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En complemento a las atribuciones y funciones referidas en la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, el Código Tributario, en sus artículos 19, 98 y 98 A indica otras.


Enviado por   •  13 de Julio de 2016  •  Trabajos  •  490 Palabras (2 Páginas)  •  325 Visitas

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En complemento a las atribuciones y funciones referidas en la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, el Código Tributario, en sus artículos 19, 98 y 98 A indica otras.

Hay que acordar lo de la ley del organismo ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la Republica, en cuyo artículo 35 le confiere al Ministerio de Finanzas Publicas lo siguiente: cumplir hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo entre otras funciones relacionadas con la actividad presupuestaria, gastos así como el registro y control del patrimonio del Estado.

En los organigrama General del Gobierno de Guatemala, veremos que la SAT pende (no depende) del Ministerio de Finanzas Publicas. Sino que el Ministerio de Finanzas Publicas preside del Directorio de la SAT.

El presidente de la Republica está al margen del que hacer tributario, además de asignar los funcionarios y los miembros del Directorio referidos en este capítulo y lo relacionado con la política financiera del Estado, concretamente tiene la facultad de exonerar multas, recargos e intereses.

III. LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL

Conforme lo dispuesto en la Constitución Política, así como en el código municipal, las municipalidades tienen autonomía financiera y tienen y ejercen la administración de los tributos, tasas y contribuciones especiales que válidamente le corresponden.

III.1. Las fuentes del Ingreso de las Municipalidades.

Las fuentes de Ingresos de las Municipalidades en Guatemala son las siguientes:

Recursos propios: Las Municipalidades pueden generar Ingresos por la gestión de sus propios recursos. Pueden obtenerse recursos por el arrendamiento de sus bienes, la prestación de servicios, la venta de activos, el establecimiento de gravámenes, estos recursos pueden ser: Los ingresos corrientes, ingresos tributarios, ingresos no tributarios, complementariamente.

Recursos obtenidos por transferencia: Buena parte de los recursos financieros que obtienen las municipalidades, provienen de las transferencias que les realiza el Organismo Ejecutivo.

Recursos por endeudamiento: Las Municipalidades pueden obtener recursos financieros por medio de operaciones acreditadas, concretamente préstamos que le efectúan instituciones financieras nacionales o internacionales.

III.2 Régimen legal de las finanzas municipales.

En el artículo 225 de la Constitución Política de la República de Guatemala se contempla que “Las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean

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