Reseña Breve analisis del acta de fundacion de nuestra señora de Monterrey
Gluna10Reseña8 de Febrero de 2023
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Universidad Metropolitana de Monterrey
Lic. Diseño Gráfico Digital
Primer Periodo.
Reseña de Los Grandes sucesos históricos mediante la fundación de la Ciudad Metropolitana de Monterrey
Asignatura: Taller de comunicación oral y escrita ll:
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Alumno (a): Fátima Galylea Luna Gaona
Matricula: 409226
2 ° “A”
Maestro (a): Lic. Ana María Verdín Degollado
Monterrey, Nuevo León, a 22 de diciembre del 2022[pic 3]
Indicé
- Introducción…………………………………………………………… 3
Contenido
- ¿Qué es el acta de fundación? ……………………………………. 4
- Análisis puntual del acta de fundación............................................. 5
- Formación de la ciudad Metropolitana y su Gobierno …………... 6
- Breve Glosario ……………………………………………………... 8
- Conclusión …………………………………………………………. 9
- Citas Textuales ……………………………………………………… 10
- Referencias …………………………………………………………. 11
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Los Grandes sucesos históricos mediante la fundación de la Ciudad Metropolitana de Monterrey
Este libro, es un ejemplar editado por la Universidad Metropolitana de Monterrey y escrito por Leopoldo Espinoza Benavides, el cual se dio a inspiración a las palabras, análisis y reseñas de Diego de Montemayor y Diego Díaz de Berlanga, los cuales fueron los primeros en dictarlo y redactar el segundo documento visionario con destellos de perfección en la redacción con la interpretación lingüística y el respaldo de las leyes y ordenanzas vigentes de su tiempo. Nos cometan en el que con el tiempo se han ido aceptando documentos palpables por virtuales, como el dinero por cheques, tarjetas de débito por transferencias, también nos comentan que el documento original del acta de fundación de nuestra señora de Monterrey desapareció por algunos años. En este documento nos comentan el avance de la evangelización anteponiendo a las ciudades con el termino San, como algunas ciudades como San Luis Potosí, Santa Fe de Nuevo México entre otras.
También redactan momentos fundamentales de la fundación de Monterrey, así como los elementos más importantes de la época que fueron la iglesia y el gobierno español y nos dicen que los mismos mexicanos decidieron hacer a la patrona de México a la Virgen de Guadalupe, y mientras en Puebla es la señora de los Ángeles y en Monterrey tiene como patrón al Santo Cristo. El acta es la relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta y certificación, testimonio, asiento o constancia oficial sobre un hecho ocurrido en aquellos tiempos. Esta acta de la fundación de la ciudad de Metropolitana de Nuestra Señora de Monterrey sea verdadera y es más allá de una simple crónica, es más una narración escrita por los fundadores y vecinos durante el 20 de Septiembre de 1596 y fue más que un acto del que se dejó una constancia.
El acta es la relación escrita de lo sucedido, tratando o acordando en una junta y certificación, testimonio, asiento o constancia oficial de un hecho. Es incuestionable que el acta de fundación de la ciudad metropolitana de nuestra señora de Monterrey sea verdaderamente un acta, de una narración escrita de lo hecho por los fundadores y vecinos durante el 20 de septiembre de 1596, fue un acto oficial del que se dejó constancia. Se le da cierta categoría a la ciudad, de Metropolitana estatus jurídico que, según el nomenclátor de la época era sólo inferior al de la capital de reino y superior a ciudad, pueblo, villa, valle, presidió y otros. El acta tiene como características físicas su tamaño, tipo de papel, tinta, gráfica y otros elementos son hasta ahora, ya menos que se encuentre el original. En el libro nos comentan que los españoles conquistaron el imperio Azteca, el Reino de Michoacán a los Tarascos y los dispersos señoríos mayas y mixes, o cuando acordaron con el Reino de Tlaxcala, no fue necesario que se fundaran y rebautizaran mediante el derecho del conquistador.
