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Capital Social. CAPITAL NOMINAL


Enviado por   •  10 de Marzo de 2017  •  Ensayos  •  501 Palabras (3 Páginas)  •  107 Visitas

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CAPITAL SOCIAL.

Figura en los estatutos y representa la suma de los valores nominales que los socios se comprometan a pagar. La cantidad en que se fija no se modifica por el hecho de que la sociedad incremente o disminuya su patrimonio. Es el núcleo y nivel mínimo que debe alcanzar el patrimonio de la sociedad, integrado con las aportaciones del capital o de bienes en general que hacen los socios.

Es una cifra determinada con carácter único y vocación de permanencia, cuyas funciones son:

  1. Calcular la participación del socio en el patrimonio y en las actividades sociales.
  2. Como garantí de los acreedores.

CAPITAL NOMINAL.

Se presenta por el importe de los socios (cifra numérica que aparece en el acta constitutiva).

CAPITAL CONTABLE.

Se constituye con la suma de los activos; son los bienes, derechos y obligaciones de valor pecuniario, con reducción de las obligaciones. Es el patrimonio de la sociedad.

*El capital social, permanece inalterable, constante, invariable, mientras la sociedad  no resuelva su modificación. Es la cifra estimada en la suma de las aportaciones de los socios, PERMANECE INVARIABLE, mientras no se cambia el número de socios y NO se altere el monto de sus obligaciones.

*El capital contable, es el patrimonio social.

PROTECCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL.

La mención de su importe es indispensable en el acta constitutiva: lo que cada socio aporte en dinero o en bienes distintos del numerario, el valor que se les atribuye y el criterio para su valoración. “El capital social constituye una garantía en favor de sus acreedores”.

PRINCIPIO DE GARANTIA.

  • Como núcleo del patrimonio social, constituye la única garantía que tienen los socios y los terceros en sus relaciones con la sociedad. En la medida en que se conserva y protege la capacidad productiva de la empresa objeto de la sociedad, supone una garantía para acreedores atendiendo sus pretensiones: la solvencia y capacidad de obtención de dividendos de la sociedad, es garantía tanto para accionistas, como para acreedores.

UNIDAD DE CAPITAL.

El capital se constituye como unidad económica y jurídica, una cifra UNICA y SINGULAR. La sociedad tiene y debe tener un solo capital.

DETERMINACIÓN DEL CAPITAL.

Debe estar determinado tanto en su cuantía, como en su exhibición, debe estar íntegramente suscrito y total o parcialmente pagado.

PRINCIPIO DE ESTABILIDAD O PERMANENCIA.

El capital social no puede ser aumentado o reducido, sino de acuerdo con un procedimiento rígido que impone la ley en base a los siguientes principios:

  1. Los aumentos deben acordarse en Asamblea General.
  2. Las reducciones deben ser conocidas por los acreedores, mediante publicaciones por tres veces en el periódico oficial, a fin de que los acreedores puedan oponerse a la reducción.
  3. La reducción por reembolso debe hacerse por sorteo ante fedatario.
  4. Las variaciones del capital deben inscribirse en el RPC.

El capital social, será una cifra fija, en tanto no se modifique la cláusula estatuaria que indique su monto, éste permanece sin cambios, por ello se ha considerado como una cifra que tiene la condición de mención esencial en los estatutos y cuya modificación  implica una reforma estatuaria.

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