EL SUPER ASCO-SI ME LEES ERES MARICON
ErickBryan19 de Octubre de 2014
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Clasificación de los Derechos Humanos
La división de los derechos humanos en tres generaciones está relacionado con los momentos en que fueron reconocidos. Cada momento dio origen a una generación de derechos, que no reemplazan a los anteriores, sino que agregan nuevas categorías que amplían el concepto.
LA PRIMERA GENERACIÓN: Los derechos civiles o individuales:
Estos derechos fueron los primeros en ser reconocidos y consideran a la persona como un individuo libre y autónomo.
INDIVIDUALES: Es un sujeto particular que no está ligada a un grupo o colectivo.
LOS DERECHOS: De esta generación están relacionados con la preservación de la dignidad humana y su violación, supone atentar contra la libertad y la autonomía personal.
SEGUNDA GENERACION: Los Derechos Económicos y
Sociales:
Estos derechos desde fines del siglo XIX y a partir de mediados del XX se agregaron a los anteriores derechos, otros que sitúan a los individuos en un conjunto social ya sea por la actividad que desempeñan o porque requieren de protección especial.
Estos derechos comprenden:
El derecho a trabajar en condiciones dignas a integrar y dirigir asociaciones sindicales.
El derecho al descanso diario, semanal y vacaciones pagadas, a la protección de la maternidad y a la seguridad social.
El derecho al acceso a una vivienda digna al esparcimiento, a la educación y a la cultura.
TERCERA GENERACION: Los Derechos de Solidaridad:
Surgida en la doctrina en los años 1980 se vincula con la solidaridad. Los unifica su incidencia en la vida de todos a escala universal por lo que precisan para su realización una serie de esfuerzos y cooperaciones en un nivel planetario.
Normalmente se incluyen en ella derechos heterogéneos como el derecho a la paz, a la calidad de vida o las garantías y frente a la manipulación genética.
Este conjunto de derechos incluye:
EL DERECHO A LA PAZ: Incluye la lucha contra los crímenes de guerra, atentados, violación de leyes humanitarias, prohibición de armas de distribución masiva.
EL DERECHO AL DESARROLLO: Es decir al progreso integral.
Es la situación en que a todas las personas se les permita acrecentar al máximo sus posibilidades, y contribuir a la evolución de la sociedad en su conjunto.
EL DERECHO A UN AMBIENTE SANO Y EQUILIBRADO: Por el cual nadie puede reivindicar un derecho exclusivo de propiedad sobre los bienes que componen dicho patrimonio.
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