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Enviado por   •  10 de Octubre de 2012  •  494 Palabras (2 Páginas)  •  342 Visitas

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CONCEPTO

Usualmente conocido bajo el concepto “horas extras”, el periodo extraordinario o jornada extraordinaria es toda aquella continuación de las labores después de haber concluido la jornada ordinaria diaria de trabajo. Es la prolongación de esta.

Para entender su contexto y las diferentes modalidades de su tratamiento, es necesario tener presente el concepto de jornada ordinaria de trabajo, el cual se establece en el Artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo:

Artículo 58. Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

De acuerdo a la anterior definición, e independientemente de la duración de la jornada diaria de trabajo u horario que se haya pactado o contratado, la jornada de trabajo se inicia desde el momento en que el trabajador se presenta y esta dispuesto a laborar, y concluye cuando este termina sus labores o la prestación de sus servicios.

Este concepto es importante, ya que si la jornada diaria de trabajo que se pactó fue de, por ejemplo, seis horas diarias, el periodo que el trabajador laborase adicionalmente a dicho lapso es considerado por nuestra legislación como extraordinario.

Al efecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una contradicción de criterios, ha confirmado esta noción:

NOVENA EPOCA

INSTANCIA: SEGUNDA SALA

FUENTE: SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA

TOMO: IX, JUNIO DE 1999

TESIS: 2A./J. 50/99

PÁGINA: 103

HORAS EXTRAS. DEBEN CONSIDERARSE Y PAGARSE COMO TALES CUANDO LA JORNADA LABORADA ES MAYOR DE LA QUE PACTARON EL PATRÓN Y EL TRABAJADOR, AUNQUE ÉSTA SEA INFERIOR A LA QUE FIJA LA LEY. Aun cuando el patrón y el trabajador, con fundamento en el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo, hayan acordado el desempeño de las labores dentro de una jornada inferior de la máxima establecida en la ley; se debe estimar como extraordinario el tiempo laborado después del periodo acordado, inclusive dentro de los límites del máximo establecido en la ley, porque eso se aparta de lo que convinieron las partes en relación al horario que el trabajador debe estar a disposición del patrón para la prestación de sus servicios.

CONTRADICCIÓN DE TESIS 81/98. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO Y EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 23 DE ABRIL DE 1999. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS. AUSENTE: MARIANO AZUELA GÜITRÓN. PONENTE: JOSÉ VICENTE AGUINACO ALEMÁN. SECRETARIA: CONSTANZA

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