Organizacion Politica
alejanfo20 de Mayo de 2014
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ORGANIZACIÓN POLÍTICA
Voy a comenzar hablando sobre las Magistraturas. Se llama "magistratura romana" a la dignidad, cargo y conjunto de atribuciones con las cuales, en la Antigua Roma, se investía a un ciudadano para que desempeñara determinadas funciones relacionadas con la administración y dirección política de la ciudad.
En la República Romana, finalizada la Monarquía (año 509 a. C.), el lugar del rey fue ocupado por dos magistrados a los que se llamó primero pretores y luego cónsules. Según la tradición romana, la aristocracia, para evitar los abusos en que habían incurrido los antiguos reyes, estableció una serie de medidas limitantes al poder de los nuevos oficiales. Así, se dispuso que cada uno tuviera veto sobre la decisiones del otro; que gobernaran sólo por un año; que las penas o castigos que impusieran pudieran ser apeladas ante las asambleas del pueblo (provocatio ad populum) y, que una vez terminado su mandato, fueran responsables por los actos contrarios a la ley que, eventualmente, cometiesen en el cargo.
Existen distintos cargos de las Magistraturas:
Cónsul: Llevó el nombre de Cónsul la magistratura romana creada para sustituir a la monarquía al frente del Estado. Cada año se elegían dos cónsules. Progresivamente van perdiendo atribuciones: primero algunas facultades judiciales civiles y criminales.
Pretores: Eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado este tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules.
Censores: El Censor era uno de los magistrados colegiados de la antigua República romana, tratándose de una magistratura colegiada formada por dos censores, que eran elegidos cada cinco años por los comitia centuriata presididos por uno de los cónsules. El cargo, denominado censura, era responsable de la realización del censo, la supervisión de la moralidad pública, y de ciertos aspectos de las finanzas públicas.
Tribuno militar: Un tribuno militar es tanto un oficial de una legión romana como un cargo oficial del estado romano. En el periodo republicano había seis tribunos militares asignados a cada legión. Se les daba la autoridad a uno de ellos e iban rotando en el mando entre los seis. Los tribunos eran hombres del rango senatorial, y eran elegidos por el Senado.
Dictador: La dictadura era en la Antigua Roma el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en los casos de guerra; la dictadura nació, al parecer a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsul es en virtud de una orden del Senado que tenía la potestad de determinar cuándo era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo.
Decenviros: Cada uno de los diez magistrados superiores romanos encargados de componer las leyes de las Doce Tablas, y que en algunas ocasiones sustituyeron a los cónsules: los decenviros tuvieron que deliberar largo tiempo acerca de los derechos de los libertos. Magistrado menor romano que servía de consejero a los pretores: recibió la consideración de ser nombrado decenviro por el pretor, quien le consideraba un hombre de su entera confianza.
Cuestores: Su función fundamental es la administración del tesoro público. Estos magistrados eran los quaestores aerrarii. Protegían los archivos del estado, que se guardaban en el Templo de Saturno. En los comienzos de la magistratura eran dos cuestores, para ser cuatro a finales del siglo IV a.C.
Ediles: Edil curul, cargo al que podían optar los patricios y los plebeyos, nacido a imagen de los ediles plebeyos. Se encargaba, entre otras tareas, de la organización de los juegos, de la vigilancia de pesos y medidas en los mercados, y de resolver los pleitos menores relacionados con el comercio, siempre bajo la supervisión del Pretor Urbano. Era el primer escalón del cursus honorum. El Edil plebeyo era un cargo reservado a las personas de origen plebeyo, al que sólo podían acceder éstos.
LA ORGANIZACIÓN SOCIAL
Tras largos conflictos entre Plebeyos y Patricios, se consiguió llegar a la igualdad de derechos y la incorporación de los Plebeyos al Populus Romanus.
La Diferencia entre los ciudadanos estaba marcada por la riqueza o el prestigio.
La igualdad de derechos no acabó con los conflictos sociales, estos continuaron por el reparto de tierras que hacia el estado de las nuevas regiones.
LA ECONOMÍA
La economía estaba muy ligada al suelo. Se desarrolló mucho la explotación de los bosques, porque la madera se utilizaba tanto para la construcción de túneles y explotaciones mineras (combustible para los hornos), como para la construcción naval.
