Se Necesita Una Vida
manuyiyo10 de Marzo de 2014
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Desarrollo Histórico del Trabajo en Venezuela. En Venezuela específicamente el trabajo se origino de la siguiente manera: Aparición de las encomiendas En Venezuela, después de la etapa de los Welser, a quienes el emperador Carlos V entregó la provincia desde el Cabo de la Vela hasta Maracapana, fue cuando comenzó en firme el régimen de repartimientos y encomiendas. Con el licenciado Juan Pérez de Tolosa, a partir de 1546, escribe Alfonso Espinoza, “empieza el reparto organizado de las tierras y de los indios, o sea, la formación original de la primitiva estructura de la economía”. La encomienda suponía, al menos en teoría, la colocación de cierto número de indígenas bajo protección de un español, que se obligaba a enseñarles la fe cristiana y los usos de la civilización europea, a cambio de lo cual se beneficiaría de su labor. En rigor, no debía constituir un sistema de trabajo forzoso u obligatorio. El encomendero entraba a sustituir al rey en la percepción de un tributo, limitado por las disposiciones vigentes. Ambrosio Perera dice al respecto. No podía el encomendero servirse del trabajo de los indios y cualquier trabajo de esta especie desempeñado por un indio debía ser pagado según estipulaciones a presencia del cacique. Debía tener especial cuidado el encomendero de atender a la enseñanza espiritual de los indios, lo cual tuvieron al principio que hacerlo personalmente mientras era reducido el número de sacerdotes seculares y religiosos; pero más tarde fueron obligados los encomenderos a reducir sus indios a pueblos, conocidos con el nombre de “Reducciones”y a dotar a éstos de un cura doctrinero, por el cual debían pagar con los tributos percibidos, aunque, por ser pocos, no pudiesen retener en su provecho cosa alguna. Esta fue la teoría. Pero la práctica era diferente. El mismo historiador a quien se acaba de citar agrega: “A pesar de las disposiciones reales se introdujo la costumbre de que los encomenderos ocupasen a los indios en trabajos personales, por lo cual en real cédula de 28 de mayo de 1672 se mandó que se pusiesen en libertad los indios (de la provincia de Venezuela) y se quitase el servicio personal de ellos, no permitiendo fuesen molestados de los encomendadores ni otras personas, procurando su mayor alivio y conservación en que fuesen doctrinados con el cuidado y asistencia que conviene”. Pasó en esto como en lo demás: las leyes venían de muy lejos, los teólogos y los juristas presionaban sobre la conciencia de los monarcas y éstos dictaban cédulas llenas de contenido humanitario, pero los peninsulares trasladados a este continente sentían que el poder efectivo estaba en sus manos y trataban de obtener en su nueva tierra de promisión todos los beneficios posibles. Los conquistadores provenían de una civilización fundamentalmente agrícola; sin embargo, su ilusión al principio era la riqueza fácil proveniente de las minas y las perlas. Las pesquerías de perlas agotaron materialmente los viveros en Cubagua y sus alrededores: obligaban a los indígenas a bucearlas y disposiciones reales tuvieron que dictarse para impedir (o tratar de impedir) que la reiterada inmersión y las grandes presiones a que se sometían los buzos por la profundidad a que llegaban y la frecuencia con que eran obligados a sumergirse, provocasen, como efectivamente sucedió, daños irreparables en la salud de los aborígenes. La búsqueda de las minas fue una obsesión, que tomó forma en el mito de El Dorado. Pero, una vez que se verificó que la riqueza minera de Venezuela no era como se suponía, se dirigieron los esfuerzos hacia la construcción de una economía más estable, la cual había menester del trabajo. Andrés Bello, en el Resumen de la historia de Venezuela, lo recoge en el siguiente párrafo “La atención de los conquistadores debió dirigirse desde luego a ocupaciones más sólidas, más útiles, y más benéficas, y la agricultura fue lo más obvio que encontraron en un país donde la naturaleza ostentaba todo el aparato de la vegetación”. El régimen del trabajo en las encomiendas ha sido objeto de un gran debate histórico. Es indudable que se cometieron abusos de toda clase y que lo que tuvo como norte inicialmente una intención distinta, se convirtió en muchos casos, quizás en la generalidad de ellos, en