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Decima Epoca

fatt6 de Mayo de 2015

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ANTECEDENTES

A partir de la Primera hasta la Cuarta Época son criterios que surgieron

Teniendo como base la Constitución de 1857. Las Épocas Quinta a la

Décima comprenden lo que se considera el catálogo de la "jurisprudencia

Aplicable" y emanan durante la vigencia de la Constitución de 1917.

La creación del Semanario Judicial de la Federación se originó mediante

Decreto del 8 de diciembre de 1870, bajo la Presidencia de la República

De don Benito Juárez García y de don Sebastián Lerdo de Tejada como

Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Semanario (denominado así por la intención de difundirlo periódicamente cada lunes) tuvo como propósito publicar las sentencias de los Tribunales Federales, los pedimentos del Procurador General de la Nación, del Ministro Fiscal de la SCJN y de los promotores fiscales de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, así como los acuerdos plenarios de la Corte y los informes cuya publicación así se determinara.

JURISPRUDENCIA

"jurisprudencia. Tienen ese carácter las razones contenidas en los considerandos que funden los resolutivos de las sentencias en controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, por lo que son obligatorias para los tribunales colegiados de circuito en términos del acuerdo general 5/2001 del pleno de la suprema corte de justicia de la nación." y "acción de inconstitucionalidad. Si en ella se declara la invalidez de normas generales, los órganos jurisdiccionales deben aplicar ese criterio, aun cuando no se haya publicado tesis de jurisprudencia.

DESARROLLO

Las épocas, son períodos que reflejan cambios paradigmáticos en la manera de formar jurisprudencia, es decir, en la manera de registrar los criterios que constituyen la creación del derecho a través de la actividad jurisdiccional. La mayoría de estos cambios se debe a reformas constitucionales y a acontecimientos de gran relevancia histórica que impactaron en el sistema jurídico nacional.

Mediante un acuerdo general, el 29 de agosto del 2011, del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se determinó que la décima época del Semanario justicia de la Federación, iniciara con la publicación de la jurisprudencia del pleno y de las salas de la S.C.J.N, así como de los tribunales colegiados de circuito, derivada de las sentencia dictadas a partir del 4 de octubre del 2011, de los votos relacionados con estas, de las tesis respectivas y de las diversas ejecutoria emitidas a partir de esa fecha, que expresamente acuerden los referidos órganos jurisdiccionales.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion determino las bases de la decima epoca del Semanario de Justicia de la Federacion, conferme a estas bases, el S.J.F conservara su nombre y su publicacion se llevara a cabo mensualmente integrandose un libro por cada mes.

Durante la secion en la que se anuncio la entrada en vigor de la nueva epoca, exhorto a todos los juzgadores federales a trabajar juntos para definil jurisprudencialmente y con toda claridad, el animo que impulsa a la reforma y sus pilares fundamentales.

En el Semanario Judicial , la nueva epoca se inaguro con la publicacion de la sentencia del caso Rosendo Radilla, en la que la Corte interamericana de Drechos Humanos resposabiliza al Estado Mexicano y al ejercito, por la desaparicion del activista.

esta nueva época viene antecedida de importantes reformas constitucionales, pero también de una sentencia que ha venido a romper paradigmas en México. La progresista visión de nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación en la “Sentencia del caso Radilla Pacheco” —en parte porque así la obligó la Corte Interamericana de Derechos Humanos— constituye un referente, pero también una obligación y un mensaje muy

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