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Edad Media

ema.r.v.153 de Junio de 2015

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1.2 DERECHO ADMINISTRATIVO

1.2.1 CONCEPTOS.-

Es el conjunto de reglas y disposiciones que rigen la organización del Poder Administrativo Ejecutivo y la forma de hacer promociones ante dicho poder.

Totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad de Estado y de los demás órganos públicos en cuanto se refiere al establecimiento y realización de los servicios de esta naturaleza; así como a regir las relaciones entre la administración y los particulares y las de las entidades administrativas entre sí.

1.2.2 EL ESTADO Y SUS FUNCIONES.-

El Estado en sí, está representado por tres poderes, que se determinan dependiendo de su carácter formal o material; es decir, la primera, el de su formación por medio de la legalidad, que lo faculta a realizar actos para beneficio de la población, en un determinado territorio, tomando en cuenta la vigencia de las Leyes o reglamentos y de la segunda; al aplicar dichas leyes o reglamentos para resolver las controversias que se presenten con los particulares o con ellos mismos.

Los tres poderes de los que hablamos son:

Poder Ejecutivo, representado por el Presidente de la República Mexicana; quien Ejecuta las Leyes o Reglamentos.

Poder Legislativo, el cual está representado por El Congreso de la Unión cuando la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores se reúnen en Pleno.

Poder Judicial, representado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Quien interpreta y dicta sentencias para resolver controversias entre las partes.

1.2.3 CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.-

“Desde el punto de vista del órgano que la realiza; es decir, adoptando un criterio formal, subjetivo u orgánico, que prescinda de la naturaleza intrínseca de la actividad, las funciones son formalmente Legislativas, administrativas o judiciales”. GABINO FRAGA. DER ADMVO. 29

“Desde el punto de vista de la naturaleza intrínseca de la función, es decir, partiendo de un criterio objetivo, material, que prescinde del órgano al cual están atribuidas, las funciones son materialmente legislativas, administrativas o judiciales, según tengan los caracteres que la teoría jurídica ha llegado a atribuir a cada uno de esos grupos”. GABINO FRAGA. DER ADMVO. 29

1.2.4 RESPONSABILIDAD DEL ESTADO

1.3 TRIBUTARIO

Conjunto de las disposiciones legales referentes a los gravámenes o impuestos, establecidos por el Estado, entidades federativas o municipios, con el objeto de recaudar los ingresos necesarios para la atención de los servicios públicos.

Normas jurídicas que regulan y clasifican a los contribuyentes, que dependiendo de sus actividades tendrán la capacidad suficiente para contribuir a los gastos públicos; y a los tipos de contribuciones.

1.3.1 FUNDAMENTO LEGAL.-

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Artículo 31, Fracción IV, indica que: “Son Obligaciones de los Ciudadanos mexicanos: Contribuir a los gastos Públicos de manera proporcional y equitativa”.

1.3.2 OBLIGACIONES FISCALES

1.3.3 GENERALIDADES DE LAS LEYES APLICABLES

1.3.3.1 LEY ISR

1.3.3.2 LIETU

1.3.3.3 LIVA

1.3.3.4 LIA

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