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JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL..

adrianpaoApuntes11 de Agosto de 2016

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA AMERICANA.

JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ALBITRAJE.

PAOLA JARAMILLO BARBA.

DERECHO

PROF; JOSÉ JULIO RÍOS LARGA

JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL DISTRITO FEDERAL..

MISIÓN .

Resolver con plena autonomía e independencia los conflictos laborales que surgen dentro de la

competencia territorial del Distrito Federal, a través de la conciliación y el arbitraje,

garantizando con ello el acceso a la justicia en un marco de trato humano digno y

contribuyendo así al fortalecimiento del estado de Derecho en nuestra ciudad capital.

Biblioteca Doctor Mario de la Cueva.

La Junta es un Órgano tripartito,constituido por tres partes representantes de las tres sedes sociales:

-Representante de Gobierno: PRESIDENTA TITULAR: Lic. Margarita  Darlene  Rojas .[pic 1][pic 2][pic 3]

-Representante de los Trabajadores.

-Representante de los Patrones.[pic 4]

FUNCIÓN  PRINCIPAL --

Tiene por objeto dirimir las controversias que se dan entre trabajador y patrón,  procurando armonízar  los intereses de cada uno.

Tiene dos funciones:

1- Resolver conflictos y controversias del interés de una sola persona ya sea trabajador o patrón. Personas físicas o morales.

2-Resolver conflictos y controversias de trabajadores colectivamente y sindicatos entre varios patrones morales.

En cada junta están los tres representantes de cada uno de los órganos y necesitan cuadyuvantes que es el personal jurídico.

Las juntas especiales de conciliación y albitraje  consta de 20 salas especiales.

Personal de la  junta de conciliación  y albitraje.

-Presidente

-Auxiliar sub presidente de la junta. Encargado de guardar el orden y llevar audiencias.

-Secretario de acuerdos , realiza los acuerdos se tramite

-Actuario, 1) notifica y emplaza al demandado.

                  2)cita a los a solventes, testigos,peritos y terceros a juicio

                 3)inspección y  cotejo.

                4)ejecutar laudos....pago o embargo.

                5)trámites de remate.

-Conciliador: procura que  las partes lleguen a un acuerdo, y si se realiza se levantará un convenio con sello y firma de tres miembros de la junta.

-Dictador: proyectan resoluciones " laudos" (sentencias),

Se emite un título ejecutivo por orden del presidente  se embarga por el actuario.

Se convoca al pleno que es un conjunto de personas representantes del trabajador y patrones de las 20 juntas especiales y consta de dos salas.

El cual requiere de un coorum  de 50% más 1 igual a 11 de representantes del trabajo  y patronal.

1 presidente general titular representante de Gobierno en reuniones del pleno asistida del secretario de  acuerdos.

 

SECRETARIA GENERAL  DE  CONFLICTOS COLECTIVOS, resuelve  firma de contrato colectivo, revisión o cláusula, violaciones a los contratos.

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