DERECHO ROMANO
yais23 de Enero de 2014
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PRIMERA UNIDAD: DEL DERECHO EN GENERAL
Derecho, del latín dirigere, directum.- conjunto de reglas de conducta , es el conjunto de reglas que rigen las relaciones sociales. Ciencia de lo justo y de lo injusto.
Derecho natural.- es lo justo, lo de la naturaleza del ser humano.
Derecho positivo.- es el conjunto de reglas cuya observancia esta prescrita y sancionada en los distintos pueblos.
Derecho romano.- es el conjunto de los principios de derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano.
Utilidad del estudio del derecho romano:
1. Histórica ( de donde nacen las leyes antiguas ).
2. Como modelo ( lo integran leyes e interpretaciones de jurisconsultos ).
3. Como antecedente o base jurídica ( poderoso auxiliar, este derecho constituye el fondo de las principales legislaciones de Europa ).
4. Para comprender la historia y la literatura romana ( con la practica del derecho y el sistema de organización judicial, considerando los aspectos económicos, políticos, culturales y sociales ).
Fas.- derecho sagrado, la ley divina.
Jus.- derecho, ley humana.
Jus.- conjunto de reglas fijadas por la autoridad y que los ciudadanos estaban obligados a obedecer.
Derecho según Ulpiano.- es el arte de lo que es bueno y de lo que es equitativo, señalo tres grandes preceptos:
1. Vivir honestamente
2. No dañar a otro.
3. Dar a cada uno lo suyo.
4. Justitia.- según Ulpiano, es la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo.
5. Jurisprudentia.- es la ciencia del derecho, es el conocimiento de las cosas divinas y humanas, ciencia de lo justo y lo injusto.
Divisiones del derecho:
1. Jus Publicum.- comprendía el gobierno del estado, la organización y administración de las magistraturas, la parte del culto y sacerdocio ( Jus Sacrum ) y regulaba las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos.
2. Jus Privatum.- tienen por objeto las relaciones entre los particulares y se subdivide en:
Jus Naturale ( conjunto de principios emanados de la voluntad divina y apropiados a la naturaleza humana, son inmutables; para ulpiano son las leyes de la naturaleza impuestas a todos los seres animados ).
Jus Gentium ( comprende las instituciones de derecho romano, de las que podían participar los extranjeros y los ciudadanos ). Es el conjunto de reglas aplicadas a todos los pueblos sin distinción de nacionalidad.
Jus Civile ( comprendía las reglas de derecho especiales de cada pueblo o de cada estado, eran las instituciones propias de los ciudadanos romanos ).
Ulpiano dividió además el derecho en SCRIPTUM Y NON SCRIPTUM.
Fuentes del derecho romano.
Se dividen en fuentes del derecho:
1. Scriptum y se divide en :
Leyes ( decisiones votadas por el pueblo ).
Plebiscitos ( decisiones votadas por la plebe en Concilia Plebis ).
Senadoconsultos ( decisiones votadas por el Senado ).
Constituciones imperiales ( emanan de la voluntad del Emperador ).
Edictos de los Magistrados ( reglas de derecho publicadas por los Pretores ).
Respuestas de los Prudentes ( dictámenes de los Jurisconsultos ).
2. Non Scriptum, su única fuente del derecho era la costumbre.
DIVISIÓN DEL DERECHO SUBJETIVO.
Derecho subjetivo.- es la facultad de hacer, omitir o exigir alguna cosa, conceder derechos y se divide en:
1. derechos morales o imperfectos ( los tiene el hombre desde su concepción, su sanción se reserva a la conciencia de cada uno ).
2. derechos jurídicos o perfectos ( se hacen valer ente los tribunales, son obligatorios ).
3. deberes perfectos ( se refieren a derechos jurídicos ).
4. deberes imperfectos ( corresponden a derechos morales ).
5. deberes generales o negativos ( corresponde a todos los hombres y consiste en no hacer algo ).
6. derechos absolutos ( son los deberes correlativos generales o negativos, se refieren a la capacidad de un individuo ).
7. derechos relativos ( son cuando existe una sola persona especialmente obligada, se designan como derechos personales o de crédito ).
Los derechos jurídicos existen por medio de la fuerza publica, sus elementos son:
1. un sujeto activo ( persona que tiene el poder, la facultad que le constituye el derecho).
2. sujeto pasivo ( la persona en quien reside el deber u obligación correlativa ).
3. objeto de derecho ( la cosa sobre la cual se ejerce la facultad ).
