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Las Cortes De Cádiz Y La Constitución De 1812.


Enviado por   •  8 de Enero de 2014  •  388 Palabras (2 Páginas)  •  284 Visitas

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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812.

La composición de las Cortes (que se denominan Cortes Constituyentes) es difícil de precisar, porque no se han conservado listas precisas de los diputados. En la primera sesión solo había 104. En marzo de 1812, cuando se votó la Constitución, eran 184 los diputados… Muchos de ellos sufrieron mil penalidades para poder llegar a Cádiz y se adoptó la solución de que fueran sustituidos aquellos que no pudieran llegar a la ciudad, con lo que se estima que se contaban con unos cincuenta suplentes.

En cuanto a su origen social, había una mayoría procedente de las clases urbanas: funcionarios, abogados, comerciantes, profesionales liberales, es decir, lo que se denomina como burguesía, en una terminología clásica. Pero, también, había un centenar de clérigos y unos cincuenta nobles. Pero esta divergente procedencia social no se acompañaba de grandes diferencias ideológicas y en un principio, las ideas mayoritarias entre los diputados eran de carácter liberal, sin grupos de opinión, cada diputado representaba sus propias ideas y estas eran refrendadas o rechazadas en los debates.

Las ideas liberales habían llegado a España desde finales del s. XVIII, pero fue la guerra la que ayudó a expandirlas, así pues, si a la guerra le sumamos la situación que se vivía en Cádiz, con un ambiente exaltado y patriótico, el resultado es la redacción de la Constitución de 1812 y todo un conjunto de leyes que ponen fin al Antiguo Régimen. La Constitución no entra en vigencia (período en el que funciona como ley o carta magna) hasta 1820 y es derogada (suprimida) en 1823.

Existe una gran diferencia entre la Constitución de Cádiz y la Carta Otorgada de José I, pues esta última se define como la concesión de una serie de derechos a una sociedad por una autoridad poseedora del poder mientras que la Constitución es una Carta Magna elaborada por unas Cortes Constituyentes que representa la soberanía nacional. En esta el poder emana del pueblo y no de la autoridad. La primera vez que los españoles pasan de ser súbditos a ciudadanos es gracias al Estatuto de Bayona, pero en ella el poder no emana del pueblo sino de quien lo cede pues este era una carta otorgada. En la Constitución de Cádiz el poder emana del pueblo, lo que resulta el contrato social de Rousseau.

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