Nicolas Avellaneda
danielasosa9110 de Agosto de 2014
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NICOLÁS AVELLANEDA (1837-1885)
Desde comienzos de 1862 hasta 1880, se configura lo que se denominó “Período de Reorganización Nacional” y corresponde a las presidencias de Bartolomé Mitre, Domingo Faustino Sarmiento y Nicolás Avellaneda.
Durante este período se consolida el Estado Nacional y se delimitan los focos de autonomía existentes en las provincias, se expandió una economía capitalista basada en la exportación de bienes primarios y se aceleró el proceso de transformación social.
Después de la batalla de Pavón (enfrentamiento entre unitarios y federales por la hegemonía política), el Gobernador de la provincia de Buenos Aires, Bartolomé Mitre recibió por parte de algunas provincias como Córdoba, San Luis, Tucumán, la delegación de las facultades inherentes al Poder Ejecutivo, para convocar e instalar el Congreso Nacional, llamar a elecciones a las nuevas autoridades y reorganizar el país.
Si bien este proceso corresponde a las presidencias de Mitre, Sarmiento y Avellaneda, es este último el que nos interesa desarrollar con más atención.
Avellaneda asume como presidente en 1874 y finaliza su mandato en 1880. Su cargo subsistió entre grandes dificultades políticas; una de ellas estaba íntimamente relacionada con las consecuencias de la revolución mitrista, otras se vinculaban con los diversos levantamientos locales que alteraban el orden en las provincias, para lo cual el gobierno recurrió a la intervención nacional y al Ejército para dirimir los conflictos.
Avellaneda fue Presidente de la Republica (1874-1880), el último de la denominada Republica Liberal.
Nació el 3 de Octubre de 1837, en San Miguel de Tucumán, era hijo del periodista y político Marco Manuel Avellaneda, un opositor a la dictadura de Juan Manuel de Rosas que, de hecho, moriría ejecutado en 1841 tras protagonizar una revuelta contra el referido gobernador de Buenos Aires. Esta circunstancia determino que el pequeño Nicolás y su madre huyeran ese mismo año al suroeste de Bolivia.
En 1850, regresó a su país y comenzó a cursar sus estudios superiores. Tras licenciarse en Derecho por la Universidad Nacional de Córdoba en 1855, tres años después obtuvo el doctorado por la Universidad Nacional de Buenos Aires. Pronto logro gran fama como periodista, trabajando de redactor en los periódicos “El Nacional” (que llegó a dirigir), “El Pueblo” y “El Eco del Norte” (que el mismo fundó en 1855); asimismo, ejerció como profesor de Economía en el Centro Universitario donde se doctoró.
También por aquellos años inició su carrera política; así, en 1859, resultó elegido diputado por la Provincia de Buenos Aires. Luego, entre 1868 y 1873 (durante la Presidencia de Domingo Faustino Sarmiento), fue Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública. Desde este cargo posibilitó que se plasmara los proyectos educativos de Sarmiento por medio de la creación de numerosas escuelas primarias y normales, y colegios nacionales en todo el país.
El 12 de abril de 1874, derrotó al ex Presidente Bartolomé Mitre en las elecciones presidenciales. Junto a él, como vicepresidente, se eligió a Mariano Acosta.
El 12 de octubre, Avellaneda tomó posesión y relevó a Sarmiento, quien también le había dado su apoyo. A finales de ese mismo año, reprimió una rebelión iniciada por Mitre el 24 de septiembre, tras considerar ilegal la elección.
En 1876, logró que se aprobara la Ley de Inmigración (más conocida como Ley Avellaneda), que prometía tierras y trabajo a los campesinos europeos. Un año después, se aprobó, igualmente gracias a su iniciativa, una ley de amnistía general (olvido de los delitos políticos) con la que se supuso que pudieran regresar al país muchos opositores políticos y que permitió apaciguar a los seguidores de Mitre.
Durante su mandato, la economía del país vivió una notable recuperación, en la que tuvieron mucho que ver el impulso que dio a la red de ferrocarriles (pieza esencial para la integración del territorio argentino), su política de austeridad, el citado fomento de la inmigración y el inicio de la exportación de carne congelada.
Otro hecho especialmente destacable de su gobierno fue, sin duda, la denominada Conquista del Desierto, completada entre mayo de 1878 y junio de 1879. Fue una expedición cuyo objetivo era conseguir el pleno control gubernamental sobre todas las tierras que conformaban Argentina. Para ello, encargó al general y Ministro de Guerra, Julio Argentino Roca, comandar la fuerza militar que se trasladó hasta la Patagonia y derrotó a los indígenas de la región.
