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Analisis Del Articulo 60 Del Codigo Penal


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  560 Palabras (3 Páginas)  •  2.516 Visitas

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Se puede observar que a través de estos artículos la responsabilidad penal recae sobre aquellos que ignoran la ley, y no cumplen con estos artículos la cual muy explícitamente encontramos diversos casos, se observa que nadie puede ser acusado no habiendo teniendo la intención de realizar el hecho, así mismo las personas con problemas mentales que cometieren un delito quedaran a favor del Tribunal, pero quedaran internados en hospitales o los establecimientos designados la cual no podrá salir sin previa autorización del mismo Tribunal o a persona que cometiere un delito dormido no es suficiente para privarlo de libertad, Si el estado de perturbación mental del encausado en el momento del delito proviniere de embriaguez se demostrara si hizo uso de licor para cometer el delito o para más adelante excusarse por su estado, se aumentara la pena si en dado caso la embriaguez fuera habitual se mandara a cumplir la pena en un establecimiento especial de corrección.

Ahora bien no es un hecho punible aquella persona que anda en un ejercicio legítimo de una autoridad, oficio o cargo pero sin traspasar los límites legales, si ha ocurrido en delito pero esa persona obra en virtud de obediencia legitima y debida la falta o la pena se le impondrá aquel que dio la orden ilegal, también vemos que la persona que trata de defender su dignidad siempre y cuando concurran las circunstancia que establece el Código Penal, pero si excede en la defensa para poder salvarse del peligro, haciendo más de lo necesario será castigado con la pena correspondiente.

De esta misma manera el menor de doce años ni menor de quince no es punible a menos que aparezca que obro con cordura el Tribunal tomara las medidas correspondiente respecto a la educación del menor irresponsable, si el menor de doce años es declarado responsable ira a prisión con la disminución de la mitad de la pena y todas las que estuvieren sufriendo cesaran cuando cumpliere los veintiún años de edad.

No habrá ningún caso contra el sordomudo que cometa un hecho punible si es menor de quince años y si es mayor de quince menor de dieciocho el Tribunal tomara las medidas convenientes hasta que cumpla los veintiún años.

El que es mayor de setenta años no se le pondrá una pena de presidio, sino que solo tendrá el arresto y no excederá de cuatro años.

En el artículo 77 encontramos varias circunstancias agravantes de todo hecho punible unas de ellas son: todos aquellos que cometan fraude astucia o disfraz para cometer un hecho punible, el obrar con abuso de confianza, aquel que comete un delito en estado de embriaguez como lo establece el artículo 64. Y así encontramos diversos tipos en este artículo 77 la cual explica todos aquellos hechos punibles agravantes.

En el artículo 80 al 82 encontramos los que es la tentativa de un delito y el delito frustrado donde se explica que son delitos punibles la tentativa

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