Feudalismo
tinchomartin27 de Junio de 2012
2.900 Palabras (12 Páginas)612 Visitas
FEUDALISMO
.
3.1 ORÍGENES DEL FEUDALISMO. CONCEPTOS.
El reino de los francos, ubicado en Galia, fue uno de los más estables. Alcanzó su mayor esplendor con el rey Carlomagno (768 - 814), quien se propuso restaurar el Imperio romano de occidente. Para lograrlo, realizó grandes campañas militares y peleó contra lombardos, sajones y musulmanes. Finalmente, creó un gran Imperio que alcanzaba desde el río Elba al océano Atlántico, y desde el mar Báltico hasta Italia.
En la Navidad del año 800 d.C., el Papa León III coronó a Carlomagno como emperador. El Imperio carolingio se sentía profundamente romano y cristiano, pero su modelo de administración era germano. A la cabeza del estado estaba el rey. El reino estaba dividido en condados, administrados por los condes, que tenían poder civil, militar y judicial. Los condados fronterizos se llamaban marcas, gobernados por los marqueses, que tenían un gran poder militar para defender las fronteras del reino.
Con la muerte de Carlomagno, comenzó a debilitarse el Imperio, ya que sus sucesores no fueron capaces de administrarlo. Durante el siglo IX, occidente volvió a sufrir invasiones (de los pueblos normandos, magiares y sarracenos). Por esto, los reyes dejaron en manos de los condes y marqueses la defensa de sus territorios. La población asustada vio que estos nobles eran su única protección, y no el rey, que estaba muy lejos.
En un sistema feudal se registran una serie de rasgos comunes: - Las relaciones señor - vasallo. - Un gobierno personalizado y separación escasa de las funciones políticas. - Un sistema de posesión de la tierra basado en la concesión de feudos a cambio de una serie de prestaciones y de la obligación futura de determinados servicios. - La existencia de ejércitos privados y de un código del honor que acentúa la importancia de las obligaciones militares. - Un conjunto de derechos señoriales del señor sobre el campesino..
3.2 PLENITUD DEL FEUDALISMO
El feudo es la donación territorial que recibía un vasallo del señor a cambio de su servicio militar. Esta institución al principio (en el Imperio Romano), en la forma de colonato, forma embrionaria del feudo, existió en Europa desde fines de la época carolingia hasta fines de la Edad Media.. El régimen feudal tenía por base socio-económica a la servidumbre de la gleba, que desapareció en la Península Ibérica hacia el siglo XIII. Las relaciones del vasallaje abarcaban solo a la nobleza y al alto clero. Fuera de estas relaciones se encontraban los campesinos siervos y el tercer estamento (los habitantes de las villas y ciudades, personalmente libres, agrupados en corporaciones de artesanos y mercaderes: los gremios). El régimen feudal autoridad moral y a veces política suprema.
La Iglesia, en este rol, organizó las cruzadas contra los infieles, agrupando a la nobleza de distintos países.se caracterizaba por las interminables guerras entre los feudales, que arruinaban a vastos territorios. Los estados feudales eran muy frágiles y no duraderos. Los feudales pasaban frecuentemente de un señor al otro, lo que provocaba la disgregación de los reinos, condados y principados. El papel centrípeto lo desempeñó en este tiempo la Iglesia católica, que pretendía ejercer autoridad moral y a veces política suprema. Plenitud El feudalismo alcanzó su madurez en el siglo XI y tuvo su máximo apogeo en los siglos XII y XIII. Su cuna fue la región comprendida entre los ríos Rin y Loira, dominada por el ducado de Normandía. Al conquistar sus soberanos, a fines del siglo XI, el sur de Italia, Sicilia e Inglaterra y ocupar Tierra Santa en la primera Cruzada, establecieron en todas estas zonas las instituciones feudales. España también adoptó un cierto tipo de feudalismo en el siglo XII, al igual que el sur de Francia, el norte de Italia y los territorios alemanes. Incluso Europa central y oriental conoció el sistema feudal durante un cierto tiempo y en grado limitado, sobre todo cuando el Imperio bizantino se feudalizó tras la cuarta Cruzada. Los llamados feudalismos del antiguo Egipto y de Persia, o de China y Japón, no guardan relación alguna con el feudalismo europeo, y sólo son superficialmente similares. Quizá fueran los samurais japoneses los que más se asemejaron a los caballeros medievales, en particular los shoguns de la familia Ashikaga; pero las relaciones entre señores y vasallos en Japón eran diferentes a las del feudalismo de Europa occidental.
