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IUS POENALE


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  Ensayos  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  599 Visitas

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IUS POENALE

El ordenamiento jurídico en el que se prohíbe bajo amenaza de sanción las conductas más gravemente antisociales. Se trata de un conjunto de normas dirigidas a la persona en sociedad prohibiéndole o prescribiéndole determinadas conductas.

Es el conjunto de normas jurídico-penales que regulan la actividad punitiva del Estado; determinando en abstracto los delitos, las penas y medidas de seguridad.

IUS PUNIENDI

Ius puniendi (pitusa)es una expresión latina utilizada para referirse a la facultad sancionadora del Estado. De forma desglosada encontramos por un lado que, la expresión “ius” equivale a decir “derecho”, mientras que la expresión “puniendi” equivale a “castigar” y por tanto se puede traducir literalmente como derecho a penar o derecho a sancionar. La expresión se utiliza siempre en referencia al Estado frente a los ciudadanos.

Históricamente el Estado ha monopolizado el poder de castigar. Sólo el “ius puniendi” estatal puede operar como poderosa instancia pública capaz de resolver el conflicto criminal de forma pacífica e institucional, racional y previsible, formalizada, eficaz e igualitaria con escrupuloso respeto de las garantías individuales. Sólo el ius puniendi estatal se halla en condiciones de asegurar la justa tutela de los bienes jurídicos fundamentales, monopolizando la violencia privada y la autodefensa.

Políticamente el debate sobre el ius puniendi nos lleva a los planteamientos ideológicos y los sucesivos modelos de Estado: absoluto, liberal e intervencionista.

Del Estado Absoluto se preguntaban qué título podía tener este para privar de sus derechos al ciudadano, como se justificaba la intervención penal, el castigo.

La naturaleza del ius puniendi pretende buscar una fundamentación a sus límites.

Binding parte de la distinción norma- ley. La misión principal de toda norma es la de establecer la “obediencia”, existiendo un derecho a exigir su cumplimiento, por lo tanto, la conducta contraria a la norma es un delito que merece un castigo. Con la ley penal surge un nuevo derecho subjetivo a la “pena”, por lo que la lesión del derecho de obediencia es la fuente del derecho penal subjetivo.

La doctrina dominante opta por una denominación tradicional del ius puniendi como derecho subjetivo, con intervención punitiva del Estado. En cambio, algunos autores cuestionan tal naturaleza y prefieren hablar de un poder de castigar.

El Derecho Penal subjetivo se identifica con el ius Puniendi, que significa el derecho o facultad del Estado para castigar. El ius puniendi sólo es potestativo del Estado, pues es el único con facultades para conocer y decidir sobre la existencia de un delito y la aplicación de la pena.

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