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Sistema Tirren


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2014  •  492 Palabras (2 Páginas)  •  246 Visitas

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, es la persona que adquiere el derecho a la propiedad de quien figura como titula en el registro, desconociendo la existencia de anormalidad algunadchuichsbchsbchsnxc bslhxcbhsaxnc;asbchlbvaslcbasbvxlgvbZH bzxhivc gjbsco;bsljgxvlubcj;ksbz obzxio; bzxv jkgZBO;j bzjhxv jlxbl;z xljliznl ;zxb

Matricula: 2012-5111.

Análisis comparativo sobre el sistema Torrens y el sistema ministerial, aplicado en la República Dominicana.

En primer lugar, decimos que estos dos sistemas son registrales perteneciente a la evolución de la propiedad inmobiliario de la Republica Dominicana. Con la orden ejecutiva no. 511, dictada el 1ero de julio de 1920, nace el registro de tierra, el cual está fundamentada en el sistema Torrens. Ademas, el objetivo del sistema Torrens es estabilizar el derecho de propiedad y dar al propietario de dicha tierra, pues un título imprescriptible.

A diferencia del sistema francés ministerial, pues el Torrens se hace en razón del inmueble, es decir, este tiene más seguridad, ya que purifica los derechos, calcula los terrenos y los registra, o sea, de interés público se realiza el proceso de saneamiento, el cual se puede definir, como:

‘’ Es el mecanismo adjetivo en este sistema de publicidad para llegar al establecimiento del primer Certificado de Título de cada inmueble’’, según el lic. Victor Santana Polanco, en su vocabulario doctrinal de materia de tierra.

Siendo el objetivo de esta orden ejecutiva, registrar todos los terrenos que hay en territorio dominicano a través del proceso de saneamiento. El sistema Torrens es basado en los siguientes principios, los cuales son:

1) principio de especialidad, en el cual dicho sistema se efectúa el proceso de exigir la descripción correcta del usuario, así para determinar con exactitud quien es el titular de dicho terreno.

2) principio de legalidad, el cual establece y exige el derecho que se va a registrar en el sistema inmobiliario.

3) principio de legitimidad, el derecho existe y pertenece a ese derecho.

4) principio de publicidad, la información del registro que se publica se presume exacta. Estos cuatros principios son los que caracterizan el sistema Torrens. Estos procedimientos serán llevados a al tribunal de tierra.

En nuestro país, el sistema Torrens ha sido aplicado actualmente como modernidad. Este sistema crea el procedimiento catastral con características ligadas entre lo compulsivo, lo cual es devenir en la obligatoriedad y, el facultativo, cuando es obligatorio. Ademas, establece un orden y procedimiento para cada recurso o acción que serán terrenos de objeto de registro y, también, organiza un sistema de registro de carácter científico y permanente. Por otro lado, los títulos que se adquieren con el sistema Torrens son irrevocables y absolutos.

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