4. hecho o acontecimiento ( que lo haga nacer, causas eficientes de los derechos, la razón para conceder el derecho ).
Los tres elementos indispensables de todo derecho son:
1. sujeto ( activo y pasivo ).
2. las cosas ( objeto de los derechos ).
3. los hechos o acontecimientos.
La adquisición de los derechos se obtiene por la:
1. delación ( su adquisición depende solo de la voluntad ).
2. aceptación ( la manifestación expresa o tacita de lo que queremos adquirir ).
la conservación de los derechos se realiza por medio de la protesta, la reserva, la retención, el arresto, el embargo, la caución y la posesión judicial ).
La perdida de los derechos se da por la renuncia, la enajenación, la perdida de estado, la extinción de la cosa, la concisión resolutoria, el tiempo de duración, la falta de interés en la conservación , la prescripción y el mal uso o delito.
Las leyes positivas establecen reglas comunes que comprenden a todos y cada uno de los ciudadanos y los derechos particulares asignados a un solo individuo.
Privilegio.- para determinada persona y se dividen en:
1. odiosos o favorables.- son una restricción o una extensión de los derechos comunes.
2. personales o reales.- son concedidos a una persona o a una cosa.
3. afirmativos o negativos.- se otorga una facultad o liberan un deber.
4. gratuitos u onerosos.- se conceden a por mera gracia o por servicios prestados al concesionario.
Los privilegios personales solo pueden usarlos las personas a quienes se concedió y los privilegios reales también se dan a sus herederos, sucesores y fiadores.
Concurso de derechos.- cuando diferentes personas tiene derecho sobre un mismo objeto.
Colisión de derechos.- cuando los diferentes derechos que concurren sobre un mismo objeto se oponen de tal manera que solo el derecho de una persona puede ejercitarse.
Los privilegios cesan o se extinguen por:
1. haber transcurrido el tiempo por el que se concedió
2. por haberse cumplido la condición.
3. por la muerte de la persona que lo gozaba
4. por perecer la cosa.
5. por la revocación de la autoridad competente.
6. por exigir dicho bien el estado.
7. por la renuncia expresa o tacita.
Los periodos del derecho romano son cuatro:
1. de la fundación de Roma a la Ley de las XII tablas ( año 1 al año 304 de la era romana ).
2. de la Ley de las XII tablas al fin de la Republica ( año 304 al año 723 de la era romana ).
3. del advenimiento del Imperio a la muerte de Alejandro Severo ( del año 723 al año 988 de la era romana o año 235 de la era cristiana ).
4. de la muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano ( del año 235 al año 565 de la era cristiana ).
En el primer periodo tenemos las costumbres antiguas de los pueblos Itálicos, en el segundo periodo tenemos las Leyes de las XII tablas, su desarrollo , la interpretación de los Pontífices y Jurisconsultos, en el tercer periodo se marca el apogeo del derecho romano y en el cuarto periodo surgen algunas Constituciones y trabajos de codificación de la obra de Justiniano.
PRIMER PERIODO.
Tres pueblos dieron origen a Roma: RAMNENSES, TITIENSES Y LUCERES.
Los Ramnenses con su jefe Rómulo, dieron origen a la raza latina.
Los Titienses con su jefe Tatio originaron la raza sabina
Los Luceres cuyo jefe fue Lucuwio formaron la raza etrusca.
Constituyeron la ciudad de Roma bajo la autoridad del rey, agrupados en tres tribus, cada tribu estaba dividida en diez curias y cada curia comprendía un cierto número de gens.
Cada gens comprendía el conjunto de personas que descienden por los varones de un tutor común.
La gens tenia como bases, el parentesco que comprendía el conjunto de personas que descendían del paterfamilia que a su vez tenia bajo su autoridad a cada familia.
Las treinta curias primitivas formaban la clase de los patricios, que eran la nobleza y solo ellos participaban en el gobierno del Estado, pagaban impuestos y gozaban de todos los privilegios del ciudadano romano.
Los Clientes eran las personas agrupadas en cada familia patricia, su jefe era el Patrón y se les llamaba NOMEN GENTILITIUM y el Patrón debía a sus Clientes socorro y asistencia, les concedía gratuitamente tierras para cultivarlas y vivir de su producto, el Cliente le debía al Patrón , respeto y abnegación.
otra clase eran los plebeyos quienes ocupaban un rango inferior y no participaban en el gobierno ni gozaban de privilegio
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