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Importancia Del Disfrute De Las Vacaciones


Enviado por   •  31 de Mayo de 2012  •  389 Palabras (2 Páginas)  •  1.916 Visitas

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EXPLIQUE LA IMPORTANCIA SEGÚN LA LOTTT DEL DISFRUTE DE LAS VACACIONES, LA OPORTUNIDAD PARA DISFRUTARLAS Y LA FORMA DE PAGO.

La Vacaciones del trabajador representan un beneficio laboral tanto en el carácter remunerativo como en el disfrute efectivo y obligatorio, por ello el patrono debe proporcionar por todos los medios que el trabajador disfrute de sus vacaciones de lo contrario deberá pagarle sus días de disfrute, aun cuando éste le hayan cancelado dicho beneficio, de acuerdo al art. 197 de la nueva LOTTT. La finalidad del disfrute de las vacaciones es que el trabajador descanse física y mentalmente de sus actividades laborales, además del hecho de compartir con su familia.

Respecto a la oportunidad del disfrute de las vacaciones será fijada por convenio entre el trabajador o la trabajadora y el patrono o la patrona. Si no llegasen a un acuerdo, el Inspector o Inspectora del Trabajo hará la fijación. Las vacaciones anuales no podrán posponerse más allá de tres meses a partir de la fecha en que nació el derecho, salvo el caso de acumulación y postergación familiar, de acuerdo al Art. 200 de la LOTT.

La Forma de pago posee dos modalidades, durante y después de concluida la relación laboral:

* Durante la relación laboral le correspondería al trabajador

- 15 días remunerados (más 1 día adicional por cada año de servicio hasta un máximo de + 15 días) Art. 190 LOTTT.

- 15 días de bono vacacional (más 1 día adicional por cada año de servicio hasta un máximo de 30 días). Art. 192 LOTTT.

- Adicionalmente Durante el periodo de vacaciones el trabajador o la trabajadora tendrá derecho a percibir el beneficio de alimentación, conforme a las previsiones establecidas en la ley que regula la materia. Art. 190 LOTTT.

* Concluida la relación laboral el trabajador tendrá derecho a vacaciones fraccionadas cuando termine la relación de trabajo antes de cumplirse el año de servicio, ya sea que la terminación ocurra durante el primer año o en los siguientes, el trabajador o la trabajadora tendrá derecho a que se le pague el equivalente a la remuneración que se hubiera causado en relación a las vacaciones anuales y el bono vacacional, en proporción a los meses completos de servicio durante ese año, como pago fraccionado de las vacaciones que le hubieran correspondido. Ver Art. 196 de la LOTTT

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