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Clasificacion de las acciones.


Enviado por   •  20 de Mayo de 2016  •  Tareas  •  443 Palabras (2 Páginas)  •  405 Visitas

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CLASIFICACION DE LAS ACCIONES

1.- ACCIONES CIVILES, FUENTE EN EL DERECHO CIVIL; ACCIONES HONORARIAS EN EL DERECHO HONORARIO:

a) se inspiraban en algún modelo del derecho civil, designado con el nombre de acción directa.

b) se inspiraba en una acción civil, el magistrado ordenaba al juez sustituir un hecho real por una ficción.

c) no se basan en ninguna acción análoga si no en una situación de hecho no reconocida por él.

2.- LAS ACCIONES REALES PROTEGIAN A LOS DERECHOS REALES.

Las acciones personales protegían los derechos personales que son los que nos autorizan la conducta ajena.

  1. Actio familiae herciscundae: para pedir la división de la herencia indivisa.
  2. Actio communi dividundo: para pedir la división de la cosa común en la propiedad.
  3. Actio finium regun dorum: para pedir el deslinde.

3.- ACCIONES PREJUDICIALES:

Resolver una cuestión previa que daría pie a un anterior litigio, la acción no buscaba una condena sino solamente un pronunciamiento del juez respecto a la cuestión que se había planteado.

4.- REIPERSECUTORIAS: REIVINDICATORIA QUE TIENE EL PROPIETARIO PARA PERSEGUIR UNA COSA

PENALES: derivan de un delito: acumulativas, infamantes, intransmisibles.

MIXTAS: se logra tanto una indemnización por el valor del objeto como una cantidad adicional por la pena.

5.- Privadas: las ejerce el particular en defensa de su persona, su patrimonio o su familia.

Populares: ejercidas por cualquier individuo en defensa del interés público.

6.-CIERTAS E INCIERTAS: según la posibilidad de fijar o no la cantidad de la condena desde un principio en la intentio.

7.- ARBITRARIAS: cuando se perseguía la restitución o exhibición de una cosa se debía ejercer una acción arbitraria. Que contuviera una clausula arbitraria en la que el magistrado le ordenaba al demandado restituir la cosa; si este obedecía, le ordenaba seria absoluto, si no sería condenado. Servía para lograr la cosa que el accionante quería recuperar; y no una suma de dinero equivalente. Se inserta en todas las acciones reales.

8.- PERPETUAS Y TEMPORALES.

Plazo que se tenía para ejercer la acción en el derecho preclásico y en el clásico las acciones perpetuas se identificaban con las civiles, que no prescribían nunca. Las temporales se identificaban con las honorarias que prescribían en un año, o sea el tiempo que el magistrado duraba en su cargo. Las acciones perpetuas fueron las que prescribían en un plazo más largo fijado por Teodosio II en treinta y cuarenta años; las temporales en un plazo menor.

9.- ACCIONES DE DERECHO ESCRITO Y DE BUENA FE.

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