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Actos onerosos son aquellos en que las partes intervienen, obtienen cada una por su parte algún provecho o beneficio. Ej. El arrendamiento y la compra y venta.


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2016  •  Resúmenes  •  546 Palabras (3 Páginas)  •  192 Visitas

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Actos onerosos son aquellos en que las partes intervienen, obtienen cada una por su parte algún provecho o beneficio. Ej. El arrendamiento y la compra y venta.

Gratuitos son aquellos en que solo una de las partes obtiene beneficios. Ej. El contrato de comodato.

Conmutativos son aquellos en que las prestaciones a entregarse entre las partes son ciertas y determinadas. Ej. En el acto jurídico de compra venta, en donde se conocen y están determinadas las prestaciones a entregarse entre los obligados, el bien por parte del vendedor y la cantidad a pagar por parte del comprador

En el acto aleatorio la prestación a la que está obligada una de las partes no está determinada con precisión o puede no llegar a ser real y cierta. Ej. En el acto jurídico de contrato de compra-venta de esperanza, que se realiza cuando una persona compra la cosecha que produzca en un futuro un sembradío, obligándose a pagar una determinada cantidad de dinero por todo lo que produzca.

Los actos consensuales son aquellos actos que se perfeccionan con la sola manifestación de la voluntad, que no requieren de formalidad alguna y que pueden ser en forma expresa o tacita por la realización de determinadas actitudes que no dejen lugar a dudas la manifestación de la voluntad.

Los actos formales son aquellos a los que la ley les impone para su realización el cumplimiento de determinadas formalidades.

 ¿Cómo puede expresarse el consentimiento?

De manera expresa  por la manifestación verbal  en forma tacita por la realización de varias actitudes.

Elementos de existencia del acto jurídico 

Para que un acto jurídico tenga existencia es menester que cumpla con ciertos elementos:

  1. El acuerdo de voluntades o consentimiento
  2. El objeto, materia del contrato o acto jurídico a realizar, en relación con el citado artículo 1794° de la ley civil, pues si ya tenemos el acuerdo de voluntades de las 2 partes, pero no existen objetos es imposible su existencia jurídica.

Elementos de validez

Es necesario que dicho acto cumpla además con los elementos necesarios de validez que son:

  1. La licitud que se refiere a que las 2 partes realicen el acto jurídico con un fin, objeto, motivo o condición lícitos, y que además no contravengan el orden público.
  2. La formalidad implica que cuando se realiza el acto se debe llevar a cabo conforme a las formalidades que la propia ley establezca.
  3. Ausencia de vicios en la voluntad, significa que la voluntad expresada de cualesquiera de las partes debe expresarse libremente y que no se encuentre viciada siendo los vicios los siguientes:
  1. El error.
  2. Violencia, y esta se presenta cuando una de las voluntades es intimidada por medio de violencia ya sea física o moral.
  3. Dolo, debiéndose entender por dolo cualesquier sugestión o artificio que se emplee para inducir a error o mantenerlo en el.
  4. Lesión que en materia civil se refiere a una lesión económica y esta se presenta cuando uno de los contratantes, del estado de necesidad o de la ignorancia del otro contratante, obtiene un lucro indebido, provocándole una lesión en su patrimonio.
  1. La capacidad jurídica es un elemento de validez en la realización del acto jurídico o contrato, es decir, la actitud legal y natural para ejercer por si mismos sus derechos y obligaciones

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