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Derecho Civil


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  350 Palabras (2 Páginas)  •  277 Visitas

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DERECHO CIVIL - OBLIGACIONES -

CONCEPTO DE OBLIGACIÓN.

La noción vulgar de obligación alude a todo vínculo o sujeción de la persona, cualquiera sea su origen y contenido. Ej: los deberes impuestos tanto por los usos y convenciones sociales, como por las normas jurídicas.

En sentido técnico-jurídico, la palabra obligación comprende aquellos deberes impuestos por el derecho, susceptibles de estimación pecuniaria, que consisten en dar, hacer, o no hacer algo, una persona a favor de otra.

Según Llambías: “La obligación es la relación jurídica en virtud de la cual alguien denominado deudor debe satisfacer una prestación a favor de otro llamado acreedor.”

No debe confundirse la “obligación”, con el “contrato” que puede originarla, ni tampoco con el instrumento o documento en que ella misma consta, que es la confusión que incurre el art. 500 del C.C.

Art. 500: Aunque la causa no esté expresada en la obligación, se presume que existe, mientras el deudor no pruebe lo contrario.

Análisis de la concepción adoptada:

a- Relación jurídica: No basta decir que la obligación es una situación jurídica, pues con ésta expresión no se capta el dinamismo propio de la obligación que no es un fenómeno inerte sino pleno de energía jurídica. No consiste en un simple estar (situación), sino en un estar con respecto a otro, bajo la sujeción de alguien. Es lo que denota la terminología “relación jurídica” que resulta apropiada para revelar la esencia de la obligación.

b- “... en virtud de la cual”: La relación jurídica es la causa eficiente del estado de sometimiento que afecta al deudor y de la expectativa ventajosa que favorece al acreedor.

c- Deber de satisfacer una prestación: es el contenido de la obligación que se traduce en el compromiso de un determinado comportamiento del deudor y la consiguiente expectativa favorable del acreedor.

d- La coercibilidad: (de la conducta del deudor) No integra el concepto de obligación, por cuanto ella es un elemento que hace a la naturaleza pero no a la esencia de la obligación. Por ello no existe de compeler la obligación natural, y no por ello deja de ser obligación.

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