Tratado de Libre Comercio
pablo2128Ensayo22 de Agosto de 2013
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Tratado de Libre Comercio
Unión Europea-México
Introducción
Luego de la entrada en vigor del tratado de Libre Comercio del Norte el 1 de Enero de 1994, la Unión Europea pretendió establecer las relaciones comerciales privilegiadas con México con el objeto de mantener una posición estratégica dentro de esta zona de libre comercio; no obstante, esta decisión se postergo por el temor de Francia de poner en riego la Política Agrícola Común (PAC). A pesar de ello, entre noviembre de 1998 Y Noviembre de 1999 se concluyeron las discusiones sobre el contenido fundamental del primer acuerdo comercial entre la unión Europea y un país de América Latina para crear una zona de libre comercio.
Los europeos esperaban que el acuerdo comercial les permitiera recuperar su posición dentro del intercambio de bienes y servicios con México y poder concurrir en igualdad de condiciones con Estados unidos y Canadá. Con este acuerdo México otorga a la Unión Europea un régimen preferencial en un plazo más corto que a otros socios comerciales, pues todos los productos estarían exentos de derechos de aduana en el año de 20007.
Objetivos
Establecer un marco para fomentar el desarrollo del intercambio de bienes y servicios, incluyendo una liberalización bilateral y preferencial, progresiva y reciproca del comercio de bienes y servicios que tenga en cuenta determinados productos y sectores de servicios, y de conformidad con las normas pertinentes de la OMC de México y los 15 países miembros de la Unión Europea.
Eliminar barreras al comercio; promover condiciones para una competencia justa, incrementar las oportunidades de inversión, proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual, establecer procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la solución de controversias, así como fomentar la cooperación regional y multilateral.
Características o descripción
El Tratado es un conjunto de reglas que los 27 países miembros de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Reino Unido , Suecia, entre otros )y México acuerdan para vender y comprar productos y servicios, se llama de libre comercio porque estas reglas definen como y cuando se eliminaran las barreras a libre paso de los productos y servicios entre las naciones, esto es, como y cuando se eliminarán los permisos, las cuotas y las licencias y particularmente las tarifas y aranceles; es decir, los impuestos que se cobran por importar una mercancía.
También es un acuerdo que crea los mecanismos para dar solución a las diferencias que se siempre surgen en las relaciones comerciales entre las naciones.
El 14 de julio de 1998 inició formalmente la negociación comercial con el establecimiento del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino. Del 30 de septiembre al 2 de octubre se realizó una reunión preparatoria en México para acordar el programa de trabajo y estructura de la negociación.
Se llevaron 9 rondas de negociación, el 25 de noviembre del 1999 concluyo la ronda de negociación del TLCUEM.
El TLCUEM fue enviado por el Ejecutivo Federal ala consideración del H. Senado de la República el 29 de febrero de 2000 como parte integrante del Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre México y la Unión Europea. El Acuerdo fue aprobado el 20 de marzo de 2000.
En la Unión Europea, el Acuerdo Global fue aprobado por el Parlamento Europeo y las instancias legislativas de los 15 Estados miembro, que en ese momento integraban la unión europea. Asimismo, el 20 de marzo de 2000, el Consejo de Ministros de la UE aprobó los resultados de las negociaciones en el marco del Acuerdo Interino.
La instalación del Consejo Conjunto México - Unión Europea y la firma de la declaración de Lisboa se llevaron a cabo el 23 de marzo de 2000.
El Tratado de Libre Comercio entre México y la UE entró en vigor en 1° de julio de 2000.
El Tratado de Libre Comercio negociado con la UE, tiene un contenido similar a los demás Tratados de Libre comercio que México ha celebrado, sin embargo su estructura es diferente debido al ámbito de competencia existente entre la Unión Europea.