Tenían buenos conocimientos técnicos en cuanto a la agricultura (realizaban injertos, utilizaban el arado, tenían un sistema de canales), que se vio fuertemente desarrollada, así como la ganadería.
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA ROMANA: LAS MAGISTRATURAS (III)
Los magistrados, en sus distintas clases eran los máximos responsables del gobierno de Roma, en lo que hoy reconoceríamos como el poder ejecutivo. En general, y para evitar que se pudieran perpetuar, su mandato no podía exceder de un año, excepción de los censores que eran elegidos por dieciocho meses y el dictador que lo era por seis meses. La elección de los mismos se realizaba por los diferentes tipos de comicios. Otra característica esencial era la colegiación y la intercessio o derecho de veto de unos magistrados respecto a otros, siempre con el fin de evitar la adopción de decisiones abusivas, aunque en ciertos períodos esto provocó más inconvenientes que ventajas.
Las magistraturas eran gratuitas por lo que solamente las clases más pudientes podían acceder a ellas, si bien una vez conseguidas y sobretodo al finalizarlas con la asignación de una provincia para gobernar (cónsules y pretores) solían recuperarse de los gastos que les habían ocasionado obtenerlas con los botines de guerra o esquilmando, muchas veces, las provincias que se les entregaban para su administración.
El magistrado estaba investido de poder de mando, es la potestas, que en los casos de los cónsules, el dictador y el pretor se le denominaba imperium que era el poder máximo. Pero en la organización política de la república ningún ciudadano –salvo excepciones bien conocidas- podía llegar a ostentar directamente el máximo órgano de gobierno ya que se pretendía que se fuera ascendiendo progresivamente y así adquirir la máxima experiencia, es lo que se dominaba el cursus honorum, primero tendría que pasar por la edilidad, luego la cuestura, para llegar a ser pretor y al final, en la cúspide de la carrera, el consulado. Finalmente y como máximo prestigio y influencia social y política podía ser elegido censor.
Veamos cada uno de los cargos a que podía aspirar un ciudadano romano:
Cónsul: Era la máxima magistratura de la constitución romana, era el jefe del estado, dotado del imperium, tenía el poder militar y civil. Era una magistratura colegiada y cuyo plazo de mandato era de un año. Se elegían dos cónsules por los comitia centuriata. Al ser una magistratura colegiada cada cónsul podía vetar las decisiones de su colega (intercessio). Tenían derecho a llevar la toga praetexta, silla cural y doce lictores.
Dictador (dictator): Era un magistrado no colegiado y su elección tenía carácter extraordinario y se nombraba por los cónsules en situaciones de máximo peligro para la sociedad romana. El plazo máximo de ejercicio era de seis meses y durante este tiempo quedaban suspendidas todas las otras magistraturas y ejercía el imperium máximo. Debía nombrar un magíster equitum que asumía las funciones de jefe de caballería y delegado del dictador.
Censor: Sin imperium, magistratura dual elegida cada cinco años por los comitia centuriata, su ejercicio era como máximo de dieciocho meses. Confeccionaban el censo de ciudadanos (potestas censoria) situando a cada uno de ellos en las diferentes centurias según su riqueza; administraban el ager publicus, y realizaban la lectio senatus y utilizaban la nota censoria controlando así la conducta moral de los ciudadanos.
Pretor (praetor): También dotado del imperium, y elegido por un año por los comitia centuriata, su función principal era administrar justicia. Tiene el ius edicendi, derecho a emitir edictos y establecer las normas de procesales que regirian durante su mandato. Se distinguía entre el praetor urbano, que resolvía los conflictos entre los ciudadanos romanos y el praetor peregrinus, que lo hacía entre extranjeros o entre ciudadanos romanos y extranjeros.
Cuestor (quaestor): Magistrado menor. Auxiliar de cónsules, censores y procónsules, no ejercía imperium y realizaba funciones específicas en administración de justicia criminal -quaestores parricidio- percepción de multas y gobierno de la tesorería estatal –aerarium-.
Ediles curules (aediles curules): magistrados menores con potestas específica para el cargo que estaban asignados. Podían ser cura urbis, policías de la ciudad; cura annonae, que cuidaban del aprovisionamiento de los mercados; y cura ludorum, de la organización de los juegos públicos.
Tribunos
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