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SERVICIO MILITAR EN EL PERU

Jean28013 de Julio de 2013

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EL SERVICIO MILITAR

El servicio militar obligatorio (SMO), servicio o conscripción es el desarrollo de la actividad militar por un individuo de manera obligatoria en algunos países y voluntaria en otros. En algunos casos, la actividad tampoco es remunerada.

SERVICIO MILITAR POR PAISES DE AMERICA LATINA

ARGENTINA

En la Argentina el Servicio Militar Obligatorio fue instituido en el año 1901 por el entonces ministro de Guerra Pablo Riccheri, mediante el Estatuto Militar Orgánico de 1901 (Ley Nº 4.301), durante la segunda y última presidencia de Julio Argentino Roca.

La edad de los reclutas y el tiempo de su permanencia en el servicio varia con el tiempo. En sus comienzos, se reclutaba a ciudadanos de entre 20 y 21 años, y su duración era de 18 a 24 meses. En las décadas previas a su suspensión, se reclutaba a hombres de 18 años por un sistema de cupo variable por sorteo que los distribuía entre las tres fuerzas armadas.[1] Era de hasta 14 meses de duración y se le conocía popularmente como «colimba», palabra que se supone estaba formada por un acrónimo en alusión de tres actividades frecuentes en los conscriptos (corre, limpia y barre). En el año 1994, el asesinato de un conscripto de 18 años, Omar Carrasco (véase Caso Carrasco), por otros dos soldados instigados por un oficial, puso en tela de juicio al Servicio Militar. A partir de este hecho, el maltrato a soldados en distintas guarniciones del país tomó estado público, y el 31 de agosto de 1994, durante el gobierno del presidente Carlos Menem, se suspendió la ley del Servicio Militar Obligatorio y decretó un nuevo formato de Servicio Militar Voluntario, donde los candidatos se anotan y obtienen a cambio de sus servicios, una remuneración mensual, pueden permanecer hasta 10 años en servicio y los más reconocidos tienen la posibilidad de hacer un pequeño curso para formar parte del cuadro de Suboficiales. Debe señalarse que la conscripción militar obligatoria no ha sido abolida, pues la Constitución Nacional indica que todo individuo está obligado a armarse en defensa de la Patria. La Ley de servicio militar obligatorio sigue vigente; puede ser puesta en práctica en tiempos de guerra, crisis o emergencia nacional. Estas condiciones son definidas por las autoridades del Estado

BOLIVIA

En Bolivia el servicio militar es obligatorio, el cual se nutre de personas de sexo masculino entre 18 a 20 años de edad. De forma voluntaria se ha creado el servicio premilitar, dirigido a personas de ambos sexos que están entre el tercer año de secundaria hasta un máximo de 18 años. Algunas formas de dar el servicio premilitar es entrar a los Colorados de Bolivia, a la Armada, al Estado Mayor, o la Fuerza Aérea Boliviana.

CHILE

El Servicio Militar Obligatorio (SMO) fue establecido en Chile por ley el año 1900 a petición de la misión prusiana encabezada por el General Emilio Körner que reorganizó al Ejército de Chile, que victorioso tras la Guerra del Pacífico (1879-1884) se dio cuenta que debía ponerse a la vanguardia abandonando por ello la tradicional influencia francesa optando por la prusiana que estaba en boga por aquellos tiempos por sus impactantes triunfos que colocaron al Imperio de Prusia como la principal potencia de Europa.

La idea del SMO era preparar en tiempos de paz un contigente que tuviera preparación y entrenamiento básico de combate que les permitiera ser movilizados rápidamente apenas se entrara en guerra, con ellos los instructores prusianos pretendían evitar que ocurriera lo que sucedió al comienzo de la Guerra del Pacífico donde el ejército no tenía reservas ni contigente de recambio por lo que perdió tiempo precioso entrenando contigente, además del Ejército de Chile y la Armada existía un cuerpo de reservistas voluntarios denominado Guardia Nacional pero que tenía escaso valor militar.

El SMO en un comienzo era obligatorio y no hacía excepciones por origen social ejemplo de ello son los casos del Padre Alberto Hurtado, de los ex Presidentes Gabriel González Videla, Salvador Allende, Patricio Aylwin, el artista Roberto Matta, entre otros, quienes al egresar de su servicio militar obligatorio recibieron sus despachos como subtenientes de reserva en consideración a sus estudios universitarios.

El servicio militar obligatorio contemplaba 2 opciones para su realización la primera como estudiantes para quienes estuvieran cursando el sexto año de humanidades (actual cuarto medio) o estudios universitarios o superiores y la segunda para quienes no estudiaran ni trabajarán de un año de duración.

