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Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  326 Palabras (2 Páginas)  •  174 Visitas

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Centralismo y Descentralización

a. Centralismo

El Estado políticamente centralizado, es aquel en el cual el ejercicio de la función legislativa, el mantenimiento del orden público y la administración de la justicia están atribuidos a los órganos del poder central, es decir del poder Nacional. El Estado tomaría a su cargo la obligación de dar satisfacción a todas las necesidades de interés general. Esta forma de centralización en grado, no admitiría la existencia de las cantidades menores territoriales (los Estados y Municipios). Entre los elementos constitutivos de la Centralización en Venezuela, tenemos:

 Crece el centro y se debilita la provincia,

 Todo se decide en Caracas,

 El liderazgo nacional se concentra en la ciudad antes mencionada,

 Se concentran también las obras públicas, las oportunidades y las decisiones.

b. Descentralización

Es la dispersión de la autoridad. Es la acción de transferir a diversas corporaciones o personas parte de la autoridad o funciones antes ejercidas por el gobierno supremo del estado. Sistema administrativo que deja mayor o menor amplitud de acción, en lo provincial o municipal, para la gestión de los servicios públicos y otras actividades que interesan en la esfera de su jurisdicción territorial, a organismos dependientes de una rama o especialidad.

La descentralización se da de dos formas distintas:

 Por servicios

 Territorial

Por servicios se da cuando el Estado mediante la creación de órganos dotados por una Personalidad Jurídica propia diferente a la suya misma, le atribuye determinadas funciones a realizar; lo que constituye un servicio público, como el servicio de transporte o la compañía de electricidad, que brindara el servicio a todo el país.

Territorial es cuando el Estado crea órganos con su propia personalidad Jurídica, con una autoridad o jurisdicción sobre una parte limitada del territorio y a quienes se le confiere el ejercicio de funciones que, en principio, son propias del Estado, pero que este delega en esos órganos autónomos que el mismo a creado. Estos órganos, por tener autonomía y fines propios, nombran sus titulares. El caso más conocido es el de los municipios, quienes constituyen cuerpos autónomos.

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