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DEFINICIÓN DE ESTADO DEMOCRATICO


Enviado por   •  22 de Marzo de 2014  •  2.020 Palabras (9 Páginas)  •  300 Visitas

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DEFINICIÓN DE ESTADO DEMOCRATICO

Estado:

Se pude definir el estado como la comunidad política con un territorio propio y que dispone de una organización. (Carré de Malberg).

Democracia:

Es un sistema de gobierno por medio del cual el poder le pertenece a la población, ejercido a través de la elección de representantes para la administración del poder, el termino surgió en Atenas, Grecia en el Silgo V Antes de Cristo

Estado Democrático:

Es la comunidad política con un territorio propio que dispone de una organización por cual el poder le pertenece a la población, el cual es delegado en representantes para su correcta administración y aplicación.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS

Atenas, Grecia:

La democracia ateniense estaba basada en la selección de representantes por sorteo y las decisiones en otros casos por mayoría. La asamblea estaba compuesta por todos los ciudadanos varones de Atenas y votaba directamente. Los electos no tomaban las decisiones, los atenienses consideraban que dar el poder de tomar decisiones a los representantes electos era retirárselo al pueblo, convirtiendo el estado en una oligarquía. La democracia significaba la igualdad ante las decisiones y ante la elección de decisiones y no la elección de personas encargadas de decidir.

Roma:

El estoicismo romano definía a la especie humana creación de un principio divino, al igual que las religiones judía y cristiana, que defendían la igualdad de todos ante Dios, contribuyeron a desarrollar la teoría democrática moderna.

Roma aporta el principio democrático del auto gobierno del pueblo a través de las instituciones municipales.

Edad Media:

La República romana degeneró en el despotismo del Imperio, dando paso a las Monarquías, las cuales al desaparecer surgió una clase media comercial y rica que disponía de los recursos y tiempo necesarios para participar en los asuntos de gobierno. Resultado de esto fue el resurgimiento de un espíritu de libertad basado en los antiguos principios griegos y romanos.

Renacimiento:

Los conceptos de igualdad de derechos políticos y sociales se definieron aún más durante el Renacimiento, en el que se vio potenciado el desarrollo del humanismo, y más tarde durante la Reforma protestante en la lucha por la libertad religiosa.

Democracia Moderna

En 1770 las Constituciones describían y limitaban los poderes de los gobernantes, basándose en:

1. La Carta Magna(1215).

2. La Bill of Rights (1689).

3. La Virginia Declaration of Rights de 1776

4. La Constitución de los Estados Unidos, ratificada en 1789

Entre 1789-1799: durante la Revolución francesa, la Asamblea Nacional promulga:

• La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano el 26 de Agosto de 1789.

• El sufragio universal masculino en Septiembre de 1792.

• La abolición de la esclavitud en las colonias francesas el 4 de febrero de 1794

Y finalmente durante el siglo XIX: aparecen los partidos políticos.

ANTECEDENTES HISTÓRICO DE LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS

Aristóteles hizo un panorama político de las organizaciones que conformaban el Estado Ateniense en su época, dichas organizaciones se entienden como el preámbulo a los órganos actuales de los Estados Modernos, para tal caso Aristóteles expone:

En todo estado hay tres partes de cuyos intereses debe el legislador ocupar. Una vez bien organizadas estas tres partes, el Estado todo resultará bien organizado; y los Estados no pueden realmente diferenciarse sino en virtud de estos tres elementos. El primero de estos tres elementos es la asamblea general, que delibera sobre los negocios público; el segundo el cuerpo de magistrados, cuya naturaleza, atribuciones y modo de nombramiento es preciso fijar; y tercero el cuerpo judicial.

La asamblea general Decide soberanamente en cuanto a la paz y la guerra, y a la celebración y a la ruptura de tratados; hace las leyes, impone la pena de muerte, la de destierro y la confiscación y toma de cuenta de los magistrados. Aquí es preciso seguir necesariamente por uno de estos dos caminos: o dejar las decisiones todas a todo el cuerpo político , o encomendarlas todas a una minoría, por ejemplo una o más magistraturas especiales; o distribuirlas, atribuyendo unas a todos un cuerpo de ciudadanos y otras a algunos solamente.

El encomendarlas a la generalidad es propio del principio democrático, porque la democracia busca sobre este género de igualdad. Pero hay muchas maneras de admitir la universalidad de los ciudadanos al goce de los derechos que se refieren a la asamblea pública. Pueden, en primer lugar deliberar por secciones, como en la república de Telecles de Mileto, y no en masa. Muchas veces todos los magistrados se reúnen para deliberar; pero como son temporales sus cargos, todos los ciudadanos llegan a serlo cuando les llega su turno, hasta que todas las tribus y facciones más pequeñas de la ciudad los han desempeñado sucesivamente . El cuerpo entero de ciudadanos se reúne entonces sólo para sancionar las leyes, arreglar los negocios relativos al gobierno mismo y oír la promulgación de los decretos de los magistrados. En segundo lugar, aún admitiendo la reunión en masa: se la puede convocar sólo cuando se trata de algunos de estos asuntos: de la elección de los magistrados, de la sanción legislativa, de la paz o la guerra y de las cuentas públicas. Se deja entonces los negocios a la magistraturas especiales, cuyos miembros son, por otra parte, elegidos o designados por la suerte de entre la masa de entre los ciudadanos. Se puede, también, reservando a la asamblea general la elección de los magistrados ordinarios, las cuentas públicas, la paz y las alianzas, dejar los demás negocios, para cuya resolución son indispensables luces y experiencia, a magistrados especialmente escogidos para conocer de

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