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Terminologia De Adopcion En Las Constituciones Mexicanas


Enviado por   •  25 de Junio de 2013  •  771 Palabras (4 Páginas)  •  5.692 Visitas

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Terminología y adopción en las constituciones de México:

Desde sus orígenes, el constitucionalismo mexicano ha sintetizado la dimensión de nuestras luchas históricas y de nuestro proyecto corno nación libre y soberana. El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, sancionado por el Congreso de Apatzingán en 1814, representa la primera aproximación a las bases o principios constitucionales en los que debería de sustentarse el nuevo orden jurídico inspirado en los siguientes principios: "El Congreso mexicano, deseoso de llenar las heroicas miras de la nación, elevadas nada menos que al sublime objeto de sustraerse para siempre de la dominación extranjera, y sustituir el despotismo de la monarquía española un sistema de administración que, reintegrando a la nación misma en el goce de sus augustos imprescriptibles derechos, la conduzca a la gloria de la independencia y afiance sólidamente la prosperidad de los ciudadanos, decreta la siguiente forma de gobierno, sancionando ante todas las cosas los principios tan sencillos como luminosos en que puede solamente cimentarse una constitución justa y saludable."

Si bien estos conceptos precursores no adquirieron la categoría de norma positiva, en el pensamiento de José María Morelos, Andrés Quintana Roo, Carlos María de Bustamante e Ignacio López Rayón, entro otros, se expresa ya esta doble filiación: la histórica y la prospectiva, que han sido refrendados subsecuentemente en los textos constitucionales que han regido a México durante distintas épocas, contextos y circunstancias.

En efecto, nuestro país, siempre ha aspirado a la definición de una estructura constitucional que condense activamente su identidad. Desde el punto de vista constitucional, fue sin duda la Constitución Francesa de 1791 la que de forma inicial incluye un cuerpo de derechos determinados, ya que la primera constitución escrita del mundo, la de Estados Unidos de América de 1787, incorpora estos derechos mediante las diez enmiendas conocidas como Carta de Derechos, precisamente por su contenido, posteriormente el constitucionalismo escrito a lo largo del siglo XIX partiría de estas premisas teóricas. Una nueva pauta en cuanto a la ampliación del espectro de derechos con la inclusión de temáticas sociales y económicas, lo aportan las constituciones de México de 1917, la de la República Alemana de Weimer de 1919 y la primera constitución de la URSS de 1936 que servirían de modelo al constitucionalismo de proyección social y democrático que se desarrollaría a partir de 1945.

Con estos precedentes, el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de Naciones Unidas adopta la Declaración Universal de Derechos Humanos que en su preámbulo anuncia: «Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e

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