanos de nacimiento y por naturalización. Gozaban de la ciudadanía ambas clases de peruanos. Para ejercerla se necesitaba tener 25 años o ser casado, o saber leer y escribir, excepto los indígenas y mestizos hasta el año 1845, y pagar alguna contribución. La duración del mandato presidencial que siempre se había fijado en cuatro años, lo ampliaba a seis años. No se establecía la Vicepresidencia igual que en la de 1834. El Presidente de Consejo del Estado, reemplazaba al Presidente. Suprimió la inmovilidad del Poder Judicial. Sus magistrados podían ser trasladados, suspendidos y aun movidos por el Poder Ejecutivo. Constó de 192 artículos.

Constitución Política de 1856

Aprobada la constitución por la Convención Nacional y promulgada por el presidente Mariscal Ramón Castilla el 19 de octubre de 1856. En 1860 el congreso ordinario mediante votación aprobó la reforma constitucional. Dejó de regir el 13 de noviembre de 1860.

Con un total de 140 artículos la constitución de 1856 redujo el mando presidencial a cuatro años en vez de seis; no se consideró la vicepresidencia. Se creó un Consejo de Ministros, eliminando el Consejo de Estado y negó el gobierno la facultad de suprimir las garantías individuales, limitándolo solo en casos en la esfera constitucional, y previa autorización del Congreso. El Consejo de Ministros era una entidad autónoma. El congreso podía intervenir en los nombramientos militares. La obediencia militar estaba subordinada a la constitución y a las leyes. Estableció el sufragio directo para todos los peruanos que supieran leer y escribir. El presidente era elegido por votación directa.

Constitución Política de 1860

Aprobada por el Congreso Ordinario el 13 de noviembre de 1860 promulgada por el Presidente Mariscal Castilla,

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