Con el tiempo el SMO fue perdiendo popularidad y la cantidad de conscriptos voluntarios fue bajando, sin embargo siempre se llenaron los cupos debido a la obligatoriedad. Esta situación durante años fue muy criticada debido que la gran mayoría de la conscripción provenía de clases sociales bajas.

Durante el Regímen Militar (1973-1990) el SMO se alargó de uno a dos años y aumentó su dificultad para "sacárselo" . Se señala que en esa época los tratos a los conscriptos era duro, muchas veces humillante y atentatorio de los derechos humanos de los soldados conscriptos, lo que originó que el SMO fuera cada vez más impopular.

Tras el retorno a la democracia se volvió a la tradicional duración de un año y se establecieron derechos para los conscriptos y se estableció una conscripción anual de 25 mil hombres, con lo que cupos se llenarían voluntariamente, además se creó el servicio militar femenino. La idea de reducir la conscripción era aumentar la voluntariedad y tender a la profesionalización con un mejor entrenamiento. Posteriormente se creó la figura del sorteo inspirado en el modelo español, según este modelo los cupos se llenarían voluntariamente y en caso que quedasen cupos sin llenar estos se completarán mediante un sorteo público y en igualdad de condiciones de manera de evitar discriminación por origen social.

A partir de las reformas implementadas en la década de 1990 se creó la figura del "soldado profesional", estos son soldados que han efectuado el SMO y que tras licenciarse del SMO son contratados por el Ejército de Chile durante 5 años, período en el cual se entrenan de manera completamente profesional y reciben una remuneración mensual y una serie de beneficios.

En Chile la obligatoriedad se refiera a la inscripción que deben efectuar los varones que cumplen 18 años de edad en los cantones de reclutamiento, a partir de ese momento se inicia el proceso de selección o de eximición, por eso no debe confundirse obligatoriedad con el hecho de realizarlo efectivamente. Los varones que postulan a algún cargo de la administración pública deben acreditar que en su momento se inscribieron en el cantón de reclutamiento y es habitual que profesionales universitarios, que no efectuaron el servicio militar y que ejercen una profesión de interés para las Fuerzas Armadas sean pasados a la reserva sin instrucción militar.

Para los estudiantes de educación superior y universitaria se ofrece la posibilidad de realizar el servicio militar como estudiantes en un período de 6 meses, distribuido en las vacaciones durante el año.

COLOMBIA

La ley establece que todos los varones colombianos están obligados a definir su situación militar a partir de la fecha en que cumplan su mayoría de edad,[2] la cual es a los 18 años. Para que los ciudadanos colombianos puedan definir su situación militar, es necesario que se inscriban ante el distrito militar respectivo el año anterior a que cumplan su mayoría de edad.

El servicio militar obligatorio podrá prestarse en el Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, la Policía Nacional y el INPEC[3] , en las siguientes formas y modalidades:[4]

• a) Como Soldado Regular, durante 22 meses.

• b) Como Soldado Campesino, durante 18 meses.

• c) Como Soldado Bachiller, durante 12 meses.

• d) Como Infante de Marina, durante 22 meses.

• e) Como Auxiliar de Policía,[5] durante 18 meses.

• f) Como Auxiliar de Policía Bachiller,[6] durante 12 meses.

• g) Como Auxiliar Bachiller del INPEC,[7] durante 12 meses.

Se exime de la prestación del servicio militar en todo tiempo y lugar al pago de la cuota de compensación militar en los siguientes casos:

• A todos aquellos que padecen limitaciones físicas o sensoriales permanentes.

• A los indígenas que se comporten como tal, es decir, que residan en sus territorios nativos, conservando la integridad cultural, social y económica que caracteriza a estos grupos étnicos.

• Se exime del servicio a los clérigos de la religión católica y similares jerárquicos de otras religiones, siempre y cuando se dediquen permanentemente al culto.

• Hermanos o hijos de caídos en combate o que hayan adquirido inhabilidad absoluta y permanente en actos del servicio o como consecuencia del mismo durante la prestación del servicio militar obligatorio.

• Casados.

• Inhábiles relativos y permanentes.

• Como un acto de reconocimiento y solidaridad para con los hijos de los oficiales, suboficiales, agentes y civiles de la fuerza pública que ofrendaron su vida en combate o que perdieron toda su capacidad laboral en actos relacionados con la actividad militar o policial.

• Estudiantes que estén cursando una carrera profesional.

La ley no permite reclutar menores de edad. La única excepción para que un menor de edad preste su servicio militar es en un Colegio Militar. En estos establecimientos educativos, tanto hombres como mujeres prestan un servicio militar, que puede ser voluntario u obligatorio (según el colegio) durante tres

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