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El Salvador


Enviado por   •  25 de Agosto de 2013  •  556 Palabras (3 Páginas)  •  271 Visitas

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Resoluciones

El quórum mínimo para que sean válidos los acuerdos del consejo será cinco de sus miembros propietarios los cuales tendrán derecho a un voto o en su defecto los suplentes y deberán estar presentes por lo menos dos representantes del cada sector.

Las resoluciones se harán con mayoría simple y en caso de un empate el director es el encargado de tomar la última decisión.

Atribuciones del Directorio

El director tiene atribuciones y funciones en dos ámbitos: el ámbito internacional y el ámbito interno

En el ámbito internacional:

• Representar internacionalmente los intereses cafetaleros del país

• Mantener relaciones con organismos similares de otros países cafetaleros

• Ejecutar y velar por el cumplimiento de los tratados y normas relacionadas con el café

Las principales atribuciones internas son:

• Emitir reglamentos para el cumplimiento de los tratados internacionales del café

• Aprobar su reglamento interno

• Presentar al presidente de la republica procedimientos de registro de exportaciones y producción de café

• Proponer la terna de candidatos a director ejecutivo

• Aprobar el presupuesto anual del consejo

• supervisar la gestión del director ejecutivo y aprobar sus actos

• Establecer los estándares de calidad del café exportable.

• Nombrar asesores del Director Ejecutivo y a las personas que representen al Consejo en Otros organismos nacionales e internacionales

• presentar el proyecto de presupuesto anual al MINISTERIO DE HACIENDA

• Ejercer las atribuciones o facultades que legalmente le correspondan

La Administración - Director Ejecutivo

El consejo será administrado por el director ejecutivo el cual será nombrado por el presidente de la república.

Requisitos para ser Director Ejecutivo

-Ser salvadoreño

-De reconocida integridad y notoria competencia para el desempeño del cargo.

-Estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Art. 9 de esta Ley para los Representantes del Sector Privado

NO podrán ser directores los propietarios, los directores y los empleados de empresas exportadoras

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