Beneficiarios
Países Miembros y los mexicanos (sector empresarial, sector público, sector laboral, sector agropecuario, sector académico, exportadores e importadores)
Criterios
El primero de julio de 2000 entro en vigor el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea. Este tratado es parte de uno de los instrumentos de política exterior más ambiciosos que México ha celebrado: el Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre México y la Unión Europea, conocido como: Acuerdo Global. En sus tres vertientes, diálogo político; cooperación; y liberalización comercial, el acuerdo contiene los elementos para dar un nuevo ímpetu a la relación bilateral.
En materia política, el acuerdo institucionaliza el diálogo a nivel presidencial, ministerial, y de altos funcionarios, lo que otorga a México un foro privilegiado para abrir la vía de nuevas formas de cooperación en favor de los objetivos comunes, incluso mediante iniciativas conjuntas en el plano internacional y, más concretamente, en los ámbitos de la paz, la seguridad y el desarrollo regional.
En materia de cooperación, el acuerdo global prevé la posibilidad de actuar en veintinueve sectores, entre los que se incluyen la sociedad de la información; formación y educación; lucha contra las drogas; asuntos sociales y de superación de la pobreza; refugiados; derechos humanos y democracia.
En materia comercial, el Acuerdo Global sentó las bases para la creación del tratado de libre comercio entre México y la Unión Europea. Se trata del acuerdo comercial más ambicioso que la Unión ha suscrito hasta la fecha. El tratado prevé la eliminación total de aranceles en el sector industrial el primero de enero de 2007; promueve las complementariedades en el sector agrícola; y, otorga un marco jurídico para la liberalización del comercio de servicios, la promoción de los flujos de inversión directa, la protección de los derechos de propiedad intelectual, las compras de gobierno y la solución de controversias.
Reglas de origen
Como producto de la negociación, se estableció en once capítulos la estructura de este acuerdo, de los cuales a continuación se hace una breve explicación de su contenido
1. Acceso a los mercados: Este apartado trata esencialmente de la eliminación gradual y reciproca de aranceles de importación, reconoce la asimetría entre México y la Unión Europea, establece que se eliminara las prohibiciones y restricciones cuantitativas (permisos a la importación o exportación), pero que se conservara el derecho de adoptar medidas necesarias para proteger la vida o la salud humana, animal o vegetal, o la moral publica.
2. Reglas de Origen: En este capitulo se habla de las negociaciones de las reglas de origen, las cuales garantizan que los beneficios del acuerdo permanezcan en la región.
3. Normas Técnicas: En esta sección se acordó que se conservara el derecho de adoptar y hacer cumplir las normas, siempre y cuando no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio.
4. Normas de Salud y Fitosanitarias: En este apartado se trata del establecimiento de un subcomité especializado que se reunirá cada año: intercambiar información, identificar y solucionar problemas de acceso.
5. Salvaguardas: Este aparatado se establece la adopción de salvaguardas para brindar alivio temporal a un sector que pudiese enfrentar daño serio o amenaza de daño por incrementos sustanciales en las importaciones entre ambas partes.
6. Inversión y pagos relacionados: Endicha sección se reiteran los compromisos intelectuales en materia de inversión, igualmente específica que se instrumentara un mecanismo para promover la inversión reciproca a través del intercambio de información para identificar oportunidades de negocios y la legislación correspondiente, así mismo establece el compromiso de promover recíprocamente la inversión y diseñar esquemas para llevar a cabo inversiones conjuntas con énfasis en las Pyme.
7. Comercio en servicios: En este capitulo se aplica a la prestación de servicios transfronterizos y la inversión en este sector, excepto a lo que se refiere a audiovisuales, transporte aéreo y cabotaje marino.
8. Compras del sector publico: Abarcara las compras de las dependencias y empresas publicas del gobierno federal de México; así como de las entidades de los gobiernos centrales y empresas paraestatales de los Estados miembros y del órgano Ejecutivo de la Unión Europea.
9. Competencia: Dicho apartado fue elaborado
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