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HISTORIA EDUCATIVA ESPAÑOLA


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  535 Palabras (3 Páginas)  •  232 Visitas

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BREVE RECORRIDO POR LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA EDUCATIVA

- La Constitución de 1812 incorpora la idea de la educación en la que debe intervenir el Estado, pero su concreción definitiva culmina con la aprobación, en 1.857, de la llamada Ley Moyano.

- De la Ley Moyano (ley de instrucción pública), llamada así por el Ministro de fomento del momento Claudio Moyano, fue un consenso entre progresistas y moderados, significo la consolidación definitiva del sistema educativo liberal y el comienzo de la instrucción pública. la primera República 1857-1874.

- La Ley Moyano consta de cuatro secciones. La primera, «De los estudios», regula los niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental (obligatoria y gratuita para quien no pueda costearla) y superior; segunda enseñanza, que comprende seis años de estudios generales y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las enseñanzas profesionales. En la sección «De los establecimientos de enseñanza» se regulan los centros de enseñanza públicos y privados. La tercera, «Del profesorado público», regula la formación inicial, forma de acceso y cuerpos del profesorado de la enseñanza pública. Por último, en la sección «Del gobierno y administración de la instrucción pública» se establecen tres niveles de administración educativa (central, provincial y local) perfectamente jerarquizados, y se regulan unos tímidos intentos de participación de la sociedad en el asesoramiento a las diversas Administraciones. El 19 de septiembre de 1868 estalla la revolución conocida como «la Gloriosa», comenzando el llamado sexenio revolucionario, y en 1873 es proclamada la Primera República española. Una de las características básicas de este período en el campo de la educación es el impulso de la libertad de enseñanza.

- La educación en la época de la restauración 1874 – 1923. La Constitución, en su artículo 11, reconoce la religión católica como la oficial del Estado, pero a su vez proclama la libertad de cultos y de conciencia. El sector más intransigente del catolicismo español mantenía que la confesionalidad del Estado implicaba el control ideológico de las escuelas y, por el contrario, las tesis de los liberales más progresistas afirmaban que la tolerancia de cultos y la libertad de conciencia significaban, necesariamente, la libertad de cátedra. Se reforman las escuelas normales, la enseñanza secundaria y los planes de estudio de las enseñanzas universitarias. Las reformas también afectan a la reglamentación de los exámenes, a la regulación de la enseñanza de la religión, a la titulación del profesorado, a la reordenación del Bachillerato y a la autonomía universitaria. Un hecho muy destacado es el intento de que los maestros pasen a ser pagados por el tesoro público,

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