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Resolución 2131 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas


Enviado por   •  22 de Marzo de 2014  •  974 Palabras (4 Páginas)  •  301 Visitas

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Resolución 2131 (XX) de la Asamblea General de las Naciones

Unidas. Declaración sobre la inadmisibili- dad de la intervención

en loa asuntos internos de los Estados y protección de su independencia

y soberanía

La Asamblea General,

Vivamente preocupada por la gravedad de la situación internacional y por la amenaza creciente que se cierne

sobre la paz universal debido a la intervención armada y a otras formas directas o indirectas de injerencia que

atentan contra la personalidad soberana y la independencia política de los Estados,

Considerando que las Naciones Unidas, de conformidad con su anhelo de eliminar la guerra, las amenazas a la

paz y los actos de agresión, crearon una Organización basada en la igualdad soberana de los Estados cuyas

relaciones de amistad deberían fundarse en el respeto a los principios de la igualdad de derechos y de la libre

determinación de los pueblos y en la obligación de sus Miembros de no recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza

contra la integridad territorial o la independencia politica de cualquier Estado,

Reconociendo que, en cumplimiento del principio de la libre determinación, la Asamblea General manifestó por la

Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, contenida en su resolución

1514 (XV) de 14 de diciembre de 1960, la convicción de que todos los pueblos tienen un derecho inalienable a la

libertad absoluta, al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional, y que en virtud de este

derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y

cultural,

Recordando que la Asamblea General proclamó en la Declaración Universal de Derechos Humanos que la

libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los

derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, sin discriminación de cualquier

Índole,

Reafirtnando el principio de no intervención, proclamado en las Cartas de la Organización de los Estados

Americanos, de la Liga de Estados Arabes y de la Organización de la Unidad Africana, y afirmado en las

Conferencias de Montevideo, Buenos Aires, Cha- pultepec y Bogotá, así como en las decisiones de la Conferencia

de países de Africa y Asia celebrada en Bandung, las de la primera Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno

de los Países no Alineados celebrada en Belgrado, en el Programa para la Paz y la Cooperación Internacional,

aprobado al clausurarse la Segunda Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países no Alineados

celebrada en El Cairo, y en la declaración sobre la subversión adoptada en Accra por los Jefes de Estado y de

Gobierno de los Estados Africanos,

Reconociendo que el pleno acatamiento del principio de no intervención de los Estados en los asuntos internos y

externos de otros Estados es condición indispensable para el cumnlimiento de los propósitos y principios de las

Naciones Unidas,

Considerando que intervención armada es sinónimo de agresión y que, como tal, está en contradicción con los

principios básicos que deben servir de fundamento a la cooperación internacional pacífica entre Estados,

Considerando además que

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