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Peritaje Contable

gladixita11 de Mayo de 2014

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PERICIA, PERITO Y PERITAJE EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL

I. PODER JUDICIAL

Es la institución encargada de administrar justicia través de sus órganos jerárquicos que son los Juzgados de Paz no Letrados, las Cortes Superiores y la Corte Suprema de Justicia de la República.

El funcionamiento del Poder Judicial se rige por la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece su estructura orgánica y precisa sus funciones

II. PERITAJE CONTABLE JUDICIAL

El peritaje contable judicial es un elemento importante para la Administración de Justicia, sus informaciones y conclusiones representan una fuente de valiosa ayuda para el Juez.

III. FUNCIONES COMO PERITO JUDICIAL

 Elabora informes periciales sobre asuntos controvertidos de índole económico y actual colaborando de esta manera con el Poder Judicial.

 Aplica correctamente los procedimientos periciales las normas y técnicas relacionadas con el perito el desarrollo de la práctica y elabora el informe pericial.

 Aporta con conclusiones claras y precisas través del informe pericial, con la finalidad de que los jueces apliquen justicia correctamente.

IV. CAPACIDADES

• Aplica con propiedad los diferentes dispositivos legales que regula los requisitos que debe considerar los Peritos Contables Judiciales.

• Aplica correctamente las normas y técnicas durante el desarrollo de la labor pericial, valiéndose para ello de normas y técnicas generalmente aceptadas en los congresos de Contadores Públicos del Perú.

• Aporta conclusiones claras y precisas través del informe pericial con la finalidad de que los jueces apliquen justicia correctamente.

V. CONDICIONES QUE DEBE TENER EL PERITO

 Técnica pericial

 Experiencia profesional y técnica

 Condiciones morales como veracidad, imparcialidad.

 Conducta intachable

 Estar inscrito en la nómina de Peritos del Poder Judicial.

VI. PLANEAMIENTO DEL TRABAJO PERICIAL

Nombramiento.- cuando ya se saben quiénes son los que litigian, el responde al nombramiento mediante lo siguiente:

1. El perito da respuesta al juzgado donde se hacen aceptación del cargo en casos civiles y juramentación en casos penales.

2. El juez hace una resolución

3. El perito hace propuesta de los honorarios profesionales, de acuerdo al trabajo a realizar.

VII. PLAN DE TRABAJO

Para la ejecución del plan de trabajo se debe tener en cuenta las siguientes fases:

 Planeamiento

 Ejecución

 Elaboración del informe

El plan de trabajo debe contener los lineamientos básicos, para que le permita al perito ejecutar su trabajo sin dejar de lado el objetivo de la pericia.

VIII. FASE DE PLANEAMIENTO

Comprende las acciones siguientes:

1. Estudio preliminar del caso

2. Descripción básica de la causa judicial y una comprensión adecuada del objeto de pericia.

3. El plan específico de peritación

4. Programa de procedimientos con la descripción ordenada y sistemática de cada uno de los pasos y acciones específicas de investigación.

A. PLANIFICACION PERICIAL

Tipo de proceso (Penal / Civil)

Partes que intervienen

Delito o Materia

Objeto de la Pericia

Aceptación y juramentación del cargo (Penal / Civil)

Alcance

Entrevista con las partes

Honorarios Profesionales

Requerimientos de información

Técnicas a emplear

Programa de Peritaje

Cronograma de actividades

B. HONORARIOS PROFESIONALES

 Artículo 279.- Honorarios.

Los honorarios de

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