ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho público


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  453 Palabras (2 Páginas)  •  180 Visitas

Página 1 de 2

derecho público objetivos, se habla de derechos subjetivos privados y públicos. Mejor dicho: la primera clasificación, relativa al derecho como sistema de normas, ha sido aplicado al derecho como conjunto de facultades. En materia de derechos subjetivos públicos, Jellinek distingue, tres clases de facultades:

Derechos de libertad; Derechos que se traducen en la facultad de pedir la intervención del estado en provecho de intereses individuales;

Derechos políticos; El conjunto de los derechos públicos de una persona constituye, según la terminología del citado autor, el status del sujeto.

Clasificación Kelseniana de los derechos subjetivos La conducta humana puede hallarse en triple relación con el orden jurídico. O bien el hombre está sometido a la norma, o bien la produce es decir, participa en su creación de algún modo, o bien esta libre frente a la misma, es decir, no tiene con ella la menor relación. Cuando la relación entre la conducta y los preceptos jurídicos es puramente negativa, dícese que el sujeto es libre frente a la norma o, para emplear la terminología tradicional, que el sujeto tiene el derecho de ejecutar u omitir aquellos actos no regulados de ningún modo por la ley. En la creación de normas individuales, el hecho condicionante del deber (que es siempre una manifestación de voluntad con el fin de provocar la conducta debida) puede contener o no la manifestación de voluntad del obligado, es decir puede ser un acto bilateral o unilateral. Un segundo caso de fundación unilateral de deberes existe por determinación de ciertas normas, las cuales hacen depender la realización del acto coactivo (así como la totalidad del procedimiento preparatorio del mismo) de una manifestación de voluntad del perjudicado, del acto, demanda o querella.

En caso típico de la fundación bilateral de deberes constitúyelo el negocio jurídico del contrato. Las normas generales prescriben que, siendo dada la condición de la manifestación coincidente de la voluntad de dos hombres, ambos, o solo uno de ellos, viene obligado a comportarse de acuerdo con lo pactado.

Derecho del obligado y derecho del pretensor. La persona pasible de un deber jurídico tiene en todo caso el derecho de acatarlo. Según Husserl, podríamos decir que todo deber jurídico se funda en el derecho de acatarlo. Aun cuando en ninguna norma se haga mención de este último, no por ello deja de existir, vinculado indisolublemente a las obligaciones que el orden jurídico estatuye. Tal facultad deriva, lógicamente, del mismo deber jurídico. Se llama derecho del obligado, por ser el que este tiene de cumplir con su deber.

Derechos subjetivos dependientes e independientes. Forman el primer grupo los que se basan en otro derecho o en un deber jurídico del titular; integran el segundo, los no fundados en un deber o en otro derecho del mismo sujeto.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.8 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com