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Exposicion A Peligro Abandono De Personas En Peligro


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  603 Palabras (3 Páginas)  •  1.809 Visitas

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EXPOSICIÓN O ABANDONO DE PERSONAS EN PELIGRO”

1. ANTECEDENTES LEGALES:

Art. 125:

“El que expone a peligro de muerte o de grave e inminente daño a la salud o abandona en iguales circunstancias a un menor de edad o a una persona incapaz de valerse por sí misma que estén legalmente bajo su protección o que se hallen de hecho bajo su cuidado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.”

Esta conducta que configura un delito de peligro en sus formas de exposición y abandono tiene por fuente inmediata al Art. 179 del código penal peruano de 1924, el mismo que proviene de los artículos 311 y 312 del Código penal peruano de 1863 del Artículo 112 del anteproyecto del Código penal Suizo de 1918, del artículo 106 del código penal argentino de 1921, de los artículos 386 y 387 del código penal italiano de 1889 y el artículo 349 del código penal francés de 1810.

2. DESCRIPCIÓN TÍPICA:

Este delito comprende dos comportamientos: la exposición a peligro y el abandono en peligro, en ambos casos, a un menor de edad o a una persona mayor incapaz de valerse por sí misma, con la condición de que se encuentren bajo su protección o bajo su cuidado.

3. BIEN JURÍDICO PROTEGIDO:

Es la protección del riesgo a la vida y a la salud de las personas.

4. TIPICIDAD OBJETIVA:

a) Sujeto activo: Es la persona que legalmente o de hecho, tiene a la víctima bajo su protección o cuidado, de ahí que cualquier persona no pueda ser autora de este delito al requerirse esta vinculación con la víctima.

b) Sujeto pasivo: Víctima solo puede ser el menor de edad incapaz de valerse por sí mismo. Esto es de acuerdo con nuestro sistema jurídico, los menores de 18 años de edad y aquellas personas afectadas por alguna deficiencia o dolencia que les imposibilita para valerse por sí solos, requiriendo siempre la intervención de una tercera persona para realizar sus actividades (caminar, sentarse, acostarse, etc.) y, a veces hasta para realizar sus necesidades fisiológicas. Aquí se comprende a los ancianos, inválidos, enfermos mentales, etc.

c) Comportamiento: El comportamiento delictivo consiste en trasladar a un menor de edad o incapaz de valerse por sí mismo, de la cual tiene su cuidado y protección, de un ambiente seguro en el cual se encontraba a otro sin amparo y desprovisto de toda seguridad.

Por exponer entendemos: retirar al menor al menor o incapaz del ámbito o esfera donde normalmente se encuentra protegido para luego pasarlo a otro carente de las seguridades debidas

5. TIPICIDAD SUBJETIVA:

Se

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