una verdadera servidumbre de la gleba. El juicio histórico está compartido. El código del trabajo indiano La preocupación de los reyes y de sus consejeros y confesores se manifestó en numerosas disposiciones protectoras del trabajo de los indígenas, las cuales se reflejaron a su vez en normas dictadas a los funcionarios del régimen colonial. En las Leyes de Indias se hicieron definiciones de inmenso valor ético e histórico. Hay que tomar en cuenta que en esas leyes, según lo sintetiza Niceto Alcalá Zamora, «…casi todo es derecho público, cual corresponde al propósito de formar y educar nuevas sociedades políticas…» En ellas se afirmaba que los indios «…son de naturaleza libres como los mismos españoles…»; podían, en principio dedicarse al trabajo que quisieran: sólo se podía hacer presión sobre aquellos que habitualmente no ejercieran trabajo alguno («los holgazanes») y aun a éstos habría de dejarse la libertad de concertarse «con quien quisieran». La determinación de las condiciones de trabajo, las prescripciones acerca del salario, la alimentación y el cuidado de los indígenas, todo ello se considera en las Leyes de Indias en forma tan detallada, que se ha dicho que constituyen un verdadero «código del trabajo indiano». En cuanto a las disposiciones dictadas por los funcionarios del régimen colonial en Venezuela cabe destacar las ordenanzas del gobernador y capitán general Francisco de Berrotarán el 20 de febrero de 1694, en consulta con el obispo Diego de Baños y Sotomayor y aprobadas por real cédula de 17 de junio de 1695. Ratifican la norma de que los indígenas deben vivir «…sin molestia y vejación (...) manteniéndose en sus privilegios y prerrogativas como a vasallos libres de Su Majestad (...) no han de ser apremiados contra la voluntad a salir al trabajo para ganar jornal, sino los que vivieren ociosos (...) y a éstos tampoco se les ha de obligar a que trabajen de continuo al jornal, sino por tiempos diferentes, dándoles el que necesitaren para descansar, y que también hagan labranza para su sustento y el de sus mujeres e hijos» Es muy detallada esa ordenanza del gobernador Berrotarán, tendiente a lograr, no sólo «buen tratamiento y paga» para los indios y para sus mujeres, sino la protección de la familia y previsión de la organización urbana de las nuevas ciudades. El trabajo de los aborígenes, sin embargo, no respondió en forma muy activa a los estímulos de los españoles. Y como no existía un sistema económico en que el salario tuviera verdadera importancia, en no pocos casos los europeos acudieron a la fuerza, en forma directa o disimulada. Se extendió la idea general de que los indígenas eran poco amantes del trabajo. Las Leyes de Burgos de 1512, presumen que «de su natural son inclinados a ociosidad e malos vicios». El viajero francés François Depons que escribía en la alborada del siglo XIX, generalmente objetivo y documentado en sus apreciaciones, es indudablemente injusto con los indios. En su introducción dice: «…lo que las leyes han prescrito para hacerlos abandonar sus bosques y conducirlos a la vida social no está desprovisto de interés. Allí se ve fracasar todo lo más persuasivo de la moral ante la repugnancia de los indios por las prácticas civiles y religiosas. Sus costumbres primitivas no han experimentado en el curso del tiempo sino muy pequeños cambios. Contra su propensión a la embriaguez, el incesto, la mentira y la pereza, se estrella desde hace más de ciento cincuenta años el esfuerzo de los misioneros para hacerles abandonar tan bajas costumbres» El propio Andrés Bello, en el Resumen de la historia de Venezuela, cuando hace referencia a la Compañía Guipuzcoana, dice que con «…la actividad agrícola de los vizcaínos vino a reanimar el desaliento de los conquistadores, y a utilizar bajo el auspicio de las leyes la indolente ociosidad de los naturales…», la cual contrapone a «…la actividad de los vizcaínos, ayudada de la laboriosa industria de los canarios…» Este mismo concepto lo recoge el sabio humanista, generalizándolo a toda la población de nuestra tierra, en la Silva a la agricultura de la zona tórrida, donde dice: «Mas oh! si cual no cede/ el tuyo, fértil zona, a suelo alguno/ y como de natura esmero ha sido, de tu indolente habitador lo fuera!». Hay que tomar en cuenta, como lo dice Mario Briceño
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