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Prescripción, Caducidad y Perención


Enviado por   •  3 de Junio de 2016  •  Documentos de Investigación  •  306 Palabras (2 Páginas)  •  707 Visitas

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Escuela de Ciencias Jurídicas y Políticas.

Jhoan Manuel Junior Figueroa Rodriguez

14-2013

Facilitador:

Rafael Mieses

Asignatura:

Laboral II

Tema:

Prescripción, Caducidad y Perención

Santo Domingo Este.

22 de Septiembre 2015.

1-Elaboración de un cuadro sinóptico donde se destaquen los modos de extinción de la acción en materia laboral.

         

La Prescripción

La Caducidad

La Perención

La Prescripción es un modo legar de adquirir o extinguir un derecho con el trascurrir del tiempo. Puede ser adquisitiva o extintiva.

*Con la adquisitiva se adquiere un derecho en perjuicio de otra persona.

* Con la extintiva se extingue una acción, siempre en perjuicio de aquel que dejo trascurrir el tiempo sin ejercer su acción.

Prescriben en un mes las acciones de pago de horas extras; en dos meses las acciones por causa de despido, dimisión o desahucio; y en tres meses todas las demás acciones.

El plazo de la prescripción comienza siempre un día después de terminado el contrato de trabajo.

La prescripción extintiva está fundada en dos razones: 1.sobre motivo de orden público en una presunción de pago. 2. sobre una presunción de pago.

La caducidad es la pérdida o extinción de una acción o un derecho por inacción del titular en plazo perentorio, o, también por incumplimiento de recaudos legales.

*La caducidad se extingue por el derecho de reclamar algo.

*La caducidad es de orden público, por tanto se le impone al juez.

*La caducidad puede ser: legal o contractual

*La caducidad puede ser pronunciada de oficio.

.

La Perención es una forma de extinción de la instancia, sucede cuando el expediente queda inactivo durante por lo menos tres años.

*Según el art. 397 del Código de Procedimiento Civil, si hay lugar a renovación de instancia o constitución de nuevo abogado, entonces el plazo se extiende  a tres años y tres meses.

 

*La demanda en Perención de instancia en Materia Laboral se inicia con un escrito depositado por ante el Juzgado de Trabajo correspondiente.

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