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PRINCIPIO DE NO JUZGAR EN TRABAJO SOCIAL


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2012  •  394 Palabras (2 Páginas)  •  6.677 Visitas

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PRINCIPIO DE NO JUZGAR AL CLIENTE O DE NO CONDENARLO

Hasta 1953 no había una definición concreta sobre este principio de no enjuiciamiento al cliente fue el reverendo padre Biesteck quien dedico un articulo a esta cuestión con una definición de este concepto.

Definiéndola como: “La actitud de no enjuiciamiento es una cualidad del trato en el casework basada en la convicción de que no es parte de las funciones del trabajador social declarar culpabilidades ni determinar grados de responsabilidad en los clientes sobre su actual situación problemática; el trabajador social deberá realizar únicamente juicios de valor sobre actitudes, formas de vida o acciones del cliente. No enjuiciar lleva consigo lleva consigo elementos de reflexión y emotividad que le serán transmitidos al cliente”.

Según el reverendo padre Biesteck la actitud de no juzgar supone:

Juzgar es competencia de otras autoridades si como profesionales se emiten juicios condenatorios estaríamos violando derechos humanos.

El cliente suele esperar con un estado anímico no muy favorable que el profesional sea un juez en el tratamiento de su caso pero el trabajador social deberá mostrar una actitud comprensiva cambiando así la perspectiva del cliente.

El trabajador social no puede juzgar al cliente durante el contacto con este el profesional deberá formar opiniones valorativas sobre el comportamiento, manera de ser, valores morales y sociales, actitudes, reacciones y debilidades del cliente.

El diagnostico y el tratamiento deberá basarse en las apreciaciones sobre las posibilidades de la personalidad del cliente.

COMENTARIO:

Recientemente en 1953, se fija explícitamente el principio de que no se debe juzgar al cliente.

Según el padre BISTECK; el principio de no enjuiciamiento es una cualidad del trato en el casework basada en la convicción que no incumbe al trabajador social declarar culpable o inocente al cliente.

Generalmente el individuo que busca la ayuda espera una actitud severa por parte del trabajador social; sin embargo, durante su contacto es totalmente distinta a la que esperaba. El trabajador social no debe juzgar, sino de formar opiniones valorativas sobre su comportamiento, sus reacciones, sus defectos así como también sus aspectos positivos del cliente.

Por tanto, como actores sociales se debe tener conocimiento sobre los problemas que pasa el ser humano en su vida diaria que los lleva tomar decisiones que en el futuro le demande arrepentimiento; que lo conduce buscar ayuda en el trabajador social.

“SE PUEDE AMAR EL PECADOR SIN AMAR EL PECADO”

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