También a través del texto nos comentan sobre las misiones establecidas en las Californias, Sonora, Sinaloa, Chihuahua y Texas, etc. Que no requerían de fundaciones ya que no establecerían ciudades, sino simples centros que eran dirigidos por el crononigo que estaba protegido en ese entonces por la corona. Diego de Montemayor requería de hacer fundación porque ya las tierras habían sido dadas por el rey Luis Carbajal, con los actos que deja la constancia Diego de Montemayor en el Acta de la Fundación de la Ciudad Metropolitana de Nuestra Señora de Monterrey cumplen con los requisitos para tomar una tierra vacante ante los reyes de España. [pic 6]
Una de ellas era ocupar una tierra vacante que, como se dijo, lo estaba debido a la nulidad de las concesiones otorgadas a Carvajal. Está Acta además de ser un bellísimo documento histórico que vincula al lector con origen, da algún sentido de arraigo a nosotros los regiomontanos, también es un documento plenamente fundado en el derecho de la época, cada parte de esta acta tiene diferentes significados. Cada parte de esta actual acta no tiene necesidad de estudiarse ya que es claro que cada una de sus partes tiene un significado y una razón para que fuera inscrita en el acta.
En esta Acta nos cuentan sobre los antes llamados Reyes Católicos de España por medio de Cristóbal Colón, descubrieron tierras escondidas que se pretendían conquistar en esa época, pero no se pudieron ya que estaban a disposición de cualquier persona que quisiera ocuparlas, en ese entonces únicamente existía una autoridad mundial, llamada “El Papado.” En una parte del acta, Diego de Montemayor justifica sus derechos al fundar varias poblaciones que solamente virreyes, audiencias, gobernadores entre otros podrían hacer fundaciones con la autorización real, ya que en aquellos tiempos estaban prohibidas. Anterior mente las fundaciones se llegaban castigar con la muerte y con el decomiso de los bienes del infractor en favor de la corona.
Diego de Montemayor ratifica su voluntad de cristianizar a los indios y de someterlos a la autoridad real, Felipe II el 13 de julio de 1573 especifico cuales eran las posesiones con el número de vecinos necesarios para ser colonos; se han cumplido con el requisito de fundar las ciudades nuevas en terrenos donde se fuera posible el sostenimiento de la población por sí misma y que generan riquezas para la corona. En el municipio de Monterrey no hay minas actualmente pero anterior mente se registraron alrededor 50 minas. Un ejemplo de denuncio es…
“El Capitán Juan Pérez de los Ríos registra dos minas en la Madre de Dios de la Asunción. Ante el capitán Diego Rodríguez, alcalde mayor.”
Además, eran muy productivas y así se aseguraban el cumplimiento de los artículos 34 y 35 de las ordenanzas del rey Felipe II. Monterrey estaba debidamente conectada con los minerales de Zacatecas y con el puerto de Tampico. Diego de Montemayor aseguro que habría beneficios económicos para la corona con las cobranzas de los impuestos.
Bajo el majestado del rey Felipe, mediante la fundación de la ciudad metropolitana en el cual se llegaron a descubrir un monte grande y ojos de agua, el cual su nombre tiene una magnifica historia que nos comentan en los textos de este majestuoso libro, en el nos comentan que el nombre del ojo de agua “Santa Lucia” fue tomado así por la apreciación a la Virgen Madre de Dios, señora de la iglesia mayor de sus santa y limpia concepción y anunciación. Este nombre se le dio con todo el derecho y estabilidades que en otras ciudades del área gobernadas por el rey Felipe.
En el acta nos cuentan que hubo una parte en el documento donde se llego a hacer la declaración de cumplimiento de requisitos legales en el cual Diego de Montemayor dio por dado el nombre oficial de la ciudad. En parte del Articulo 43 se llego a escribir que donde fue fundada nuestra ciudad fue una tierra elegida con gran esperanza de ser una ciudad poblada, cómoda y lleno de frutos.[pic 7]
Diego de Montemayor como uno de los principales importantes en esta historia se dio a declarar varias veces en el articulo que la ciudad española era sumisa ante los monarcas de esa nación, dichas tierras en su momento fueron compartidas con la que en ese momento era la naciente ciudad de Monterrey. Se llegaron a hacer varias divisiones territoriales en las cuales una de esas partes será de una lengua distinta, otra de tierras laborales y la tercera parte de laderas. En el artículo 43 se escribieron cuales eran las ordenanzas obligatoritas para la creación de la ciudad.
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