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EL PROCESO CIVIL VENEZOLANO; RECORRIDO DEL JUICIO CIVIL, FASES, ANALISIS JURISPRUDENCIAL, SENTENCIA DE MERITO Y EJECUCION DE SENTENCIA.


Enviado por   •  22 de Febrero de 2014  •  6.831 Palabras (28 Páginas)  •  937 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN JUDICIAL

CONVENIO UBV-ENM

SEDE TÁCHIRA

Identificación: Reinaldo Pedroza

C.I. V- 10891799

Sección “B”

EL PROCESO CIVIL VENEZOLANO; RECORRIDO DEL JUICIO CIVIL, FASES, ANALISIS JURISPRUDENCIAL, SENTENCIA DE MERITO Y EJECUCION DE SENTENCIA.

POR

Abg. REINALDO PEDROZA

San Cristóbal, Febrero de 2013

El presente trabajo de investigación tiene como propósito, el estudio y análisis en torno al recorrido del Procedimiento Civil Ordinario establecido en la Ley Adjetiva; trabajo este que se lleva a cabo utilizando para ello las técnicas de interpretación literal y sistemática de las normas que regulan dicha institución y a su vez se contrasta dichas normas con la doctrina desarrollada por autores reconocidos y algunas jurisprudencias del Tribunal Supremo de Justicia; todo ello con el firme propósito de comprender la dinámica del Derecho Procesal Civil venezolano.

Todo ello, en el entendido de que el Procedimiento civil Venezolano, debe ceñirse a un conjunto Principios y Garantías de Rango Constitucional a los fines de garantizar el modelo de Estado instaurado con la entrada en vigencia de la Carta Magna de 1999. Principios y Garantías que en el ámbito Procesal están destinados al establecimiento de uno de los valores superiores como lo es, la “Justicia”, establecida en el Articulo 2 CRBV.

Ideal de “Justicia”, que emana de todos los ciudadanos y ciudadanas, y que debe ser impartido por autoridad de la Ley, correspondiéndole en consecuencia a los Tribunales de la Republica , como Órganos de administración de Justicia, su observancia y concreción.

Lo cual debe lograrse a través del Proceso, y que según nuestra Carta Magna constituye el instrumento fundamental para la realización de la justicia .

Por lo cual, el proceso civil, debe ser desarrollado, garantizando la Tutela Judicial Efectiva como manifestación que expresa el derecho de las personas de acceder a los órganos de administración de justicia, y de recibir protección a los fines de hacer valer sus derechos e intereses.

Es decir, la Tutela Judicial Efectiva en el Procedimiento Civil Ordinario se empieza a manifestar desde el momento en que se interpone la demanda, ante un órgano del poder Judicial, lo cual trae consigo, la acción, que es el derecho abstracto que excita a dicho Órgano jurisdiccional a los fines de que este conozca del derecho concreto que exige el demandante y que pretende hacer valer (pretensión). Dándose inicio así; al Procedimiento civil a través de la introducción de la demanda, tal como lo establece el artículo 339 del Código de Procedimiento Civil, que informa: “El procedimiento ordinario comenzará por demanda, que se propondrá por escrito en cualquier día y hora, ante el Secretario del Tribunal o ante el Juez.”

En Cuanto a las fases presentes en el Proceso Civil venezolano; Duque R, dice lo siguiente:

“El Código de Procedimiento Civil, sigue la orientación que venía desde el Código Arandino, de regular el procedimiento ordinario, según un orden consecutivo, dividido en tiempos fundamentales con sus respectivas fases procesales preclusivas”(…) “sus tiempos fundamentales son los siguientes: la introducción de la causa, la instrucción de la causa, la decisión de la causa y la ejecución de la causa”.

Si bien es cierto, que Duque Corredor, nos habla de unos tiempos fundamentales del Procedimiento Ordinario; en su obra solo, se establece, de manera clara, la fase y actos procesales que constituyen el primer momento, definido como, la introducción de la causa.

Partiendo ello, y de la revisión del Código Procedimiento Civil venezolano, considero que en efecto si existen tiempos fundamentales y que estos coinciden con los antes planteados por el autor. Empero es necesario indicar la fase y los actos procesales correspondientes a cada uno de los restantes momentos fundamentales.

En ese sentido, tomando los momentos fundamentales del Proceso Civil, anteriormente expuesto por el autor, pretendo enmarcar el desarrollo de la investigación proponiendo a los mismos una correlación de la fase y actos procesales que comporta cada uno de estos momentos, para una mejor comprensión del procedimiento civil ordinario.

PRIMER MOMENTO: LA INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA.

EL cual comprende, la fase que da inicio al procedimiento ordinario, que va desde el instante en que el demandante alega sus fundamentos de hecho y derecho, para hacer valer su pretensión, plasmada en el libelo de demanda, hasta el instante en que el demandado traba la litis, producto de la contestación de la demanda .

Durante esta fase, se llevan a cabo los siguientes actos procesales: (la demanda; el auto de admisión de la demanda; la citación; el emplazamiento; las cuestiones previas; la contestación de la demanda; la reconvención y la intervención de terceros).

1.-La demanda.

Suele ser entendida, como: el instrumento que materializa la pretensión procesal ; o Instrumento que sirve para plasmar la pretensión que se tiene en el ejercicio del derecho de acción, y por medio de ella, se inicia el procedimiento judicial .

En el mismo sentido, el código de procedimiento civil venezolano , da a entender, que es a través de la demanda que se inicia el procedimiento ordinario, deduciéndose del mismo, que, esta se configura como un instrumento, que debe proponerse

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