DERECHO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
LupitaC1220 de Mayo de 2013
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PATENTES
Las patentes son cualquier creación humana que transforme la materia que se encuentra en la Naturaleza, para que pueda ser aprovechada por el hombre y así satisfaga sus necesidades.
Una patente es la certificación que el Gobierno de nuestro país otorga, tanto a personas físicas como morales, la cual les permite explotar exclusivamente invenciones que consistan en nuevos productos o procesos durante un plazo improrrogable. (20 años)
La patente es el registro que se obtiene sobre una invención que sea nueva, resultado de una actividad inventiva y susceptible de aplicación industrial.
Una invención es toda creación humana que permite transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas; es decir, una invención es una propuesta con la implementación práctica de una idea para alcanzar una solución exitosa de un problema técnico.
Para que sean patentables, las invenciones deben ser:
1. Nuevas
2. Resultado de una actividad inventiva
3. Susceptibles de aplicación industrial.
No son patentables (art. 16 de la Ley de Propiedad Industrial):
Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y propagación de plantas y animales.
El material biológico y genético tal como se encuentra en la naturaleza.
Las razas animales
El cuerpo humano y las partes vivas que lo componen
Las variedades vegetales
No se consideran invenciones (art. 19 de la Ley de Propiedad Industrial):
Los principios teóricos o científicos.
Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza.
Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios y los métodos matemáticos.
Los programas de computación.
Las formas de presentación de información
Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias.
Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnósticos aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales.
La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de uso, de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinación o fusión de tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia.
La protección de la patente es de ámbito nacional. NO existen patentes internacionales o mundiales; sin embargo, hay un mecanismo administrativo entre los países miembros de la OMPI denominado PCT (Tratado de Cooperación en Materia de Patentes), que facilita el trámite de registro en aquellos países que se quiere explotar.
Vigencia
La patente tiene la vigencia de 20 años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Para que la vigencia de la patente sea efectiva jurídicamente y no termine anticipadamente, el inventor debe pagar una tarifa anual.
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