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Revolucion industrial


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2015  •  Tareas  •  1.941 Palabras (8 Páginas)  •  171 Visitas

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Santa Marta- Magdalena, 24 de Marzo de 2015



Señores
EMPRESA ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. E.S.P. 


ELECTRICARIBE S.A. E.S.P.
E. S. D.

REF: RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO EL DEAPELACIÓN. Relacionado con la decisión empresarial No 4326030-1809101



MIGUEL ANGEL VELILLA GONZALEZ, mayor de edad, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 9.312.464 Corozal (Sucre) con residencia y domicilio en esta ciudad, actuando en calidad de usuario y/o cliente de la residencia ubicada en la dirección Manzana B Casa 1.  Barrio Villas de la Rivera del Rio, y en calidad de propietario, a ustedes muy comedidamente por medio del presente escrito interpongo RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO EL DE APELACIÓN, contra la decisión Empresarial de fecha  abril 14 de 2015, emanada de la Empresa ELECTRICARIBE S.A. E.S.P., y estando dentro del término legal para ello, por no estar de acuerdo con la decisión anteriormente mencionada por considerarla injusta, ilegal y arbitraria.


PETICIONES



1. Solicito a la Empresa ELECTRICARIBE S.A.E.S.P., revocar la decisión empresarial de fecha abril 14 de 2015 mediante la cual la empresa ELECTRICARIBE S.A. E.S.P., realiza COBRO DE LO NO DEBIDO, toda vez que esta decisión atenta contra mi derecho de defensa, en conexidad al derecho del debido proceso, valores y principios en general, el cual considero fue violentado en ésta actuación administrativa. A pesar de que la ley establece que la notoriedad de la infracción y la posible prueba objetiva de la misma, no justifica desde luego una sanción económica de manera inmediata para el usuario, y que además lo prive de cualquier elemental garantía de defensa.


2. Las empresas de servicios públicos no pueden imponer sanciones económicas a los usuarios de servicios por fallas en la prestación de servicios, por altos consumos generados por circunstancias ajenas o por motivos de averiguación generadas al parecer por la voluntad del usuario. De acuerdo a, lo establecido en la resolución 04765 de febrero 24 del 2009 sentencia unificadora s.a. N° 1010 del 2008 de la Honorable corte institucional.

3. Abstenerse la Empresa ELECTRICARIBE S.A. ESP., de continuar con ésta actuación administrativa lesiva para el usuario y darla por terminada.

4. Exijo que me demuestren que no fueron sus funcionarios quienes rompieron la salida OPTICA DE ENSAYO DEL DISPOSITIVO DE SALIDA por el no cuidado pertinente en el traslado  y/o en la revisión técnica que manejan. Es por ello, que: “PUEDO PRESUMIR QUE REALIZAN TALES ACTOS CON FINES LUCRATIVOS”

5. Solicito una muestra película fílmica de cómo fue su traslado, su custodia y revisión desde el momento que lo quitan y lo llevan hasta su revisión técnica. Puesto que, en las actas N° 2487433 y orden de servicio 20488380 dice:  LAS OBSERVACIONES Y SELLOS ENCONTRADOS ESTAN EN BUEN ESTADOS; LAS PRUEBAS Y FUNCIONAMIENTO DEL MEDIDOR ESTAN CONFORME LO CUAL SE CAMBIA POR ADELANTO TECNOLOGICO SIN COSTO ALGUNO PARA EL USUARIO Y  AUTORIZADO POR EL INGENIERO, Y NO  POR IRREGULARIDAD.

6. Exijo que hagan un CENSO  DE CARGA para demostrarle que la actuación de sus funcionarios son mal intencionadas, falsas y sin principios porque tal  censo N° M-14 3041921 firmado por ADALBERTO BROCHERO con Cedula de ciudadanía  N° 1.128.196.165 NO COINCIDE CON LA REALIDAD.  Como demostrare con fotos.

7. Exijo que me demuestren que los enfriadores que tenemos se prenden 24 horas al día. Lo cual, originaría que les dé previa demostración que no es así, puesto  que los embace ahí depositados  los destruye y por esta razón se prende durante unas 10 horas al día aproximadamente.

8. Quiero con todo esto demostrar que la empresa ELECTRICARIBE S.A. E.S.P. aprovechando su posición dominante inmediatamente factura, consumos   exagerados y supuestos fraudes; como en éste caso de manera desproporcionada y en detrimento de los usuarios, dado el caso de que la mayoría de los usuarios de energía eléctrica se encuentran en indefensión por no contar con los conocimientos técnicos necesarios y recursos que le permitan con exactitud, verificar en el momento los conceptos, informes y actas realizadas por la Empresa ELECTRICARIBE S.A. E.S.P


ARGUMENTOS QUE SUSTENTAN ESTE RECURSO



En mi calidad de usuario del servicio de energía eléctrica, formulo ante ELECTRICARIBE S.A EPS, reclamación por COBRO INJUSTIFICADO Y DESMEDIDO respecto al documento con radicado No. 4326030-1809101, por un valor de UN MILLON TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA   PESOS ($ 1.035.980.) en donde:

EL MEDIDOR SEGÚN LA REVISION DE LAS CONDICIONES TECNICAS DE MEDIDORES ESTATICO  revisión Especial 82783  en la que dice textualmente: SALIDA OPTICA DE ENSAYO DEL DISPOSITIVO DE SALIDA ROTO.  Y en la que  en las observaciones  aparece: EL ESTADO DEL MEDIDOR NO PERMITE REALIZAR PRUEBAS DE EXACTITUD, POR LO ANTES DESCRITO ES CLASIFICADO  USADO NO RECUPERABLE lo que se puede concluir lo siguiente:

Existió una Mala manipulación de sus funcionarios, una irresponsabilidad, una  falta de integridad, actuando de mala fe y con desidia ya que ellos FUERON QUIENES QUITARON EL MEDIDOR DE SU SITIO, ENCONTRANDOSE ESTE EN BUEN ESTADO, como  reposa en el acta de revisión N°82783 firmada por John Tovar Perdomo jefe de laboratorio y el acta de revisión e instalación N° 2487433 firmada por el señor Alberto Brochero, tal letra esta no muy legible. A demás, no esperaron la revisión y firma del acta  por parte del usuario sino que abandonaron el lugar sin dar oportunidad al usuario de verificar y comprobar  los trabajos que supuestamente habían realizado. Tampoco, se  solicitó mi presencia o de una persona que me representara para la revisión técnica por parte de los funcionarios de ELECTRICARIBE S.A E.P.S, lo que me permite decir que dicha revisión fue realizada de forma arbitraria.

Lo anterior da lugar a, establecer que ELECTRICARIBE no tuvo en cuenta la norma en el momento en que sus técnicos realizaron la visita, pues el: “Art. 31 del Decreto 1842/91, en donde el usuario responsable tiene derecho a tener una asesoría técnica al momento de la revisión.”, por lo que tenía el derecho a ser asesorada por un técnico de confianza para que el verificara el procedimiento que se estaba efectuando, derecho que me fue coartado por los técnicos de ELECTRICARIBE pues nunca me informaron de ninguna de las irregularidades presentadas en las instalaciones eléctricas.

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