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Plataforma Agraria


Enviado por   •  29 de Junio de 2011  •  4.402 Palabras (18 Páginas)  •  1.113 Visitas

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Universidad de San Carlos de Guatemala

Escuela de Historia

Teoria del Campesinado

Licda. Olga Perez

• PLATAFORMA POLITICA DE LA COORDINADORA NACIONAL DE ORGANIZACIONES CAMPESINAS.

• PROPUESTA POLITICA AGRARA DE LA CAMARA DEL AGRO DE GUATEMALA Y CONSEJO AGROINDUSTRIAL

• CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

• LEY DEL FONDO DE TIERRAS / REGLAMENTO

JOHANA JUDYTH LEMUS JEREZ

200320372

CONTEXTO AGRARIO

El problema del Indio es la Tierra, señala Mariátegui. Pero realmente paralelo a ello tenemos las relaciones sociales de producción que se entablan en torno a ella. El periodo de la Colonia significo el sometimiento d el pueblo indígena a través de la explotación de su fuerza de trabajo, empleando mecanismos como la encomienda , el repartimiento y el peonaje por deuda . Provocando el tejido de un periodo violento, que convino la evangelización con el arrasamiento de los centros urbanos y la apropiación de las mejores tierras para la actividad agraria.

La lucha por la tierra se extiendo a través del tiempo, naciendo en su seno organizaciones campesinas que buscan una regularización política, social y económica , es decir la Injusta distribución de la tierra, la discriminación , la exclusión social, la falta de empleo, la falta de acceso a los servicios básicos, siendo algunas de las demandas de as organizaciones sociales en el país.

La apropiación de la tierra se intensifica, a partir de 1871. Anteriormente para el cultivo de la cochinilla era necesaria pequeñas extensiones de tierra y poca fuerza de trabajo . Con la introducción del café, se necesita un aumento proporcional en cuanto a la extensión territorial , que incluso se expande al Peten y la Franja Transversal del Norte.

Remontándonos a los primero años de los segundos liberales vemos como Rufino Barrios, Miguel García Granados van a ser representantes de un periodo histórico característico del despojo significativo de tierras indígenas, que provocaron la liquidación de muchas comunidades del interior del país. Prácticamente se establece un modelo exportador de materias primas . a ello debemos sumarle la creación del Registro de la Propiedad de 1877, donde se legaliza la apropiación violenta e ilegal de tierras

Haciendo un recorrido histórico a partir de 1871 hasta nuestros días nos damos cuenta que los intereses de clase provocan una contradicción entre el derechos histórico de miles de campesinos que por carecer de documentos inscritos en el registro de la Propiedad, se dice que su ocupación es ilegal. En el Articul0 67 de la Constitución Política de la República de Guatemala señala que:

“ARTICULO 67 PROTECCION A LAS TIERRAS Y LAS COOPERATIVAS AGRICOLAS:

Las tierras de las cooperativas, comunidades indígenas u otra forma de tenencia de tierra comunal de propiedad agraria, así como el patrimonio familiar y vivienda popular, gozara de protección especial del estado, de asistencia crediticia y de técnicas preferencial que garanticen su posesión y desarrollo. Las comunidades indígenas que tenga tierras históricamente les pertenecen y que tradicionalmente han administrado en forma especial mantendrán ese sistema.”

El Decreto 1551 de 1962, creo el Instituto de Transformación Agraria para sustituir la reforma agraria de Arbenz ( Decreto 900, se crea con el objetivo de distribuir los recursos en forma equitativa al pueblo).Estas demandas no resueltas generaron nuevas formas de lucha a partir de los años 90. El sistema de producción agrícola esta basado en los grandes latifundios , donde se maneja una explotación tradicional de productos sin valor agregado.

Esta claro que este modelo latifundista no reduce ni la pobreza rural , ni respeta el medio ambiente y ni tampoco plantea la convivencia . La realidad del campo es muy distinta a la que plantea cualquier cientista social, para ello se plantean propuestas , por un lado la propuesta de plataforma agraria de la organización campesina, por otro lado la plataforma agraria de la cámara del agro, así mismo una serie de artículos de la constitución Política y de la ley del fondo fe tierras ( reglamento)

La misma legislación legitimo la propiedad privada, la expropiación a partir de distintos artículos:

ARTICULO 39: PROPIEDAD PRIVADA: Se garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana. Toda persona puede deponer libremente de sus bienes de acuerdo con la ley. El estado garantiza el ejercicio de este derecho y deberá crear las condiciones que faciliten el propietario el uso y disfrute de sus bienes, de manera que se alcance el progreso individual y desarrollo nacional en beneficio de todos los guatemaltecos.

ARTICULO 40: EXPROPIACION: En casos concretos, la propiedad privada podrá ser expropiada por razones de utilidad colectiva, beneficio social o interés publico debidamente comprobadas. La expropiación deberá sujetarse a los procedimientos señalados por la ley y el bien afectado se justipreciara por expertos tomando como base su valor actual. La indemnización deberá ser previa y en moneda efectiva de curso legal a menos que con el interesado se convenga en otra forma de compensación. Solo en caso de guerra,calamidadpublica grave perturbación de la paz o intervención de la propiedad o expropiación . La ley establece las normas a seguir contra la propiedad enemiga. LA forma de pago de

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