Derecho Romano
juank0307 de Septiembre de 2012
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DERECHO ROMANO:
• Es aquel conjunto de normas y preceptos, de origen y naturaleza diversa, que fueron aplicados sucesivamente para ordenar y regular la convivencia en la sociedad romana, desde la fundación de la ciudad de Roma en el año 754 a.C. hasta la muerte del Emperador Justiniano en el 565 d.C. . Estas normas y preceptos evolucionaron a lo largo de casi catorce siglos, adaptándose a las numerosas y profundas transformaciones experimentadas por la sociedad romana.
• Conjunto de los principios del Derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano (565 dc).
• Es un derecho histórico, o sea, no vigente, integrado no solo por un conjunto de normas, reglas precisas, sino también por otros muchos aspectos éticos, sociales, religiosos, políticos, todos los cuales componen el ordenamiento romano y su importancia reside en constituir uno de los pilares fundamentales de la civilización
CONCEPTO DE DERECHO:
• La palabra Derecho deriva del término latino ius, y tiene dos acepciones, una objetiva y otra subjetiva.
Desde el punto de visto subjetivo, se podría definir como un conjunto de normas impuestas por una fuerza coactiva externa, con la intención de regular las relaciones entre los hombres.
Desde el punto de vista subjetivo, el Derecho designa la facultad concedida al individuo por el derecho objetivo, es decir, la facultad del mismo para actuar en base a una norma.
• Norma de conducta humana en sociedad, con fuerza coercitiva y que por tanto impone obediencia, encaminada a precisar los límites de la acción individual en beneficio del interés de todos.
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO:
• Las ideas más comunes de los juristas aceptan que existen dos grandes ramas del derecho: Derecho Privado y Derecho Público.
• El Derecho Privado es el que concierne a los intereses privados de los individuos particulares, que rige las relaciones de este orden entre ellos.
• El Derecho Público es la rama que se refiere a las normas que rigen el interés del Estado como representante de una Nación, el de la sociedad como tal, y la organización de las cosas públicas.
El Derecho Privado tiene a su vez a los siguientes:
• DERECHO CIVIL.- es la rama del derecho que se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos entre sí como particulares, su estado, su capacidad, la organización de la familia, el régimen de los bienes y el estudio de los contratos
• EL DERECHO MERCANTIL.-se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos como particulares cuando éstos tienen el carácter de comerciantes o, sin serlo ejecutan actos de comercio.
• DERECHO DEL TRABAJO.- se ocupa de estudiar las relaciones de los individuos particulares, que guardan la situación de ser patrones y trabajadores.
El Derecho Publico tiene las siguientes ramas.
• EL DERECHO CONSTITUCIONAL.- se ocupa de determinar la forma del Estado como representante jurídico de una Nación; así como determinar la extensión de los derechos de esos poderes respecto a los individuos como tales y como ciudadanos.
• EL DERECHO ADMINISTRATIVO.- tiene por objeto la organización y funcionamiento de los poderes públicos, en cuanto constituyen un gobierno o poder ejecutivo y determina la organización y la actividad, a la vez jurídica y técnica de ese poder en su aspecto de administración pública, es decir de poder ejecutivo, asi como la extensión de sus facultades y prerrogativas frente a los particulares.
• DERECHO PENAL.- determina los delitos y las sanciones que deben ponerse a quienes las cometen.
• DERECHO PROCESAL CIVIL.- tiene por objeto la organización de los tribunales civiles, su competencia y su jurisdicción, así como
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