Características
En su forma más clásica, el feudalismo occidental asumía que casi toda la tierra pertenecía al príncipe soberano —bien el rey, el duque, el marqués o el conde— que la recibía "de nadie sino de Dios". El príncipe cedía los feudos a sus barones, los cuales le rendían el obligado juramento de homenaje y fidelidad por el que prestaban su ayuda política y militar, según los términos de la cesión. Los nobles podían ceder parte de sus feudos a caballeros que le rindieran, a su vez, homenaje y fidelidad y les sirvieran de acuerdo a la extensión de las tierras concedidas. De este modo si un monarca otorgaba un feudo de doce señoríos a un noble y a cambio exigía el servicio de diez caballeros, el noble podía ceder a su vez diez de los señoríos recibidos a otros tantos caballeros, con lo que podía cumplir la prestación requerida por el rey. Un noble podía conservar la totalidad de sus feudos bajo su dominio personal y mantener a sus caballeros en su señorío, alimentados y armados, todo ello a costa de sufragar las prestaciones debidas a su señor a partir de su propio patrimonio y sin establecer relaciones feudales con inferiores, pero esto era raro que sucediera ya que los caballeros deseaban tener sus propios señoríos. Los caballeros podían adquirir dos o más feudos y eran proclives a ceder, a su vez, parte de esas posesiones en la medida necesaria para obtener el servicio al que estaban obligados con su superior. Mediante este subenfeudamiento se creó una pirámide feudal, con el monarca en la cúspide, unos señores intermedios por debajo y un grupo de caballeros feudales para servir a la convocatoria real.
Herencia y tutela
Otro aspecto del feudalismo que requirió una regulación fue la sucesión de los feudos. Cuando éstos se hicieron hereditarios, el señor estableció un impuesto de herencia llamado ‘socorro’. Su cuantía fue en ocasiones motivo de conflictos. La Carta Magna estableció el socorro en 100 libras por barón y 5 libras por caballero; en todo caso, la tasa varió según el feudo. Los señores se reservaron el derecho de asegurarse que el propietario del feudo fuese leal y cumplidor de sus obligaciones. Si un vasallo moría y dejaba a un heredero mayor de edad y buen caballero, el señor no tenía por qué objetar su sucesión. Sin embargo, si el hijo era menor de edad o si el heredero era mujer, el señor podía asumir el control del feudo hasta que el heredero alcanzara la mayoría de edad o la heredera se casara con un hombre que tuviera su aprobación. De este modo surgió el derecho señorial de tutela de los herederos menores de edad o de las herederas y el derecho de vigilar sobre el matrimonio de éstas, lo que en ciertos casos supuso que el señor se eligiera a sí mismo como marido. La viuda de un vasallo tenía derecho a una pensión de por vida sobre el feudo de su marido (por lo general un tercio de su valor) lo que también llevaba a provocar el interés del señor por que la viuda contrajera nuevas nupcias. En algunos feudos el señor tenía pleno derecho para controlar estas segundas nupcias. En el caso de muerte de un vasallo sin sucesores directos, la relación de los herederos con el señor variaban: los hermanos fueron normalmente aceptados como herederos, no así los primos. Si los herederos no eran aceptados por el señor, la propiedad del feudo revertía en éste, que así recuperaba el pleno control sobre el feudo; entonces podía quedárselo para su dominio directo o cederlo a cualquier caballero en un nuevo vasallaje.
Ruptura del contrato
Dado el carácter contractual de las relaciones feudales cualquier acción irregular cometida por las partes podía originar la ruptura del contrato. Cuando el vasallo no llevaba a cabo las prestaciones exigidas, el señor podía acusarle, en su corte, ante sus otros vasallos y si éstos encontraban culpable a su par, entonces el señor tenía la facultad de confiscar su feudo, que pasaba de nuevo a su control directo. Si el vasallo intentaba defender su tierra, el señor podía declararle la guerra para recuperar el control del feudo confiscado. El hecho de que los pares del vasallo le declararan culpable implicaba que moral y legalmente estaban obligados a cumplir su juramento y pocos vasallos podían mantener una guerra contra su señor y todos sus pares. En el caso contrario, si el vasallo consideraba que su señor no cumplía con sus obligaciones, podía desafiarle —esto es, romper formalmente su confianza— y declarar que no le consideraría por más tiempo como su señor, si bien podía seguir conservando
...