ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Analisis de los delitos 348 al 407 Ñ del Codigo Penal Guatemalteco


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2018  •  Síntesis  •  8.627 Palabras (35 Páginas)  •  248 Visitas

Página 1 de 35

Universidad de San Carlos de Guatemala[pic 1]

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Derecho Penal III

Lic. Edgar Enrique Lemus Orellana

[pic 2]

Análisis de los delitos del 348 al 407 Ñ del Código Penal

Diego Alexander Nájera Durán

201601914

Quinto Semestre; Sección G

Artículo 348. Quiebra Fraudulenta

1.Sujeto activo: a) Comerciante; b) Directores, administradores, gerentes, liquidadores y accionistas.

1.1 Sujeto pasivo: a) Persona individual o jurídica; b) Acreedores.  

2. ¿Qué tipo de delito es? Lesión

3. Elementos Objetivos

Descriptivo: b) Banco, aseguradora, afianzadora, re afianzadora, financiera, almacén general de depósito, bolsa de valores, cooperativa de ahorros, entidad mutualista y otras instituciones análogas.

Verbo Rector / Acción: Quebrar o causar la bancarrota (ruina económica) de una institución con fines de lucro a través de la disminución de su activo o aumento del pasivo provocando o agravando la cesación de pagos.

Resultado: Insolvencia del deudor en perjuicio de sus acreedores, suspendiendo el pago corriente de sus obligaciones.          

Normativo: a) ***; b) Que hayan sido responsables, se hayan beneficiado o hubieren cooperado en la planificación o ejecución de los actos que la provocaron.

Condición objetiva de punibilidad: a) Que la insolvencia haya sido declarada judicialmente

4. Elemento Subjetivo

4.1 Genérico: Dolo

4.2 Específico: Conciencia y voluntad de causar un perjuicio al acreedor o acreedores.

5. Elementos del delito: Insolvencia de una sociedad con fines de lucro a causa de la disminución de su activo o el aumento de su pasivo provocando o agravando la cesación de pagos, con la conciencia y voluntad de causar perjuicio al acreedor o acreedores.

Artículo 349. Quiebra culpable.

1.Sujeto activo: a) Comerciante; b) Directores, administradores, gerentes, liquidadores y accionistas

1.1 Sujeto pasivo: a) Persona individual o jurídica; b) Acreedores.

2. ¿Qué tipo de delito es? Lesión

3. Elementos Objetivos

Descriptivo: b) Banco, aseguradora, afianzadora, re afianzadora, financiera, almacén general de depósito, bolsa de valores, cooperativa de ahorros, entidad mutualista y otras instituciones análogas.

Verbo Rector / Acción: Quebrar o causar la bancarrota (ruina económica) de una institución con fines de lucro a través de la disminución de su activo o aumento del pasivo provocando o agravando la cesación de pagos.

Resultado: Insolvencia del deudor en perjuicio de sus acreedores, suspendiendo el pago corriente de sus obligaciones.          

Normativo: a) Que haya sido cometido por imprudencia

Condición objetiva de punibilidad: a) Que la insolvencia haya sido declarada judicialmente

4. Elemento Subjetivo

4.1 Genérico: Culpa

4.2 Específico: Imprudencia

5. Elementos del delito: Insolvencia de una sociedad con fines de lucro a causa de la disminución de su activo o el aumento de su pasivo provocando o agravando la cesación de pagos por imprudencia de quien tiene a cargo la dirección de la misma.

Artículo 352. Alzamiento de bienes

1.Sujeto activo: Cualquier persona

1.1 Sujeto pasivo: Acreedor(es)

2. ¿Qué tipo de delito es? a) Actividad; a.1) Lesión

3. Elementos Objetivos

Descriptivo: Bienes muebles o inmuebles 

Verbo Rector / Acción: Defraudar a un acreedorespecialmente ocultando fondos o ausentándose con ellos; vender o ceder la propiedad; impusiere un gravamen; escondiere, tapare, disfrazare o encubriere a la vista; representare, fingiere o imitare un crédito o enajenación.

Resultado: Privar a alguien por insolvencia y con abuso de su confianza o con infidelidad a las obligaciones propias, de lo que le toca de derecho.         

Normativo: No haber dejado representante o bienes suficientes para responder al pago de las deudas

Condición objetiva de punibilidad: a) No hay

4. Elemento Subjetivo:

4.1 Genérico: Dolo

4.2 Específico: Conciencia y voluntad de ocultar o hacer desaparecer los caudales con el ánimo de perjudicar a los acreedores.

5. Elementos del delito: Privar a alguien por insolvencia y con abuso de su confianza o con infidelidad a las obligaciones propias, de lo que le toca de derecho, defraudándolo ocultando fondos o ausentándose con ellos, enajenando, gravando, escondiendo o simulando un crédito o enajenación con conciencia y voluntad de ocultar o hacer desaparecer los caudales y ánimo de perjudicar a los acreedores.

Artículo 353. Quiebra de sociedad irregularmente constituida

1.Sujeto activo: Comerciante

1.1 Sujeto pasivo: Acreedores

2. ¿Qué tipo de delito es? Lesión

3. Elementos Objetivos

Descriptivo:

Verbo Rector / Acción:

Resultado:        

Normativo: La sociedad no debe estar inscrita en el registro mercantil

Condición objetiva de punibilidad:

4. Elemento Subjetivo

4.1 Genérico:  Dolo

4.2 Específico: La voluntad de constituir una sociedad sin que sean llenados los requisitos legales existentes.

5. Elementos del delito

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (56.6 Kb)   pdf (332.6 Kb)   docx (1.1 Mb)  
Leer 34 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com