Al concluir su mandato el 12 de octubre de 1880 cedió la presidencia a Julio Argentino Roca, que había sido elegido para ello en abril y cuyo gobierno daría comienzo un nuevo período de la historia argentina, La Republica Conservadora, que sucedería a la denominada Republica Liberal.
Avellaneda resultó elegido ese mismo año senador, cargo desde el cual logró la aprobación de la Ley Universitaria, que garantizó la autonomía de las universidades nacionales. En 1881, se convirtió en rector de la Universidad Nacional de Buenos Aires.
Avellaneda fue un hombre de una elevada formación cultural, además de un brillante orador y autor de varias obras de Economía Y Derecho. Tras enfermar, se trasladó a Francia para ser tratado de su dolencia, falleció el 25 de noviembre de 1885.
ACCIÓN EDUCATIVA DE NICOLAS AVELLANEDA
Fue un colaborador eficaz y un continuador de la obra educativa de Sarmiento.
Apuntó a difundir la cultura popular, ya que vio en ella el único medio eficaz para lograr la transformación del hombre, el país y lograr afianzar la democracia.
Al llegar a la Presidencia, dictó el “Plan de Instrucción General” del que habla la Constitución y señaló que en él debía figurar la obligatoriedad escolar, la existencia de una renta fija y propia para constituir el fondo de escuelas, las bases uniformes para la enseñanza primaria con el fin de dar homogeneidad al impulso y eficacia a los esfuerzos a favor de la educación popular.
La acción de la escuela debía ser complementada, según Avellaneda, por la biblioteca, pues consideraba que era preciso fomentar el hábito de la lectura hasta convertirlo en un rasgo distintivo de las costumbres nacionales, para levantar el nivel intelectual del país.
La obra más destacada de Avellaneda (posterior a su Presidencia) fue la sanción de la Ley Universitaria en 1885, específicamente para las Universidades de Buenos Aires y Córdoba.
EMA
Fijó las bases a las que debían ajustarse los estatutos de las universidades nacionales; se refería fundamentalmente a la organización de su régimen administrativo, y dejaba los otros aspectos liberados a su propio accionar; la misma planteaba que:
La Universidad se compondrá de un rector, elegido por la Asamblea Universitaria, el cual durará cuatro años, pudiendo ser reelecto; de un Consejo Superior y de las Facultades que actualmente funcionan, o que fuesen creadas por leyes posteriores. La Asamblea Universitaria es formada por los miembros de todas las Facultades.
El Rector es el representante de la Universidad; preside las sesiones de las Asambleas y del Consejo; y ejecuta sus resoluciones. Corresponde asimismo al Rector el puesto de honor en todos aquellos actos de solemnidad que las Facultades celebren.
El Consejo Superior se compone del Rector, de los decanos de las Facultades y de dos delegados que éstas nombren. Resuelve en la última instancia las cuestiones contenciosas que hayan fallado las facultades, fija los derechos universitarios con la aprobación del Ministerio de Instrucción Pública, y dicta los reglamentos que sean convenientes y necesarios para el régimen común de los estudios y disciplina general de los establecimientos universitarios.
Cada Facultad ejercerá la jurisdicción política y disciplinaria dentro de sus institutos respectivos, proyectará los planes de estudios y dará los certificados de exámenes en virtud de los cuales la Universidad expedirá exclusivamente los diplomas de sus respectivas profesiones científicas, aprobará o reformará los programas de estudios presentados por los profesores, dispondrá de los fondos universitarios que le hayan sido designados para sus gastos, rindiendo una cuenta anual al Consejo Superior, y fijará las condiciones de admisibilidad para los estudiantes que ingresen en sus aulas.
En la composición de las Facultades entrará por lo menos una tercera parte de los profesores que dirigen sus aulas correspondiendo a la facultad respectiva el nombramiento de todos los miembros titulares. Todas las Facultades tendrán un número igual de miembros que no podrá exceder de quince.
Las cátedras vacantes serán llenadas en la forma siguiente: la Facultad respectiva votará una terna de candidatos que será pasada al Consejo Superior, y si este la aprobase será elevada al Poder Ejecutivo quien designara de ella el profesor que deba ocupar la cátedra.
Los derechos universitarios que se perciban, constituirán el "fondo universitario", con excepción de la parte que el Consejo Superior asigne, con la aprobación del Ministerio para sus gastos y para los de las Facultades. Anualmente se dará cuenta al Congreso de la existencia e inversión de los fondos.
En síntesis, se limitó a crear legalmente el organismo universitario, dejando todo lo demás librado a la acción de su propio desarrollo.
Esta legislación, llamada Ley Avellaneda establece en forma parcial la autonomía universitaria, así como también los órganos de gobierno
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